RESOLUCIÓN 213 2010 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
APRUEBA EL FLUJOGRAMA CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE FIRMA DE CONVENIOS INTERNACIONALES A SER SUSCRIPTOS POR EL JEFE DE GOBIERNO - APRUEBA EL CIRCUITO ADMINISTRATIVO - CONVENIOS INSTITUCIONALES - CONVENIOS A SER SUSCRIPTOS POR EL JEFE DE GOBIERNO
Publicación:
30/12/2010
Sanción:
23/12/2010
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Estado:
No vigente
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 24/09/2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 2.506 y sus modificatorias, y el Decreto N° 661/09,
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 661/09 tiene por objeto reglamentar las atribuciones del Jefe de Gobierno, de los Ministros, Secretarios y máximas autoridades de organismos descentralizados, en orden a la suscripción de convenios no contemplados en el artículo N° 104 inc. 3 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este sentido, por el artículo 1° del citado Decreto se estableció que los convenios no contemplados en el artículo 104 inciso 3° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son suscriptos directamente por los titulares de cada Ministerio, Secretaría y Entes Descentralizados del Poder Ejecutivo en el ámbito de sus respectivas competencias;
Que la finalidad de la norma fue ordenar la suscripción de convenios que se celebren con personas físicas y jurídicas de derecho privado siempre que no impliquen erogación presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, en esta instancia, resulta necesario reglamentar el procedimiento administrativo a seguir para la suscripción de los Convenios Institucionales e Internacionales que, conforme lo establece el art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde sean suscriptos por el señor Jefe de Gobierno;
Que, en virtud de las facultades contenidas en la Ley de Ministerios N° 2.506 corresponde a la Secretaría Legal y Técnica �asistir al Jefe de Gobierno en los aspectos técnicos y de gestión de proyectos y anteproyectos de actos administrativos, convenios y proyectos de ley��
Por ello, y en uso de las facultades legales que les son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el flujograma correspondiente al proceso de firma de Convenios Internacionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Apruébase el circuito administrativo correspondiente a la firma de Convenios Internacionales a ser suscriptos por el señor Jefe de Gobierno que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Apruébase el flujograma correspondiente al proceso de firma de Convenios Institucionales a ser suscriptos por el Jefe de Gobierno, que como Anexo III, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Apruébase el circuito administrativo para la suscripción de los Convenios Institucionales a ser suscriptos por el señor. Jefe de Gobierno, que como Anexo IV, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros, a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, a la Procuración General de la Ciudad, a los Entes Descentralizados que desarrollan su actividad en la órbita del Poder Ejecutivo. Clusellas