RESOLUCIÓN 3736 2026 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DEROGA - RESOLUCIÓN 2056/MCGC/25  Y APRUEBA EL PROCEDIMIENTO - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIOS - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO - CULTURA - LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

Publicación:

17/06/2026

Sanción:

11/06/2026

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: Las Leyes 1.218, 5.213 y 6.684, los Decretos 1.020/04 y 387/23; las

Resoluciones 1198/MCGC/21, 1225/MCGC/26 y 2056/MCGC/25; el Expediente EX-

2026-23813508-GCABA-DGDCC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6.684, encomienda a este Ministerio el diseño e implementación de las

políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural;

Que mediante el Decreto 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional y las

responsabilidades primarias, objetivos y acciones de las unidades de organización

integrantes del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, en este sentido, se encuentra a cargo de la Gerencia Operativa Operaciones y

Regímenes de Promoción Cultural, de la Dirección General Desarrollo Cultural y

Creativo, dependiente de la Subsecretaría Patrimonio y Desarrollo Cultural de este

Ministerio, la coordinación e implementación de todos los aspectos de carácter

administrativo del Régimen del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las

Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por el Decreto

1020/04;

Que por medio del Decreto 1020/04, se aprobó el Programa de Fomento Metropolitano

de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que

tiene como objetivo general el de contribuir económica y financieramente, mediante el

otorgamiento de subsidios a personas humanas o jurídicas con domicilio en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas

o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura y las ciencias en

sus diversas manifestaciones;

Que el indicado Decreto delegó en la entonces Secretaría de Cultura, actual Ministerio

de Cultura, la facultad de conceder subsidios de acuerdo con las previsiones

presupuestarias del año en curso, tanto a personas humanas como jurídicas con

domicilio real o legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando facultado

para dictar las normas reglamentarias y complementarias que fueren menester para la

correcta ejecución del Programa;

Que por la Resolución 1198/MCGC/21, se estableció al Comité Artístico y Científico de

Promoción Cultural, como área sustantiva en el marco del citado Programa de

Fomento, cuya función principal es la de dictaminar respecto del otorgamiento de

subsidios sometidos a su evaluación, y se aprobaron las siguientes líneas de

subsidios: a) Infraestructura cultural; b) Cooperación sociocultural, formación y

capacitación; c) Eventos culturales; d) Creación; e) Funcionamiento de espacios

culturales;

Que mediante la Resolución 2056/MCGC/25 se aprobó el procedimiento atinente a la

presentación de solicitudes de subsidios, conforme los Anexos I "Reglamento General

del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-

2025-17141344-GCABA-DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración Jurada" (IF-

2025-16984420-GCABA-DGDCC); III "Formulario de Líneas - Programa de Fomento

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2025-16984663-GCABA-

DGDCC); IV "Formulario Datos de Cuenta Bancaria" (IF-2025-16984780-GCABA-

DGDCC); V "Nota de Solicitud de Readecuación de Proyecto (IF-2025-16984947-

GCABA-DGDCC); VI "Informe de Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2025-

16985924-GCABA-DGDCC); VII "Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (IF-

2025-16985166-GCABA-DGDCC) y VIII "Nota de Compensación por los Servicios

Prestados" (IF-2025-16984262-GCABA-DGDCC), los cuales forman parte integrante

de la citada Resolución;

Que mediante Nota NO-2026-22620044-GCABA-DGPMYCH, la Dirección General

Patrimonio, Museos y Casco Histórico, dependiente de la Subsecretaría Patrimonio y

Desarrollo Cultural, propicia la incorporación de aquellos espacios culturales incluidos

en la nómina de beneficiarios del Régimen de Promoción para los Cafés, Bares,

Billares y Confiterías Notables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (identificada

bajo IF-2026-10314379-GCABA-DGPMYCH, aprobada mediante Resolución

1225/MCGC/26, y en los términos de lo establecido en la Ley 5.213;

Que según la Ley 5.213, se estableció un Régimen de Promoción para los Cafés,

Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, el artículo 2° de dicha Ley establece que la Autoridad de Aplicación del

mencionado régimen es el Ministerio de Cultura, mientras que el artículo 5° dispone

que los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables tienen derecho a ser sede de

actividades artísticas dispuestas en la programación cultural que efectúe la Comisión

de Protección y Promoción de Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables;

Que el artículo 12 de la citada Ley establece que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

declara las prácticas sociales y culturales que se generan en los Cafés, Bares, Billares

y Confiterías Notable de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como parte de su

identidad cultural y objeto de preservación;

Que, en tal sentido, resulta oportuno y necesario promover las acciones que faciliten a

los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables ser sede de actividades artísticas,

incentivar y fortalecer a los distintos actores de la cultura, la identidad cultural

ciudadana, y el ecosistema cultural de la Ciudad para su constante desarrollo;

Que por lo expuesto y para la subsistencia de las organizaciones y entidades

culturales, resulta de vital importancia favorecer el acceso a los bienes y servicios

culturales por parte de los habitantes porteños;

Que en este marco, a fin de readecuar el procedimiento para la presentación de

solicitudes de subsidios del referido Programa, la Dirección General Desarrollo Cultural

y Creativo, dependiente de la Subsecretaría Patrimonio y Desarrollo Cultural de este

Ministerio, propicia, mediante IF-2026-27477849-GCABA-DGDCC, la derogación de la

Resolución 2056/MCGC/25;

Que en consecuencia, resulta menester aprobar el Reglamento General del Programa

de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias conforme los

lineamientos establecidos en los Anexos I "Reglamento General del Programa de

Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2026-27456295-

GCABA-DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración Jurada" (IF-2026-23850471-

GCABA-DGDCC); III "Formulario de Líneas - Programa de Fomento Metropolitano de

la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2026-23850687-GCABA-DGDCC); IV

