RESOLUCIÓN 3736 2026 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
DEROGA - RESOLUCIÓN 2056/MCGC/25 Y APRUEBA EL PROCEDIMIENTO - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO - CULTURA - LAS ARTES Y LAS CIENCIAS
Publicación:
17/06/2026
Sanción:
11/06/2026
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: Las Leyes 1.218, 5.213 y 6.684, los Decretos 1.020/04 y 387/23; las
Resoluciones 1198/MCGC/21, 1225/MCGC/26 y 2056/MCGC/25; el Expediente EX-
2026-23813508-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6.684, encomienda a este Ministerio el diseño e implementación de las
políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural;
Que mediante el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional y las
responsabilidades primarias, objetivos y acciones de las unidades de organización
integrantes del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, en este sentido, se encuentra a cargo de la Gerencia Operativa Operaciones y
Regímenes de Promoción Cultural, de la Dirección General Desarrollo Cultural y
Creativo, dependiente de la Subsecretaría Patrimonio y Desarrollo Cultural de este
Ministerio, la coordinación e implementación de todos los aspectos de carácter
administrativo del Régimen del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las
Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por el Decreto
1020/04;
Que por medio del Decreto 1020/04, se aprobó el Programa de Fomento Metropolitano
de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
tiene como objetivo general el de contribuir económica y financieramente, mediante el
otorgamiento de subsidios a personas humanas o jurídicas con domicilio en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas
o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura y las ciencias en
sus diversas manifestaciones;
Que el indicado Decreto delegó en la entonces Secretaría de Cultura, actual Ministerio
de Cultura, la facultad de conceder subsidios de acuerdo con las previsiones
presupuestarias del año en curso, tanto a personas humanas como jurídicas con
domicilio real o legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando facultado
para dictar las normas reglamentarias y complementarias que fueren menester para la
correcta ejecución del Programa;
Que por la Resolución 1198/MCGC/21, se estableció al Comité Artístico y Científico de
Promoción Cultural, como área sustantiva en el marco del citado Programa de
Fomento, cuya función principal es la de dictaminar respecto del otorgamiento de
subsidios sometidos a su evaluación, y se aprobaron las siguientes líneas de
subsidios: a) Infraestructura cultural; b) Cooperación sociocultural, formación y
capacitación; c) Eventos culturales; d) Creación; e) Funcionamiento de espacios
culturales;
Que mediante la Resolución 2056/MCGC/25 se aprobó el procedimiento atinente a la
presentación de solicitudes de subsidios, conforme los Anexos I "Reglamento General
del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-
2025-17141344-GCABA-DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración Jurada" (IF-
2025-16984420-GCABA-DGDCC); III "Formulario de Líneas - Programa de Fomento
Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2025-16984663-GCABA-
DGDCC); IV "Formulario Datos de Cuenta Bancaria" (IF-2025-16984780-GCABA-
DGDCC); V "Nota de Solicitud de Readecuación de Proyecto (IF-2025-16984947-
GCABA-DGDCC); VI "Informe de Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2025-
16985924-GCABA-DGDCC); VII "Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (IF-
2025-16985166-GCABA-DGDCC) y VIII "Nota de Compensación por los Servicios
Prestados" (IF-2025-16984262-GCABA-DGDCC), los cuales forman parte integrante
de la citada Resolución;
Que mediante Nota NO-2026-22620044-GCABA-DGPMYCH, la Dirección General
Patrimonio, Museos y Casco Histórico, dependiente de la Subsecretaría Patrimonio y
Desarrollo Cultural, propicia la incorporación de aquellos espacios culturales incluidos
en la nómina de beneficiarios del Régimen de Promoción para los Cafés, Bares,
Billares y Confiterías Notables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (identificada
bajo IF-2026-10314379-GCABA-DGPMYCH, aprobada mediante Resolución
1225/MCGC/26, y en los términos de lo establecido en la Ley 5.213;
Que según la Ley 5.213, se estableció un Régimen de Promoción para los Cafés,
Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el artículo 2° de dicha Ley establece que la Autoridad de Aplicación del
mencionado régimen es el Ministerio de Cultura, mientras que el artículo 5° dispone
que los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables tienen derecho a ser sede de
actividades artísticas dispuestas en la programación cultural que efectúe la Comisión
de Protección y Promoción de Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables;
Que el artículo 12 de la citada Ley establece que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
declara las prácticas sociales y culturales que se generan en los Cafés, Bares, Billares
y Confiterías Notable de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como parte de su
identidad cultural y objeto de preservación;
Que, en tal sentido, resulta oportuno y necesario promover las acciones que faciliten a
los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables ser sede de actividades artísticas,
incentivar y fortalecer a los distintos actores de la cultura, la identidad cultural
ciudadana, y el ecosistema cultural de la Ciudad para su constante desarrollo;
Que por lo expuesto y para la subsistencia de las organizaciones y entidades
culturales, resulta de vital importancia favorecer el acceso a los bienes y servicios
