RESOLUCIÓN 2056 2025 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DEROGA RESOLUCIÓN 2785-MCGC-24 - APRUEBA  PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

18/08/2025

Sanción:

29/04/2025

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: Las Leyes N° 1.218, N° 5.213 (texto consolidado por Ley N° 6.764) y N° 6.684;

los Decretos N° 1.020/04, modificado por N° 115/05, y N° 387/23, modificado por N°

232/24; las Resoluciones N° 1198-MCGC/21 y su modificatoria N° 6046-MCGC/24, N°

33-MCGC/23 y N° 2785-MCGC/24; el Expediente Electrónico N° EX-2025-16885856-

GCABA-DGDCC y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios N° 6.684 encomienda a este Ministerio el diseño e

implementación de las políticas, planes y programas tendientes a preservar y

acrecentar el acervo cultural;

Que mediante el Decreto N° 387/23, modificado por Decreto N° 232/24, se aprobó la

estructura orgánico funcional y las responsabilidades primarias, objetivos y acciones

de la unidades de organización integrantes del Ministerio de Cultura del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido, se encuentra a cargo de la Gerencia Operativa de Operaciones y

Regímenes de Promoción Cultural, dependiente de la Dirección General Desarrollo

Cultural y Creativo de este Ministerio, la coordinación e implementación todos los

aspectos de carácter administrativo del Régimen del Programa de Fomento

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, creado por el Decreto N° 1020/04 y su modificatorio;

Que por medio del Decreto N° 1020/04 y su modificatorio N° 115/05, se aprobó el

Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tiene como objetivo general el de contribuir

económica y financieramente, mediante el otorgamiento de subsidios a personas

físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la

concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el

desarrollo y la difusión de la cultura y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que el indicado Decreto delegó en la entonces Secretaría de Cultura, actual Ministerio

de Cultura, la facultad de conceder subsidios de acuerdo con las previsiones

presupuestarias del año en curso, tanto a personas humanas como jurídicas con

domicilio real o legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando facultado

para dictar las normas reglamentarias y complementarias que fueren menester para la

correcta ejecución del Programa;

Que por la Resolución N° 1198-MCGC/21, modificada por N° 6046-MCGC/24, se

estableció al Comité Artístico y Científico de Promoción Cultural, como área sustantiva

en el marco del citado Programa de Fomento, cuya función principal es la de

dictaminar respecto del otorgamiento de subsidios sometidos a su evaluación, y se

aprobaron las siguientes líneas de subsidios: a) Infraestructura cultural; b)

Cooperación sociocultural, formación y capacitación; c) Eventos culturales; d)

Creación; e) Funcionamiento de espacios culturales;

Que mediante la Resolución N° 2785-MCGC/24 se aprobó el procedimiento atinente a

la presentación de solicitudes de subsidios, conforme los Anexos I "Reglamento

General del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las

Ciencias" (IF-2024-25297732-GCABA-DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración

Jurada" (IF-2024-21339708-GCABA-DGDCC); III "Formularios de Líneas Programa de

Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2024-21341269-

GCABA-DGDCC); IV "Nota de Solicitud de Readecuación de Proyecto (IF-2024-

21339001-GCABA-DGDCC); V "Informe de Actividades de la Rendición de Cuentas"

(IF-2024-21338119-GCABA-DGDCC), VI "Informe Financiero de la Rendición de

Cuenta" (IF-2024-21337702-GCABA-DGDCC) y VII "Nota de Compensación por los

Servicios Prestados" (IF-2024-21335419-GCABA-DGDCC), los cuales forman parte

integrante de la citada Resolución;

Que mediante Nota N° NO-2024-28966529-GCABA-DGPMYCH, la Dirección General

Patrimonio, Museos y Casco Histórico de este Ministerio propicia la incorporación de

aquellos espacios culturales incluidos en la nómina de beneficiarios del Régimen de

Promoción para los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (identificada bajo N° IF-2023-02108032-GCABA-

DGPMYCH), aprobada mediante Resolución N° 33-MCGC/23, y en los términos de lo

establecido en la Ley N° 5.213 y sus modificatorias (texto consolidado por Ley N°

6.764);

Que según la Ley N° 5.213 (texto consolidado por Ley N° 6.764), se estableció un

Régimen de Promoción para los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la

Ciudad de Buenos Aires;

Que, el artículo 2° de dicha Ley establece que la Autoridad de Aplicación del

mencionado régimen es el Ministerio de Cultura, mientras que el artículo 5° dispone

que los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables tienen derecho a ser sede de

actividades artísticas dispuestas en la programación cultural que efectúe la Comisión

de Protección y Promoción de Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables;

Que el artículo 12 de la citada Ley establece que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

declara las prácticas sociales y culturales que se generan en los Cafés, Bares, Billares

y Confiterías Notable de la Ciudad de Buenos Aires como parte de su identidad

cultural y objeto de preservación;

Que en tal sentido, resulta oportuno y necesario promover las acciones que faciliten a

los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables ser sede de actividades artísticas,

incentivar y fortalecer a los distintos actores de la cultura, la identidad cultural

ciudadana, y el ecosistema cultural de la Ciudad para su constante desarrollo;

Que por lo expuesto y para la subsistencia de las organizaciones y entidades

culturales, resulta de vital importancia favorecer el acceso a los bienes y servicios

culturales por parte de los habitantes porteños;

Que en este marco, resulta menester readecuar el procedimiento para la presentación

de solicitudes de subsidios del referido Programa y por ende derogar la Resolución N°

2785-MCGC/24;

