RESOLUCIÓN 56 2025 SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
Síntesis:
APRUEBA PROYECTO MAESTRO - APOYO PARA LA INCLUSIÓN EN EL NIVEL INICIAL- SECRETARIA GESTION DE APRENDIZAJE - POLÍTICA DE EDUCACIÓN INCLUSIVA PARA LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
04/08/2025
Sanción:
18/07/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26206 y sus modificatorias, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley N°6764), el Decreto
387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 1602-GCABA-MEDGC/24, 860-GCABA-
MEDGC/25, el Expediente Electrónico 30070937-GCABA-DGEGE/25,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que, asimismo, asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,
permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo, promueve el más alto nivel
de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que
posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;
Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias establecen, en su artículo 4°, la
responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones
locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los
habitantes de la Nación;
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por los ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada ley, le corresponde al Ministerio de Educación, entre
otras facultades, la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social;
Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose al Ministerio de Educación;
Que, conforme determina el referido Decreto, la Subsecretaría Gestión del
Aprendizaje, tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar, promover,
implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al
desarrollo individual y social de la comunidad, así como diseñar, promover y
supervisar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de
enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa, como así también
diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas de educación inclusiva;
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal supervisa y acompaña el
desarrollo de las acciones pedagógicas y administrativas en las escuelas de gestión
estatal de los niveles inicial, primario y secundario, la modalidad de la Educación
Especial, la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y, la Educación Técnico
Profesional de Nivel Secundario, así como desarrollar instancias de fortalecimiento de
las trayectorias educativas;
Que por su parte, la Dirección General Sistema de Formación Docente tiene entre sus
responsabilidades primarias coordinar y supervisar la implementación de las políticas y
programas educativos destinados a promover la enseñanza formal y obligatoria a
niños, niñas y adolescentes en los establecimientos educativos de los niveles
educativos obligatorios de gestión estatal, dependientes de las Direcciones de
Educación Artística y de Escuelas Normales Superiores, en coordinación con la
Dirección General Educación de Gestión Estatal;
Que, mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico
"Buenos Aires Aprende", con el fin de dar respuesta a los desafíos de aprendizaje que
se presentan en la actualidad;
Que el referido Plan propone como eje central y prioritario, la mejora de los
aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente que promueva
el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por lo que se
requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la
comunidad educativa en su conjunto;
Que, entre los principios esenciales que orientan dicho Plan, se prevé el Principio de
Inclusión, a través del cual se busca promover condiciones de equidad de
oportunidades para todos los estudiantes, aumentando su sentido de pertenencia a la
escuela a partir del respeto a su singularidad;
Que en dicho marco, mediante la Resolución 860-GCABA-MEDGC/25 se aprobó la
Política de Educación Inclusiva para la educación obligatoria de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires con el objetivo de establecer los criterios sustantivos para llevar
adelante estrategias de profundización de la educación inclusiva, atendiendo las
particularidades de cada nivel, modalidad y sector de gestión, lo que requiere un
abordaje integral;
Que, asimismo, la implementación de esta política requiere revisar y adecuar la
normativa, fortalecer la articulación entre los actores intervinientes, la organización de
los apoyos, y la gestión de la institución en su conjunto, para mejorar las condiciones
de participación y aprendizaje significativo de los estudiantes;
Que mediante la Resolución 860-GCABA-MEDGC/25 se delegó en la Subsecretaría
Gestión del Aprendizaje el dictado de las normas complementarias, para el
cumplimiento de lo establecido por la misma;
Que la mentada Resolución en su Anexo III contempla a las Coordinaciones Distritales
de Educación Inclusiva en cada Distrito Escolar, conformada por la Supervisión
Escolar de Nivel, la Supervisión de Educación Especial (Escalafones B o C) y la
Coordinación del Equipo de Orientación Escolar, quienes mediante un trabajo
colegiado serán garantes del cumplimiento de esta política en las instituciones de
nivel;
Que es menester destacar que el Nivel Inicial se constituye como la etapa en donde se
establecen los cimientos de las trayectorias escolares, a partir de propuestas
pedagógicas que promueven el desarrollo integral y el fortalecimiento del vínculo entre
la escuela, el niño y su entorno familiar, por lo que resulta fundamental acompañar los
procesos de inclusión de forma estratégica para garantizar condiciones de equidad
desde el inicio de la trayectoria;
Que asimismo, la escuela actualmente se encuentra atravesada por desafíos cada vez
más complejos, producto de la diversidad de contextos, trayectorias, experiencias y
necesidades de aprendizaje de los niños y niñas, por lo que se vuelve imprescindible
promover el sostenimiento de las trayectorias educativas desde un enfoque integral,
que reconozca el valor del trabajo articulado entre todos los actores institucionales;
Que en el marco de la revisión de políticas para garantizar la educación inclusiva, se
ha identificado que contar con un perfil docente especializado dentro de las
Coordinaciones Distritales de Educación Inclusiva, que acompañe las trayectorias
escolares desde una mirada integral, situada y articulada, y que promueva la
participación y el aprendizajes de todos los niños en un marco de equidad, fortalecerá
y potenciará el trabajo de dicho equipo;
Que de este modo, resulta oportuno fortalecer las Coordinaciones Distritales de Nivel
Inicial con un perfil docente con experiencia en el nivel que permita nutrir la gestión
distrital, institucional y áulica brindando asesoramiento técnico- pedagógico, en pos de
garantizar la plena implementación de la política de educación inclusiva de la Ciudad
de Buenos Aires;
Que en virtud de ello, se propicia la aprobación del Proyecto "Maestro de Apoyo Para
la Inclusión en el Nivel Inicial" de conformidad con los lineamientos contemplados en el
Anexo I (IF-2025-30074321-GCABA-DGEGE);
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, las Direcciones
Generales Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente y Personal
Docente y No Docente han tomado intervención en el marco de sus competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, en el uso de las facultades delegadas por Resolución 860-GCABA-
MEDGC/25,
Artículo 1°.- Aprobar el Proyecto "Maestro de Apoyo Para la Inclusión en el Nivel
Inicial" de conformidad con los lineamientos establecidos en el Anexo I (IF-2025-
30074321-GCABA-DGEGE), que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Tecnología Educativa y a las
Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente
y Personal Docente y No Docente. Cumplido, archivar. Cruzalegui
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7175