RESOLUCIÓN 213 2010 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
APRUEBA EL FLUJOGRAMA CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE FIRMA DE CONVENIOS INTERNACIONALES A SER SUSCRIPTOS POR EL JEFE DE GOBIERNO - APRUEBA EL CIRCUITO ADMINISTRATIVO - CONVENIOS INSTITUCIONALES - CONVENIOS A SER SUSCRIPTOS POR EL JEFE DE GOBIERNO
Publicación:
30/12/2010
Sanción:
23/12/2010
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
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VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 2.506 y sus modificatorias, y el Decreto N° 661/09,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 661/09 tiene por objeto reglamentar las atribuciones del Jefe de Gobierno, de los Ministros, Secretarios y máximas autoridades de organismos descentralizados, en orden a la suscripción de convenios no contemplados en el artículo N° 104 inc. 3 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este sentido, por el artículo 1° del citado Decreto se estableció que los convenios no contemplados en el artículo 104 inciso 3° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son suscriptos directamente por los titulares de cada Ministerio, Secretaría y Entes Descentralizados del Poder Ejecutivo en el ámbito de sus respectivas competencias;
Que la finalidad de la norma fue ordenar la suscripción de convenios que se celebren con personas físicas y jurídicas de derecho privado siempre que no impliquen erogación presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en esta instancia, resulta necesario reglamentar el procedimiento administrativo a seguir para la suscripción de los Convenios Institucionales e Internacionales que, conforme lo establece el art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde sean suscriptos por el señor Jefe de Gobierno;
Que, en virtud de las facultades contenidas en la Ley de Ministerios N° 2.506 corresponde a la Secretaría Legal y Técnica �asistir al Jefe de Gobierno en los aspectos técnicos y de gestión de proyectos y anteproyectos de actos administrativos, convenios y proyectos de ley��
Por ello, y en uso de las facultades legales que les son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el flujograma correspondiente al proceso de firma de Convenios Internacionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Apruébase el circuito administrativo correspondiente a la firma de Convenios Internacionales a ser suscriptos por el señor Jefe de Gobierno que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Apruébase el flujograma correspondiente al proceso de firma de Convenios Institucionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno, que como Anexo III, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Apruébase el circuito administrativo para la suscripción de los Convenios Institucionales a ser suscriptos por el señor. Jefe de Gobierno, que como Anexo IV, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros, a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Procuración General de la Ciudad, a los Entes Descentralizados que desarrollan su actividad en la órbita del Poder Ejecutivo. Clusellas