DISPOSICIÓN 134 2005 DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS

Síntesis:

ESTABLECE REQUISITOS PARA LOS TRÁMITES DE LAS EMPRESAS DE SERVICIOS FÚNEBRES - REQUISITO INDISPENSABLE PARA TODAS LAS INHUMACIONES FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEL ARRENDATARIO

Publicación:

20/12/2005

Sanción:

06/12/2005

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS


Visto que esta Unidad de Organización debe implementar una correcta registración en los datos personales de los arrendatarios y

CONSIDERANDO:

Que para tal fin esta Dirección General debe tomar todos los recaudos necesarios para dicha implementación;

Que en cada inhumación debe registrarse los datos personales del arrendatario, apellido y nombre, tipo y N° de documento , domicilio y código postal;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS

DISPONE:

Artículo 1° - A partir del día 15 de diciembre de 2005 las empresas de servicios fúnebres deberán presentar como requisito indispensable para todas las inhumaciones fotocopia del documento de identidad del arrendatario donde conste el domicilio actualizado, caso contrario deberá comparecer el arrendatario a fin de firmar el acta correspondiente, que se adjunta como Anexo I previo a la realización del trámite solicitado.

Artículo 2° - El Departamento de Tramitación Mortuoria verificará a través de la Oficina de Control de Documentación para Inhumaciones lo indicado en el art. 1°, como requisito fundamental para la continuidad de la inhumación en cuestión.

Artículo 3° - Las empresas de servicios fúnebres serán sancionadas ante el incumplimiento del art. 1°.

Artículo 4° - Se encuentra vigente la Disposición N° 130-DGCEM/04 en su artículo 2° establece que los sellados de cocherias deben estar completados a máquina, a fin de su correcta lectura.

Artículo 5° - Para su conformidad y notificación del caso pase a la Dirección Cementerio de Chacarita, Flores, Recoleta, Dirección Crematorio de Buenos Aires, Dirección de Planificación y Registro, Departamento Mortuorio, renovaciones, traslado, cremaciones e inhumaciones en sepulturas, nichos, bóvedas y panteones, Departamento Concesiones y Transferencias, Guardia, Departamento Sistemas y Administrativo.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 2342

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 134-DGCEM-05 establece que las empresas de servicios fúnebres, reguladas por Decreto Ordenanza 12917-62, deberán presentar como requisito indispensable para todas las inhumaciones fotocopia del documento de identidad del arrendatario donde conste el domicilio actualizado, caso contrario deberá comparecer el arrendatario a fin de firmar el acta correspondiente.</p>
COMPLEMENTA
<p>Disp.. 134-dgcem-05 requisitos para trámites de las empresas de servicios fúnebres conforme Ord. 27.590.</p>