DECRETO 1846 2005
Síntesis:
CREA EL ORGANISMO FUERA DE NIVEL ESCUELA DE CAPACITACIÓN DOCENTE CENTRO DE PEDAGOGÍAS DE ANTICIPACIÓN, EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Publicación:
19/12/2005
Sanción:
12/12/2005
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 15.428/05, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita la creación del Organismo Fuera de Nivel Escuela de Capacitación Docente Centro de Pedagogías de Anticipación, en el ámbito de la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mencionado organismo, destinado a la formación docente continua encuentra su antecedente en la Escuela Superior de Capacitación Docente (Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación), creada por Decreto N° 230-MCBA/80, entidad de reconocida trayectoria, responsable de desarrollar todas las instancias de capacitación continua derivadas de la normativa vigente, en particular del Estatuto del Docente;
Que es prioridad de la Secretaría de Educación la consolidación de un sistema formador de docentes, que articule e integre en líneas de acción convergentes, la educación profesional básica docente y la formación continua;
Que en ese sentido, se requiere un marco institucional adecuado para, entre otras estrategias, generar acuerdos con Unidades Organizativas del sistema Educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para posibilitar la utilización de los espacios físicos de determinados establecimientos como sedes para establecer la oferta en función a las necesidades de formación continua de sus destinatarios;
Que por otra parte, se destaca la importancia que representa la oferta educativa en los términos de la Resolución N° 3.580-SED/03, ratificatoria de la Resolución N° 1.605-SED/02, en cuanto autoriza a la Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación el dictado de postítulos docentes cuyos planes de estudio deben ser conformados con ajuste a lo dispuesto en el Anexo II de la Resolución N° 246-SED/03 y en concordancia con las Normas básicas para el funcionamiento y reconocimiento de postítulos docentes de la Resolución N° 151-CFCyE/00, correspondiendo la aprobación de aquellos de conformidad con la Ley N° 33;
Que en ese contexto, la Escuela de Capacitación Docente-Centro de Pedagogías de Anticipación desarrolla y otorga, desde el año 2002, postítulos de especialización docente, cuyos planes de estudio han sido aprobados por las Resoluciones Nros. 2.015-SED/02, 2.016-SED/02, 2.508-SED/03 y 3.018-SED/04;
Que la precitada institución cuenta con personal de planta permanente que presupuestariamente figura en otras áreas de la Secretaría de Educación, siendo necesario autorizar la transferencia del mismo al organismo que propicia su creación;
Por ello, en uso de las facultades que le son conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Créase el Organismo Fuera de Nivel Escuela de Capacitación Docente Centro de Pedagogías de Anticipación, en el ámbito de la Secretaría de Educación, de acuerdo con los Anexos I/11 (Organigrama) y II/11 (Responsabilidad Primaria), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente norma.
Artículo 2° - Suprímese la Escuela Superior de Capacitación Docente (Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación) creada por Decreto N° 230/80 (B.M. N° 16.202) y transfiérese su personal, presupuesto y patrimonio al Organismo Fuera de Nivel Escuela de Capacitación Docente Centro de Pedagogías de Anticipación.
Artículo 3° - Transfiérese al Organismo Fuera de Nivel Escuela de Capacitación Docente Centro de Pedagogías de Anticipación el personal de planta permanente perteneciente a la Subsecretaría de Educación, Dirección General de Planeamiento y del Programa Educación Adultos 2000 que presta servicios en la ex Escuela Superior de Capacitación Docente (Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación).
Artículo 4° - Establécese que el Organismo Fuera de Nivel Escuela de Capacitación Docente Centro de Pedagogías de Anticipación estará a cargo de un Coordinador General, el que tendrá una remuneración equivalente a la de Director General con función crítica media, conforme lo establecido en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726/01 y su modificatorio Decreto N° 761/01.
Artículo 5° - Modifícanse los Decretos Nros. 2.696/03 (B.O.C.B.A. N° 1836) y 230/80 (B.M. N° 16.202), de acuerdo con lo dispuesto en el presente ordenamiento.
Artículo 6° - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto, afectándose el gasto que demande el funcionamiento del organismo fuera de nivel, que se crea en el presente ordenamiento, a la Jurisdicción 55, Programa 33 Formación e Información Docente, Actividad 11.
Artículo 7° - El presente decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 8° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria -Dirección General de Coordinación Financiera y Contable-, a los Fuera de Nivel Modernización del Estado, Escuela de Formación Docente Centro de Pedagogías de Anticipación y a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.