DISPOSICIÓN 11 2025 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

APRUEBA - REORGANIZACIÓN - EQUIPOS TÉCNICOS - DEFENSORÍAS ZONALES - LINEAMIENTOS - DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOSY ADOLESCENTES

Publicación:

27/05/2025

Sanción:

23/05/2025

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Ley nacional 26.061, la Ley 114 (texto consolidado por Ley 6.764), la

Resolución 930-GCBA-CDNNYA/24, la Resolución Firma Conjunta N° 974-GCABA-

MHFGC/25, la Disposición 49-GCABA-DGPDES/24, el Expediente Electrónico EX-

2025-21089470-GCABA-DGPDES, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le

incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y

protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía

técnica y administrativa y autarquía financiera;

Que en virtud de lo establecido en el artículo 7° de la Ley 114, el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopta medidas legislativas, administrativas y de

otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos a niños, niñas y

adolescentes por normas jurídicas, operativas o programáticas, siendo su objetivo

esencial la prevención y detección precoz de aquellas situaciones de amenaza o

violación de los principios, derechos y garantías contemplados en dicho cuerpo

normativo;

Que artículo 60 de la mencionada Ley crea en el ámbito de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires las Defensorías Zonales como organismos descentralizados del

Consejo, siendo actualmente veinte (20) las Defensorías distribuidas en las Comunas;

Que los artículos 32, 39 y 40 de la Ley Nacional 26.061 otorga a este Consejo la

facultad de adoptar, como última ratio, Medidas de Protección Excepcional de

Derechos a fin de satisfacer los derechos a la integridad psicofísica, a la dignidad y a

la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes, previstos en el artículo 9° de

la mencionada ley nacional y por el artículo 40 de la ley nacional, corresponde someter

a control de legalidad la Medida de Protección Excepcional de Derechos que se

adopta, por ante al Juzgado competente en materia familiar;

Que, a tales efectos, las Defensorías Zonales cuentan con legitimación en dichos

procesos judiciales atento lo establecen los artículos 67 y 70 de la Ley 114;

Que conforme lo establecen los artículos 62 y 64 de la citada ley, las Defensorías

Zonales se integran con Equipos Técnicos, cuya conformación es interdisciplinaria;

Que mediante Resolución 930-GCABA-CDNNYA/24 se aprobó la estructura

organizativa del Consejo y las responsabilidades primarias de cada unidad de

conducción superior y por la Resolución Firma Conjunta N° 974-GCABA-MHFGC/25

se crearon las Jefaturas de las Defensorías Zonales, estableciendo sus competencias;

Que la Dirección General de Programas Descentralizados de este Consejo tiene entre

sus responsabilidades primarias las de: "coordinar y supervisar la gestión de las áreas

descentralizadas del Consejo vinculadas con la atención integral y la protección

especial"; "promover el desarrollo de las Defensorías Zonales para la instalación de

políticas descentralizadas, intersectoriales y participativas de protección integral";

"promover, articular y supervisar el acceso a los servicios universales de niñas, niños y

adolescentes y la adecuada y su oportuna prestación en el ámbito local"; "supervisar

las medidas de protección especial determinadas por las Defensorías Zonales en el

ejercicio del procedimiento administrativo de protección especial"; y "promover la

articulación en el ámbito local con las instituciones gubernamentales y no

gubernamentales, redes sociales y diversos sectores de la comunidad para la

promoción, difusión y cumplimiento del conjunto de los derechos de la infancia y de la

adolescencia", conforme el Anexo II (IF-2024-22151920-GCABA-CDNNYA) que forma

parte integrante de la mencionada Resolución 930-GCABA-CDNNYA/24;

Que, en este contexto, se propició mediante Disposición 49-GCABA-DGPDES/24 la

aprobación del Manual de Procedimientos de Actuación de las Defensorías Zonales

dependientes de esta Dirección General que establece criterios, campo de acción,

funciones y marco general de actuación de las mismas, a fin de unificar criterios de

intervención, fijar lineamientos y principios que deben regir todos los abordajes,

enmarcar procedimientos y circuitos, así como también directrices en torno a la

articulación intersectorial e interinstitucional en las acciones de restitución de derechos

de niñas, niños y adolescentes;

Que a fin de continuar con las acciones de optimización de los procesos que viene

llevando a cabo esta Dirección General, se estima pertinente la reorganización de los

Equipos Técnicos de las Defensorías Zonales, considerando conveniente designar,

como mínimo, un (1) Equipo Técnico de Seguimiento de Medidas de Protección

Excepcional de Derechos, los cuales estarán integrados por profesionales que se

desempeñan en las mismas;

Que la cantidad y reasignación de los Equipos que son objeto de la presente se

encontrarán a cargo de cada Jefatura de Departamento de Defensoría Zonal,

debiendo encontrarse los mismos en funcionamiento a partir del 1° de junio del 2025;

Que, por las consideraciones vertidas, corresponde dictar el acto administrativo que

apruebe la reorganización de los Equipos Técnicos de la Defensorías Zonales,

considerando conveniente designar, como mínimo, un (1) Equipo Técnico de

Seguimiento de Medidas de Protección Excepcional de Derechos bajo la órbita de

cada una de las veinte (20) Defensorías Zonales dependientes de esta Dirección

General;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley 114 y la

Resolución 355-GCABA-CDNNyA/25,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS

DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar la reorganización de los Equipos Técnicos de la Defensorías

Zonales, considerando conveniente designar, como mínimo, un (1) Equipo de

Seguimiento de Medidas de Protección Excepcional de Derechos bajo la órbita de

cada una de las veinte (20) Defensorías Zonales dependientes de esta Dirección

General de Programas Descentralizados del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños

y Adolescentes, a partir del 1° de junio de 2025, cuyos lineamientos obran en el Anexo

IF-2025-21200172-GCABA-DGPDES, que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Incorporar la presente al Manual de Procedimientos de Actuación de las

Defensorías Zonales dependientes de esta Dirección General aprobado mediante

Disposición 49-GCABA-DGPDES/24.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar la presente a las/os titulares de las áreas de este Consejo. Girar a la

Dirección General de Programas Descentralizados para demás efectos. Bottini


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7129

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución 912-CDNNYA/25 aprueba el Plan de Capacitación destinado a los Equipos de Seguimiento de Medidas de Protección Excepcional de Derechos de las Defensorías Zonales dependientes del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, reorganizados por Disposición 11-CDNNYA/25.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Disposición 11-DGNNYA/25 aprueba la reorganización de los Equipos Técnicos de la Defensorías Zonales previstas por Ley 114.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 2 de la Disposición N° 11/DGPDES/25 incorpora la presente al Manual de Procedimientos de Actuación de las Defensorías Zonales dependientes de esta Dirección General aprobado mediante Disposición 49-CDNNYA/24.</p>