DISPOSICIÓN 1306 2025 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Síntesis:
AUTORIZA - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL FIAB N° 11 - DÍAS MARTES DE 04 AM A 16 PM - CALLE CÓNDOR ENTRE CRESPO Y AGUSTÍN DE VEDIA - A PARTIR DEL 20 DE MAYO 2025 - LOS DÍAS MARTES EN BATALLA DEL PARI Y ESPINOSA - DE 04 AM A 16 PM - A PARTIR DEL DÍA 25 DE MAYO 2025 - BAJA DEL EMPLAZAMIENTO LOS DÍAS DOMINGOS EN LA CALLE CÓNDOR ENTRE CRESPO Y AGUSTÍN DE VEDIA DE 04 AM A 16 PM - A PARTIR DEL 25 DE MAYO 2025
Publicación:
14/05/2025
Sanción:
08/05/2025
Organismo:
DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
VISTO: Las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.764) y 6.684, los
Decretos Nros. 491/16, 387/23, 152/24 y 246/24, la Disposición Nro 1.007-
DGFYME/16, el Expediente Electrónico Nro. 18542428-GCABA-DGPF/25 y;
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades
primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando
estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como
entender en lo relativo al uso del espacio público;
Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;
Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24 y 246/24, se modificó la estructura
orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades
primarias para "Actuar como autoridad de aplicación de la Ley N° 4.121. Planificar,
administrar y supervisar la organización de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento
Barrial (FIAB), en coordinación con las áreas competentes en caso de corresponder
(..)";
Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.764) se autoriza la
instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto
reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual
continuadora institucional, la Dirección General de Permisos y Ferias (DGPF), es la
autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;
Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las
Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, por Comunicación Oficial N° 18545956-GCABA-DGPF/25 se comunicó a la
Comuna 4 el cambio de días de emplazamiento;
Que, ha tomado debida intervención la Gerencia Operativa Mercados, propiciando el
dictado de la presente por Informe N° 18538858-GCABA-DGPF/25.
Por ello, en el uso de las facultades que le son propias conferidas por el Decreto
152/24,
Artículo. 1°.- Autorizar el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento
Barrial FIAB N° 11, los días martes de 04 am a 16 pm en la calle Cóndor entre Crespo
y Agustín de Vedia, a partir del 20 de mayo del corriente, de acuerdo a los
considerandos de la presente.
Artículo 2°.- Autorizar la baja del emplazamiento de la Feria Itinerante de
Abastecimiento Barrial FIAB N° 11 los días martes en Batalla del Pari y Espinosa de
04 am a 16 pm, a partir del día 25 de mayo del corriente.
Artículo 3°.- Autorizar la baja del emplazamiento de la Feria Itinerante de
Abastecimiento Barrial FIAB N° 11 los días domingos en la calle Cóndor entre Crespo
y Agustín de Vedia de 04 am a 16 pm, a partir del 25 de mayo del corriente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese. Fiore