RESOLUCIÓN 1001 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 3034-MEGC-13 - APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN - INGRESO Y DESEMPEÑO DEL ACOMPAÑANTE PARA LA INCLUSIÓN ESCOLAR -AIE-  ESCUELAS DE GESTIÓN ESTATAL Y GESTIÓN PRIVADA - IMPLEMENTACION FORMA GRADUAL Y PROGRESIVA - CICLO LECTIVO 2025 - PLENA IMPLEMENTACIÓN A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2026 - MINISTERIO DE EDUCACION

Publicación:

18/08/2025

Sanción:

06/08/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26206 y sus modificatorias, la Resolución del Consejo Federal de Educación 311/16, la

Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las

Resoluciones 3034-MEGC/13, 1602-GCABA-MEDGC/24, 860-GCABA-MEDGC/25, el

Expediente Electrónico 32434567-GCABA-SSGDA/25

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con

Discapacidad, con jerarquía constitucional, recalca el compromiso de los Estados a

implementar sistemas de educación inclusivos e indica que los Estados deben

resguardar el derecho a la educación inclusiva de los niños, niñas y adolescentes,

evitando que queden excluidos del sistema de educación general por motivos de

discapacidad;

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que, asimismo, asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,

permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo, promueve el más alto nivel

de calidad de la enseñanza, y asegura políticas sociales complementarias que

posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;

Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias establecen, en su artículo 4°, la

responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones

locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los

habitantes de la Nación;

Que asimismo, sostiene que la educación es un derecho personal y social, y que la

educación inclusiva, como derecho, alcanza a todos los sujetos,

Que mediante la Resolución del Consejo Federal de Educación 311/16 se ha

dispuesto que se deben propiciar condiciones para la educación inclusiva al interior del

sistema educativo argentino para asegurar el acompañamiento de las trayectorias

escolares de los estudiantes con discapacidad;

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere dicha Ley;

Que en el marco de la precitada ley, le corresponde al Ministerio de Educación, entre

otras facultades, la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y

programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de

contribuir al desarrollo individual y social;

Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose al Ministerio de Educación;

Que, conforme determina el referido Decreto, la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje

tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar, promover, implementar y

supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al desarrollo individual y

social de la comunidad, así como diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos

de la optimización de las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en

pos de mejorar la calidad educativa, como así también diseñar, promover, implementar

y supervisar las políticas de educación inclusiva;

Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal supervisa y acompaña el

desarrollo de las acciones pedagógicas y administrativas en las escuelas de gestión

estatal de los niveles Inicial, Primario y Secundario, la modalidad de Educación

Especial, la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, y la Educación Técnico

Profesional de Nivel Secundario, así como desarrollar instancias de fortalecimiento de

las trayectorias educativas;

Que por su parte, la Dirección General Sistema de Formación Docente tiene, entre sus

responsabilidades primarias, coordinar y supervisar la implementación de las políticas

y programas educativos destinados a promover la enseñanza formal y obligatoria a

niños, niñas y adolescentes en los establecimientos educativos de los niveles

educativos obligatorios de gestión estatal, dependientes de las Direcciones de

Educación Artística y de Escuelas Normales Superiores, en coordinación con la

Dirección General Educación de Gestión Estatal;

Que la Dirección General Educación de Gestión Privada, por su parte, tiene la

responsabilidad de administrar, supervisar, coordinar y acompañar el subsistema de

Educación de Gestión Privada de la jurisdicción, conforme con las políticas del

Ministerio de Educación, y establecer mecanismos de articulación, participación y

asistencia con otras áreas del Ministerio de Educación, para contribuir a la definición e

implementación de estrategias que conlleven a un sistema educativo único e

integrado;

Que, mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico

"Buenos Aires Aprende", con el fin de dar respuesta a los desafíos de aprendizaje que

se presentan en la actualidad;

Que el referido plan propone, como eje central y prioritario, la mejora de los

aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos en un ambiente que promueva

el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por lo que se

requiere, para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la

comunidad educativa en su conjunto;

Que, entre los principios esenciales que orientan dicho plan, se prevé el Principio de

