RESOLUCIÓN 97 2025 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
DEROGA RESOLUCION 213-SECLYT/10 - 6-MJGGC-SECLYT/11 - 192-SECLYT/18 - APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TRAMITACIÓN DE CONVENIOS - JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INSTITUCIONAL - INTERJURISDICCIONAL - INTERNACIONAL - TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS
Publicación:
12/05/2025
Sanción:
09/05/2025
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes 3.304 y
6.684 (Textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos 589/09, 196/11 y 387/23 y
sus modificatorios, las Resoluciones 213/SECLYT/10; 6/MJGGC-SECLYT/11 y
192/SECLYT/18, el Expediente EX-2025-18428104-GCABA-DGCLE, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 104 inciso 3 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires establece que es atribución del Jefe de Gobierno concluir y firmar los tratados,
convenios y acuerdos internacionales e interjurisdiccionales;
Que la Ley 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de impulsar un proceso de
modernización administrativa;
Que, en relación a la digitalización de los procesos administrativos, la mencionada Ley
plantea como objetivo desarrollar los sistemas informáticos y proponer y adecuar la
normativa correspondiente para la digitalización de los procesos administrativos a los
fines de facilitar la gestión, el acceso y la perdurabilidad de la información, y la
reducción de los plazos en las tramitaciones;
Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el
Decreto 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-
como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto 196/11 se ordenó la implementación del Expediente Electrónico, en
los términos de la Ley de Modernización;
Que, en ese marco, se facultó a la Secretaría Legal y Técnica a dictar las normas
reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación y
funcionamiento de las actuaciones, a través del módulo electrónico implementado;
Que, con el objeto de fomentar la planificación, la eficiencia y la transparencia, el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha buscado estandarizar procesos,
procedimientos y tareas, eficientizando así su labor;
Que mediante la Resolución 213/SECLYT/10 se aprobaron los flujogramas y circuitos
administrativos correspondientes al proceso de firma de Convenios Internacionales e
Institucionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno;
Que por Resoluciones 6/MJGGC-SECLYT/11 y 192/SECLYT/18 se modificó la
Resolución 213/SECLYT/10, aprobando el nuevo Procedimiento Administrativo
Electrónico que debe observarse para la suscripción de convenios interjurisdiccionales
e interjurisdiccionales con transferencia de competencias del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que cabe tener en cuenta que la Secretaría Legal y Técnica tiene dentro de sus
competencias, conforme lo establece la Ley 6.684, la de asistir al Jefe de Gobierno en
los aspectos técnicos, legales y de gestión de proyectos y anteproyectos de actos
administrativos, convenios y proyectos de ley, verificando su encuadre normativo,
efectuar su registro y asegurar su conservación, entre otras;
Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se
modificaron las competencias y dependencia funcional de diversas áreas involucradas
en los procedimientos que importan la suscripción de convenios por parte del Jefe de
Gobierno;
Que, conforme lo mencionado, es necesario readecuar los procedimientos de acuerdo
a la estructura organizativa del Poder Ejecutivo vigente;
Que, en este sentido, deviene necesario derogar las Resoluciones 213/SECLYT/10;
6/MJGGC-SECLYT/11 y 192/SECLYT/18;
Que, asimismo, se propicia aprobar el nuevo procedimiento administrativo
correspondiente a la firma de Convenios que suscriba el Jefe de Gobierno en materia
de: asuntos interjurisdiccionales, asuntos que importen transferencia de competencias
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, internacionales e institucionales;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley 6.684,
Artículo 1°.- Derogar las Resoluciones 213/SECLYT/10, 6/MJGGC-SECLYT/11 y
192/SECLYT/18.
Artículo 2°- Aprobar el procedimiento administrativo para la tramitación de convenios
del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como anexo I (IF-
2025-18769131-GCABA-DGCLE) forma parte integrante de esta Resolución.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Secretaría de Innovación y Transformación Digital de la Jefatura de Gabinete de
Ministros; a la Secretaría de Gobierno y Vinculo Ciudadano, a la Secretaría General, al
Ministerio de Justicia, y a la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Legal
y Técnica. Cumplido, archivar. Grippo