Que en consecuencia, resulta menester aprobar el Reglamento General del Programa

de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias conforme los

lineamientos establecidos en los Anexos I "Reglamento General del Programa de

Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2025-17141344-

GCABA-DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración Jurada" (IF-2025-16984420-

GCABA-DGDCC); III "Formulario de Líneas - Programa de Fomento Metropolitano de

la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2025-16984663-GCABA-DGDCC); IV

"Formulario Datos de Cuenta Bancaria" (IF-2025-16984780-GCABA-DGDCC); V "Nota

de Solicitud de Readecuación de Proyecto (IF-2025-16984947-GCABA-DGDCC); VI

"Informe de Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2025-16985924-GCABA-

DGDCC); VII "Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (IF-2025-16985166-

GCABA-DGDCC) y VIII "Nota de Compensación por los Servicios Prestados" (IF-2025-

16984262-GCABA-DGDCC), los cuales forman parte integrante de la citada

Resolución;

Que asimismo, resulta oportuno propiciar la apertura del llamado a convocatoria para

la presentación de subsidios del citado Programa, la cual se desarrollará desde las

10:00 horas del 5 de mayo de 2025 hasta las 15:00 horas del 26 de mayo de 2025;

Que en este marco, mediante N° IF-2025-17161325-GCABA-DGDCC, la Dirección

General Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio propicia la aprobación del

Reglamento General del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y

las Ciencias conforme los aludidos Anexos y la apertura del llamado a convocatoria

para la presentación de solicitudes de subsidios correspondientes a las líneas

"Creación"; "Funcionamiento de Espacios Culturales"; las sublíneas "Obra y

Mantenimiento" y "Adquisición y/o Reparación de Mobiliario e Insumos", comprendidas

en la línea "Infraestructura Cultural"; las sublíneas "Intercambio Nacional y Federal" y

"Formación y Capacitación", comprendidas en la línea "Cooperación Sociocultural,

Formación y Capacitación", y "Eventos culturales" del citado Programa;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado

intervención de conformidad con las previsiones de la Ley N° 1.218 (texto consolidado

por Ley N° 6.764).

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derogar la Resolución N° 2785-MCGC/24.

Artículo 2°.- Aprobar el procedimiento atinente a la presentación de solicitudes de

subsidios, en el marco del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes

y las Ciencias, conforme los Anexos I "Reglamento General del Programa de Fomento

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2025-17141344-GCABA-

DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración Jurada" (IF-2025-16984420-GCABA-

DGDCC); III "Formulario de Líneas - Programa de Fomento Metropolitano de la

Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2025-16984663-GCABA-DGDCC); IV "Formulario

Datos de Cuenta Bancaria" (IF-2025-16984780-GCABA-DGDCC); V "Nota de Solicitud

de Readecuación de Proyecto (IF-2025-16984947-GCABA-DGDCC); VI "Informe de

Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2025-16985924-GCABA-DGDCC); VII

"Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (IF-2025-16985166-GCABA-DGDCC)

y VIII "Nota de Compensación por los Servicios Prestados" (IF-2025-16984262-

GCABA-DGDCC), los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Convocar a los sujetos comprendidos en el marco de las líneas

"Creación"; "Funcionamiento de Espacios Culturales"; las sublíneas "Obra y

Mantenimiento" y "Adquisición y/o Reparación de Mobiliario e Insumos", comprendidas

en la línea "Infraestructura Cultural"; las sublíneas "Intercambio Nacional y Federal" y

"Formación y Capacitación", comprendidas en la línea "Cooperación Sociocultural,

Formación y Capacitación", y "Eventos culturales" del Programa de Fomento

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires para la presentación de solicitudes de subsidios, desde las 10:00 horas

del 5 de mayo de 2025 hasta las 15:00 horas del 26 de mayo de 2025.

Artículo 4°.- Establecer, en el marco de la presente Convocatoria, que respecto de la

línea "Funcionamiento de Espacios Culturales" no se admitirán solicitudes de subsidio

para proyectos que hayan resultado beneficiarios por dicho concepto en las

Convocatorias 2025 de los Regímenes de PROTEATRO, BAMILONGA, PRODANZA y

BAMÚSICA.

Artículo 5°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido por la presente

Resolución.

Artículo 6°.- Establecer un monto máximo por solicitud presentada conforme al

siguiente detalle:

a. Línea "Funcionamiento de Espacios Culturales": hasta pesos tres millones

quinientos mil ($ 3.500.000);

b. Línea "Infraestructura Cultural" hasta pesos seis millones quinientos mil

($ 6.500.000);

c. Línea "Creación": hasta pesos seis millones quinientos mil ($ 6.500.000);

d. Línea "Cooperación Sociocultural, Formación y Capacitación" hasta pesos dos

millones quinientos mil ($ 2.500.000).

e. Línea "Eventos Culturales": hasta pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000).

Artículo 7°.- Establecer que el pago correspondiente a los montos asignados a

proyectos culturales aprobados en el marco de la presente convocatoria se realizará

en un único pago.

Artículo 8°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Gerencia Operativa Operaciones y

Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Desarrollo Cultural y

Creativo de este Ministerio. Cumplido, archivar. Ricardes


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184 ANEXO 2

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184 ANEXO 3

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184 ANEXO 4

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184 ANEXO 5

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184 ANEXO 6

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184 ANEXO 7

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7184 ANEXO 8

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2° de la Resolucion 2056-MCGC-25 aprueba el procedimiento atinente a la presentación de solicitudes de subsidio correspondientes al Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias en el marco del Decreto 1020-04</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 2056-MCGC-25 deroga la Resolución 2785-MCGC/24.</p>