RESOLUCIÓN 213 2010 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

APRUEBA EL FLUJOGRAMA CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE FIRMA DE CONVENIOS INTERNACIONALES A SER SUSCRIPTOS POR EL JEFE DE GOBIERNO - APRUEBA EL CIRCUITO ADMINISTRATIVO - CONVENIOS INSTITUCIONALES - CONVENIOS A SER SUSCRIPTOS POR EL JEFE DE GOBIERNO 

Publicación:

30/12/2010

Sanción:

23/12/2010

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Estado:

No vigente


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 24/09/2018

 

VISTO:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 2.506 y sus modificatorias, y el Decreto N° 661/09,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 661/09 tiene por objeto reglamentar las atribuciones del Jefe de Gobierno, de los Ministros, Secretarios y máximas autoridades de organismos descentralizados, en orden a la suscripción de convenios no contemplados en el artículo N° 104 inc. 3 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido, por el artículo 1° del citado Decreto se estableció que los convenios no contemplados en el artículo 104 inciso 3° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son suscriptos directamente por los titulares de cada Ministerio, Secretaría y Entes Descentralizados del Poder Ejecutivo en el ámbito de sus respectivas competencias;

Que la finalidad de la norma fue ordenar la suscripción de convenios que se celebren con personas físicas y jurídicas de derecho privado siempre que no impliquen erogación presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, en esta instancia, resulta necesario reglamentar el procedimiento administrativo a seguir para la suscripción de los Convenios Institucionales e Internacionales que, conforme lo establece el art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde sean suscriptos por el señor Jefe de Gobierno;

Que, en virtud de las facultades contenidas en la Ley de Ministerios N° 2.506 corresponde a la Secretaría Legal y Técnica �asistir al Jefe de Gobierno en los aspectos técnicos y de gestión de proyectos y anteproyectos de actos administrativos, convenios y proyectos de ley��

Por ello, y en uso de las facultades legales que les son propias,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase el flujograma correspondiente al proceso de firma de Convenios Internacionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Apruébase el circuito administrativo correspondiente a la firma de Convenios Internacionales a ser suscriptos por el señor Jefe de Gobierno que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Apruébase el flujograma correspondiente al proceso de firma de Convenios Institucionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno, que como Anexo III, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Apruébase el circuito administrativo para la suscripción de los Convenios Institucionales a ser suscriptos por el señor. Jefe de Gobierno, que como Anexo IV, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros, a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Procuración General de la Ciudad, a los Entes Descentralizados que desarrollan su actividad en la órbita del Poder Ejecutivo. Clusellas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3574

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución 97-SECLYT/25 deroga la Resolución 213/SECLYT/10.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 3° de la Resolución N° 192-SECLYT/2018 aprueba flujograma correspondiente al proceso de firma de convenios a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno en materia de asuntos internacionales, institucionales, interjurisdiccionales e interjurisdiccionales con transferencia de competencias, quedando modificada la Resolución N° 213-SECLYT/2010.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 3° de la Resolución N° 192-SECLYT/2018 aprueba el flujograma correspondiente al proceso de firma de<br />convenios a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno en materia de asuntos internacionales, institucionales, interjurisdiccionales e interjurisdiccionales con transferencia de competencias.</p>
MODIFICADA POR
<p>Res. N° 6-MJGGC-SECLYT-11 establece que la suscripción de Convenios Internacionales e Institucionales se tramitará mediante el Módulo Expediente Electrónico-EE-SADE en el marco del la Resolución 213-SECLYT-10</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 213-SECLYT-10, aprueba el flujograma correspondiente al proceso de firma de Convenios Internacionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno.</p><p>Art. 2, apruebael circuito administrativo correspondiente a la firma de Convenios Internacionales a ser suscriptos por el señor Jefe de Gobierno.</p><p>Art. 3, aprueba el flujograma correspondiente al proceso de firma de Convenios Institucionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno.</p><p>Art. 4, aprueba el circuito administrativo para la suscripción de los Convenios Institucionales a ser suscriptos por el señor Jefe de Gobierno.</p>