"Formulario Datos de Cuenta Bancaria" (IF-2026-23850832-GCABA-DGDCC); V "Nota

de Solicitud de Readecuación de Proyecto (IF-2026-23850981-GCABA-DGDCC); VI

"Informe de Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2026-23851106-GCABA-

DGDCC); VII "Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (IF-2026-23851259-

GCABA-DGDCC) y VIII "Nota de Compensación por los Servicios Prestados" (IF-2026-

23851378-GCABA-DGDCC), los cuales forman parte integrante de la presente

Resolución;

Que asimismo, propicia la apertura del llamado a convocatoria para la presentación de

subsidios del citado Programa, con respecto a las líneas "Creación"; "Funcionamiento

de Espacios Culturales"; las sublíneas "Obra y Mantenimiento" y "Adquisición y/o

Reparación de Mobiliario e Insumos", comprendidas en la línea "Infraestructura

Cultural"; las sublíneas "Intercambio Nacional y Federal" y "Formación y Capacitación",

comprendidas en la línea "Cooperación Sociocultural, Formación y Capacitación", y

"Eventos culturales", la cual se desarrollará desde las 10:00 horas del 16 de junio de

2026 hasta las 15:00 horas del 30 de junio de 2026;

Que mediante IF-2026-27505419-GCABA-SSPDC, la Subsecretaría Patrimonio y

Desarrollo Cultural ha prestado su conformidad al trámite impulsado;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado

intervención de conformidad con las previsiones de la Ley 1.218.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derogar la Resolución 2056/MCGC/25.

Artículo 2°.- Aprobar el procedimiento atinente a la presentación de solicitudes de

subsidios, en el marco del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes

y las Ciencias, conforme los Anexos I "Reglamento General del Programa de Fomento

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2026-27456295-GCABA-

DGDCC); II "Formulario de Datos y Declaración Jurada" (IF-2026-23850471-GCABA-

DGDCC); III "Formulario de Líneas - Programa de Fomento Metropolitano de la

Cultura, las Artes y las Ciencias" (IF-2026-23850687-GCABA-DGDCC); IV "Formulario

Datos de Cuenta Bancaria" (IF-2026-23850832-GCABA-DGDCC); V "Nota de Solicitud

de Readecuación de Proyecto (IF-2026-23850981-GCABA-DGDCC); VI "Informe de

Actividades de la Rendición de Cuentas" (IF-2026-23851106-GCABA-DGDCC); VII

"Informe Financiero de la Rendición de Cuentas" (IF-2026-23851259-GCABA-DGDCC)

y VIII "Nota de Compensación por los Servicios Prestados" (IF-2026-23851378-

GCABA-DGDCC), los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Convocar a los sujetos comprendidos en el marco de las líneas

"Creación"; "Funcionamiento de Espacios Culturales"; las sublíneas "Obra y

Mantenimiento" y "Adquisición y/o Reparación de Mobiliario e Insumos", comprendidas

en la línea "Infraestructura Cultural"; las sublíneas "Intercambio Nacional y Federal" y

"Formación y Capacitación", comprendidas en la línea "Cooperación Sociocultural,

Formación y Capacitación", y "Eventos culturales" del Programa de Fomento

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires para la presentación de solicitudes de subsidios, desde las 10:00 horas

del 16 de junio de 2026 hasta las 15:00 horas del 30 de junio de 2026.

Artículo 4°.- Establecer, en el marco de la presente Convocatoria, que respecto de la

línea "Funcionamiento de Espacios Culturales" no se admitirán solicitudes de subsidio

para proyectos que hayan resultado beneficiarios por dicho concepto en las

Convocatorias 2026 de los Regímenes de PROTEATRO, BAMILONGA, PRODANZA y

BAMÚSICA.

Artículo 5°.- Establecer un monto máximo por solicitud presentada conforme al

siguiente detalle:

a. Línea "Funcionamiento de Espacios Culturales": hasta pesos tres millones

quinientos mil ($ 3.500.000);

b. Línea "Infraestructura Cultural" hasta pesos seis millones quinientos mil

($ 6.500.000);

c. Línea "Creación": hasta pesos seis millones quinientos mil ($ 6.500.000);

d. Línea "Cooperación Sociocultural, Formación y Capacitación" hasta pesos dos

millones quinientos mil ($ 2.500.000).

e. Línea "Eventos Culturales": hasta pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000).

Artículo 6°.- Establecer que el pago correspondiente a los montos asignados a

proyectos culturales aprobados en el marco de la presente convocatoria se realizará

en un único pago.

Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Gerencia Operativa Operaciones y

Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Desarrollo Cultural y

Creativo, dependiente de la Subsecretaría Patrimonio y Desarrollo Cultural de este

Ministerio. Cumplido, archivar. Ricardes


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389-Anexo I "Reglamento General del Programa de FomentoMetropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias"



El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389- Anexo II "Formulario de Datos y Declaración Jurada"




El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389- AnexoIII "Formulario de Líneas - Programa de Fomento Metropolitano de laCultura, las Artes y las Ciencias"


El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389- AnexoIV "FormularioDatos de Cuenta Bancaria"



El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389- Anexo V "Nota de Solicitud de Readecuación de Proyecto"



El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389- AnexoVI "Informe deActividades de la Rendición de Cuentas"



El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389- AnexoVII"Informe Financiero de la Rendición de Cuentas"



El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7389- Anexo VIII "Nota de Compensación por los Servicios Prestados"



Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2° de la Resolución 3736/MCGC/26 aprueba el procedimiento atinente a la presentación de solicitudes de<br />subsidios, en el marco del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, en el marco del Decreto 1020-04.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución 3736/MCGC/26 deroga la Resolución 2056/MCGC/25.</p>