RESOLUCIÓN 64 2025 SUBSECRETARIA POSICIONAMIENTO Y GESTION DE EVENTOS
Síntesis:
APRUEBA - MODELO DE CONVENIO DE PATROCINIO - LINEAMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN - PLAN ANUAL DE PATROCINIO - SUBSECRETARÍA DE POSICIONAMIENTO Y GESTIÓN DE EVENTOS - SECRETARIA DE COMUNICACION
Publicación:
16/04/2025
Sanción:
15/04/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA POSICIONAMIENTO Y GESTION DE EVENTOS
VISTO: las Leyes Nros. 6.163 y 2.936, los Decretos Nros. 209/19, 113/24, 63/25, la
Resolución N° 129/SECCO/25 y el Expediente Electrónico N° EX-2025-12603842-
GCABA-SSPGE, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6.163 se creó el Régimen de Patrocinio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con el objeto de propiciar la participación de personas
humanas o jurídicas de carácter privado en el Sector Público, régimen considerado
actividad publicitaria específicamente regulada conforme los términos del artículo 1° de
la Ley N° 2936;
Que el artículo 7° de la Ley N° 6.163 establece que el Poder Ejecutivo designará a la
Autoridad de Aplicación de la referida ley;
Que, conforme el artículo 9° de la Ley N° 6.163 la Autoridad de Aplicación se
encuentra facultada a examinar, evaluar y aprobar los proyectos de patrocinio que
presenten las personas de carácter privado (inciso c), suscribir Convenios de
Patrocinio para la implementación de la norma (inciso d), y confeccionar y divulgar el
Plan Anual de Patrocinio (inciso h);
Que por el Decreto N° 209/19 se designó a la Subsecretaría de Contenidos de la
Jefatura de Gobierno u organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de
Aplicación de la Ley N° 6.163 y se la facultó a dictar las normas complementarias,
interpretativas y operativas que resulten necesarias para la implementación de la Ley
N° 6.163;
Que posteriormente mediante el Decreto N° 113/24 se sustituyó el artículo 1° del
Decreto N° 209/19 designando a la Secretaría de Comunicación u organismo que en el
futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.163;
Que mediante el Decreto N° 63/25 se modificó la estructura organizativa de la
Secretaría de Comunicación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,
en consecuencia, las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de
Posicionamiento y Gestión de Eventos dependiente de la Secretaría de Comunicación;
Que, en ese sentido, se establecieron, entre las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría mencionada, la de "[a]sistir a la Secretaría en la planificación,
promoción y ejecución de los convenios de patrocinio que se realicen en los términos
de la Ley N° 6.163 y sus normas reglamentarias, en coordinación con las áreas
competentes";
Que consecuentemente por la Resolución N° 129/SECCO/25 la Secretaría de
Comunicación otorgó a la Subsecretaría de Posicionamiento y Gestión de Eventos la
facultad de ejercer diversas competencias en relación al Régimen de Patrocinio de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado mediante la Ley N° 6163;
Que por la resolución mencionada precedentemente la Subsecretaría de
Posicionamiento y Gestión de Eventos se encuentra facultada para establecer los
requisitos para participar en el Régimen de Patrocinio, así como examinar, evaluar y
aprobar los proyectos de patrocinio que presenten las personas de carácter privado;
suscribir Convenios de Patrocinio para la implementación de la norma; comunicar las
acciones de patrocinio y dar a conocer a los patrocinadores en el Activo Patrocinado;
verificar la ejecución de los proyectos de patrocinio conforme el objeto aprobado, las
condiciones de seguridad y la normativa aplicable, en conjunto con las autoridades
correspondientes y aplicar las sanciones que pudieren corresponder; y confeccionar y
divulgar el Plan Anual de Patrocinio, entre otras;
Que resulta necesario aprobar un modelo de Convenio de Patrocinio que rija las
relaciones entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los
patrocinadores de conformidad con las previsiones del artículo 5° de la Ley N° 6.163;
así como aprobar los Lineamientos y Criterios de Evaluación aplicables al Régimen de
Patrocinio y el Plan Anual de Patrocinio vigente para el año en curso conforme lo
establece el artículo 13 de la Ley N° 6.163;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
intevención en los términos de la Ley N° 1.218;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 63/25 y sus
modificatorios y la Resolución N° 129/SECCO/25,
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el modelo de Convenio de Patrocinio a suscribir entre el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los patrocinadores que como
Anexo I (IF-2025-15860884-GCABA-SSPGE) forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar los Lineamientos y Criterios de Evaluación del Régimen de
Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo II (IF-2025-
15862625-GCABA-SSPGE) forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el Plan Anual de Patrocinio para el año en curso, que como
Anexo III (IF-2025-15863264-GCABA-SSPGE) forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 4°.- Publicar por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires, el Plan Anual de Patrocinio aprobado por el artículo 3° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comunicar para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archivar. Manguel
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7101 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7101 ANEXO 2
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7101 ANEXO 3