Inclusión, a través del cual se busca promover condiciones de equidad de

oportunidades para todos los estudiantes, aumentando su sentido de pertenencia a la

escuela a partir del respeto a su singularidad;

Que en dicho marco, mediante la Resolución 860-GCABA-MEDGC/25 se aprobó la

Política de Educación Inclusiva para la educación obligatoria de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires con el objetivo de establecer los criterios sustantivos para llevar

adelante estrategias de profundización de la educación inclusiva, atendiendo las

particularidades de cada nivel, modalidad y sector de gestión, lo que requiere un

abordaje integral;

Que la mentada norma creó la Coordinación General de Educación Inclusiva en el

ámbito de la Subsecretaría Gestión del Gestión del Aprendizaje, de conformidad con lo

establecido en su Anexo II;

Que, asimismo, la implementación de esta política requiere revisar y adecuar la

normativa, fortalecer la articulación entre los actores intervinientes, la organización de

los apoyos y la gestión de la institución en su conjunto para mejorar las condiciones de

participación y aprendizaje significativo de los estudiantes;

Que oportunamente, mediante la Resolución 3034-MEGC/13 se aprobó el

"Reglamento para el desempeño de Acompañantes Personales No Docentes (APND)

de alumnos/as con discapacidad incluidos en escuelas de modalidad común de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que, a la luz de la nueva política de educación inclusiva, resulta necesario establecer

nuevos criterios y pautas para el ingreso y desempeño de los Acompañantes de

estudiantes con discapacidad en las escuelas de gestión estatal y gestión privada, a

fin de alinear estos procedimientos con los principios, enfoques y objetivos

establecidos en la Resolución 860-GCABA-MEDGC/25;

Que la norma que se propicia permite contar con procedimientos claros, tanto para

familias como para equipos de conducción, supervisión y docentes, y asegurar la

planificación de estrategias en espacios de trabajo colaborativos y de diálogo entre

diversos actores escolares, en función de las características y trayectorias grupales y

singulares;

Que en virtud de ello, se propicia dejar sin efecto la Resolución 3034-MEGC/13 y

aprobar la Reglamentación para el ingreso y desempeño del Acompañante para la

Inclusión Escolar (AIE) en escuelas de gestión estatal y gestión privada de la Ciudad

de Buenos Aires, de conformidad con el Anexo I (IF-2025-32568039-GCABA-SSGDA);

Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación

Educativa, las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de

Gestión Privada, Sistema de Formación Docente y Escuela de Maestros y la

Coordinación General de Educación Inclusiva, han tomado intervención en el marco de

sus competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su

competencia.

Por ello, en el uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 3034-MEGC/13.

Artículo 2°.- Aprobar la Reglamentación para el ingreso y desempeño del

Acompañante para la Inclusión Escolar (AIE) en escuelas de gestión estatal y gestión

privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con el Anexo I (IF-

2025-32568039-GCABA-SSGDA), el que a todos sus efectos forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establecer que lo dispuesto en el artículo 2° de la presente se

implementará de forma gradual y progresiva durante el ciclo lectivo 2025, alcanzando

su plena implementación a partir del ciclo lectivo 2026.

Artículo 4°.- Encomendar a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje y a la Dirección

General Educación de Gestión Privada, el dictado de las normas complementarias

necesarias para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución.

Artículo 5°.- Encomendar en la Dirección General Escuela de Maestros, dependiente

de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, la elaboración e

implementación de los trayectos de formación para los Acompañantes para la

Inclusión Escolar.

Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Planeamiento e Innovación Educativa,

Tecnología Educativa y a las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal,

Escuela de Maestros, Sistema de Formación Docente, Educación de Gestión Privada

y a la Coordinación General de Educación Inclusiva. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2° de la Resolucion 1001-MEDGC-25 aprueba la Reglamentación para el ingreso y desempeño del<br />Acompañante para la Inclusión Escolar (AIE) en escuelas de gestión estatal y gestión privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Resolucion 860-MEDGC-25</p>
DEROGA
<p><br />Artículo 1° de la Resolucion 1001 - MEDGC-25 deja sin efecto la Resolución 3034-MEGC/13.</p>