DISPOSICIÓN 1949 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO
Síntesis:
LOS ANEXOS X - FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA PATRIMONIAL Y FINANCIERA Y XI RECAUDOS Y MODALIDADES QUE INTEGRAN LA PRESENTE NO HAN SIDO PUBLICADOS EN EL BOLETÍN OFICIAL - CREA EL ÁREA DE COORDINACIÓN GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO - APRUEBA LAS MISIONES Y FUNCIONES - DESIGNA FUNCIONARIOS
Publicación:
12/12/2005
Sanción:
30/11/2005
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO
Visto, el artículo 6° de la Ley N° 265, que regula las competencias de la autoridad administrativa del trabajo en el ámbito de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 14.329, aprobatoria del Convenio N° 81 de la OIT, sobre Inspección del Trabajo, la Ley N° 25.212, que ratifica el Pacto Federal del Trabajo, los Decretos Nros. 2.696/03 y 92/05, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 265 establece las competencias de la autoridad administrativa y de aplicación del trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el Decreto N° 2.696/03, modificatorio de la estructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, crea en su artículo 16 la Subsecretaría de Justicia y Trabajo, dependiente de la Secretaría de Justicia y Seguridad Urbana, creada a su vez por el artículo 15 de la norma mencionada;
Que, el artículo 20 del decreto mencionado en el considerando anterior transfiere la Dirección General de Protección del Trabajo, dependiente de la entonces Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, a la órbita de esta Subsecretaría, conservando sus responsabilidades primarias;
Que, por el Decreto N° 92/05 se transfirió la Subsecretaría de Justicia y Trabajo a la órbita del Área Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de lo expuesto, la Dirección General de Protección del Trabajo se encuentra facultada para dictar las disposiciones pertinentes con el propósito de dar cumplimiento a las obligaciones que le fueran conferidas;
Que, el diseño orgánico de la Dirección General de Protección del Trabajo con el complejo de atribuciones y funciones que de ella se derivan, determinan las facultades del dictado de la presente disposición;
Que, es imperativo asegurar el normal desenvolvimiento administrativo y técnico de todas las unidades funcionales dependientes de la Dirección General;
Que, por diversas disposiciones fue necesario modificar las funciones y el personal afectado a la Dirección General en sus diversas áreas;
Que, habiéndose producido bajas y nuevas incorporaciones resulta imprescindible unificar nuevamente las disposiciones referidas a la nómina de agentes que conforman las distintas áreas de la Dirección General de Protección del Trabajo, en conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 265;
Que, resulta necesario coordinar las actividades de todas las Áreas de la Dirección General de Protección del Trabajo, procediendo a elevar al Director General informes periódicos sobre el desarrollo de la gestión;
Que, consecuentemente se hace necesario reestructurar las distintas Áreas de esta Dirección General, estableciendo sus respectivas responsabilidades primarias y funciones, como así también designar a sus responsables;
Que, a tal efecto y por razones de orden administrativo procede dejar sin efecto las disposiciones anteriores relativas a la organización funcional de esta Dirección General y las designaciones emitidas en consecuencia;
Que, resulta necesario reglamentar las disposiciones de la Ley N° 265, en particular, en lo que hace al régimen de presentación de la declaración jurada anual de bienes, requisito este que deberá ser cumplimentado por los funcionarios del Cuerpo de Inspectores del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, también resulta menester reglamentar el régimen de obsequios al que deben someterse los mismos, así como el de prohibiciones, incompatibilidades y eventuales conflictos de intereses que pudieran suscitarse a su respecto;
Que, tales previsiones tienden a dar mayor transparencia a la actividad de todos aquellos funcionarios que tengan a su cargo el ejercicio de una función pública, así como a fijar deberes y pautas al que debe ser su comportamiento ético;
Por ello, y en uso de sus facultades legales,
Artículo 1° - Créase el Área de Coordinación General de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 2° - Apruébanse las misiones y funciones del Área Coordinación General que como Anexo I forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 3° - Designar a la Dra. Laura Fabiana Rúa, DNI 17.303.329, como Coordinadora General de la Dirección General de Protección del Trabajo desde el 1° de julio de 2005.