culturales por parte de los habitantes porteños;
Que en este marco, a fin de readecuar el procedimiento para la presentación de
solicitudes de subsidios del referido Programa, la Dirección General Desarrollo Cultural
y Creativo, dependiente de la Subsecretaría Patrimonio y Desarrollo Cultural de este
Ministerio, propicia, mediante IF-2026-27477849-GCABA-DGDCC, la derogación de la
Resolución 2056/MCGC/25;
Que en consecuencia, resulta menester aprobar el Reglamento General del Programa
de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias conforme los
lineamientos establecidos en los Anexos I "Reglamento General del Programa de
Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2026-27456295-
GCABA-DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración Jurada" (IF-2026-23850471-
GCABA-DGDCC); III "Formulario de Líneas - Programa de Fomento Metropolitano de
la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2026-23850687-GCABA-DGDCC); IV
"Formulario Datos de Cuenta Bancaria" (IF-2026-23850832-GCABA-DGDCC); V "Nota
de Solicitud de Readecuación de Proyecto (IF-2026-23850981-GCABA-DGDCC); VI
"Informe de Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2026-23851106-GCABA-
DGDCC); VII "Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (IF-2026-23851259-
GCABA-DGDCC) y VIII "Nota de Compensación por los Servicios Prestados" (IF-2026-
23851378-GCABA-DGDCC), los cuales forman parte integrante de la presente
Resolución;
Que asimismo, propicia la apertura del llamado a convocatoria para la presentación de
subsidios del citado Programa, con respecto a las líneas "Creación"; "Funcionamiento
de Espacios Culturales"; las sublíneas "Obra y Mantenimiento" y "Adquisición y/o
Reparación de Mobiliario e Insumos", comprendidas en la línea "Infraestructura
Cultural"; las sublíneas "Intercambio Nacional y Federal" y "Formación y Capacitación",
comprendidas en la línea "Cooperación Sociocultural, Formación y Capacitación", y
"Eventos culturales", la cual se desarrollará desde las 10:00 horas del 16 de junio de
2026 hasta las 15:00 horas del 30 de junio de 2026;
Que mediante IF-2026-27505419-GCABA-SSPDC, la Subsecretaría Patrimonio y
Desarrollo Cultural ha prestado su conformidad al trámite impulsado;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
la intervención de su competencia;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
intervención de conformidad con las previsiones de la Ley 1.218.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Derogar la Resolución 2056/MCGC/25.
Artículo 2°.- Aprobar el procedimiento atinente a la presentación de solicitudes de
subsidios, en el marco del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes
y las Ciencias, conforme los Anexos I "Reglamento General del Programa de Fomento
Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2026-27456295-GCABA-
DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración Jurada" (IF-2026-23850471-GCABA-
DGDCC); III "Formulario de Líneas - Programa de Fomento Metropolitano de la
Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2026-23850687-GCABA-DGDCC); IV "Formulario
Datos de Cuenta Bancaria" (IF-2026-23850832-GCABA-DGDCC); V "Nota de Solicitud
de Readecuación de Proyecto (IF-2026-23850981-GCABA-DGDCC); VI "Informe de
Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2026-23851106-GCABA-DGDCC); VII
"Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (IF-2026-23851259-GCABA-DGDCC)
y VIII "Nota de Compensación por los Servicios Prestados" (IF-2026-23851378-
GCABA-DGDCC), los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Convocar a los sujetos comprendidos en el marco de las líneas
"Creación"; "Funcionamiento de Espacios Culturales"; las sublíneas "Obra y
Mantenimiento" y "Adquisición y/o Reparación de Mobiliario e Insumos", comprendidas
en la línea "Infraestructura Cultural"; las sublíneas "Intercambio Nacional y Federal" y
"Formación y Capacitación", comprendidas en la línea "Cooperación Sociocultural,
Formación y Capacitación", y "Eventos culturales" del Programa de Fomento
Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para la presentación de solicitudes de subsidios, desde las 10:00 horas
del 16 de junio de 2026 hasta las 15:00 horas del 30 de junio de 2026.
Artículo 4°.- Establecer, en el marco de la presente Convocatoria, que respecto de la
línea "Funcionamiento de Espacios Culturales" no se admitirán solicitudes de subsidio
para proyectos que hayan resultado beneficiarios por dicho concepto en las
Convocatorias 2026 de los Regímenes de PROTEATRO, BAMILONGA, PRODANZA y
BAMÚSICA.
Artículo 5°.- Establecer un monto máximo por solicitud presentada conforme al
siguiente detalle:
a. Línea "Funcionamiento de Espacios Culturales": hasta pesos tres millones
quinientos mil ($ 3.500.000);
b. Línea "Infraestructura Cultural" hasta pesos seis millones quinientos mil
($ 6.500.000);
c. Línea "Creación": hasta pesos seis millones quinientos mil ($ 6.500.000);
d. Línea "Cooperación Sociocultural, Formación y Capacitación" hasta pesos dos
millones quinientos mil ($ 2.500.000).
e. Línea "Eventos Culturales": hasta pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000).
Artículo 6°.- Establecer que el pago correspondiente a los montos asignados a
proyectos culturales aprobados en el marco de la presente convocatoria se realizará
en un único pago.
Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,
para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Gerencia Operativa Operaciones y
Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Desarrollo Cultural y
Creativo, dependiente de la Subsecretaría Patrimonio y Desarrollo Cultural de este
Ministerio. Cumplido, archivar. Ricardes