Artículo 4° - Créase la Coordinación de Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 5° - Apruébanse las misiones y funciones de la coordinación que se crea por el artículo anterior, que como Anexo II forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 6° - Asígnanse las funciones de Coordinadora del Área de Asuntos Jurídicos a la Dra. Susana Griselda Saucedo, DNI 21.085.138 desde el desde el 1° de julio de 2005.
Artículo 7° - Facúltase a la Coordinadora del Área de Asuntos Jurídicos, Dra. Susana Griselda Saucedo, para que, en los casos y en la medida en que se considere necesario, delegue a favor de las personas que ella designe, las funciones que le fueron conferidas en el Anexo II de la presente disposición.
Artículo 8° - Créase la Coordinación de Relaciones Laborales de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 9° - Apruébanse las misiones y funciones de la coordinación que se crea por el artículo anterior, que como Anexo III forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 10 - Créase la Coordinación de Inspección de Normativa Laboral de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 11 - Apruébanse las misiones y funciones de la coordinación que se crea por el artículo anterior, que como Anexo IV forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 12 - Asígnanse las funciones de Coordinadora de Inspección de Normativa Laboral a la Dra. Claudia Gabriela D'Alessandro, DNI 12.714.942 desde el desde el 1° de julio de 2005.
Artículo 13 - Créase la Coordinación de Inspección de Obras de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 14 - Apruébanse las misiones y funciones de la coordinación que se crea por el artículo anterior, que como Anexo V forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 15 - Asígnanse las funciones de Coordinador de Inspección de Obras al Ing. Julio César Díaz Gerardi, DNI 10.160.703 desde el desde el 1° de julio de 2005.
Artículo 16 - Créase la Coordinación de Inspección de Higiene y Seguridad Laboral de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 17 - Apruébanse las misiones y funciones de la coordinación que se crea por el artículo anterior, que como Anexo VI forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 18 - Asígnanse las funciones de Coordinadora de Inspección de Higiene y Seguridad Laboral a la Dra. Fabiana Marcela Iovino, DNI 20.514.020 desde el desde el 1° de julio de 2005.
Artículo 19 - Créase la Coordinación de Mesa de Entradas, Denuncias y Rúbrica de Documentación Laboral de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 20 - Apruébanse las misiones y funciones de la coordinación que se crea por el artículo anterior, que como Anexo VII forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 21 - Asígnanse las funciones de Coordinadora de Mesa de Entradas, Denuncias y Rúbrica de Documentación Laboral a la Dra. Vida Noemí Levy, DNI 11.371.497 desde el 1° de julio de 2005.
Artículo 22 - Créase la Coordinación de Capacitación de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 23 - Apruébanse las misiones y funciones de la coordinación que se crea por el artículo anterior, que como Anexo VIII forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 24 - Asígnanse las funciones de Coordinador de Capacitación al Dr. Roberto Luis Sobel, LE 8.242.562, desde el 1° de julio de 2005.
Artículo 25 - Créase la Coordinación de Administración de la Dirección General de Protección del Trabajo.
Artículo 26 - Apruébanse las misiones y funciones de la coordinación que se crea por el artículo anterior, que como Anexo IX forman parte integrante de la presente disposición.
Artículo 27 - Asígnanse las funciones de Coordinador de Administración al Dr. Leonardo Daniel Almeida, DNI 22.809.183, desde el desde el 1° de julio de 2005.
Artículo 28 - Deróganse las Disposiciones Nros. 64-DGRLyPT/01, 1-DGPDT/02, 81-DGPDT/03, 163-DGPDT/03, 183-DGPDT/03, 420-DGPDT/03, 217-DGPDT/04, 915-DGPDT/04, 920-DGPDT/04, y toda otra disposición anterior dictada por la Dirección General, en lo que se oponga a la presente.
Artículo 29 - Apruébase el formulario de declaración jurada patrimonial y financiera que, como Anexo X, integra la presente.
Artículo 30 - La presentación de la referida declaración jurada por parte de los funcionarios alcanzados por la obligación que se les impone deberá sujetarse al cumplimiento de todos los recaudos y modalidades establecidas en el Anexo XI, que también es parte integrante de la presente.
Artículo 31 - Dése al Registro y pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Justicia y Trabajo. Publíquese. Cumplido, archívese.
ANEXOS
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