RESOLUCIÓN 283 2005 SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA

Síntesis:

NORMA DEROGADA - PRORROGA LOS PLAZOS FIJADOS POR LOS ARTÍCULOS 2° Y 4° DE LA RESOLUCIÓN N° 231-SSA-05 - REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS DE EQUIPAMIENTO Y MAQUINARIA - REGISTRO - EMPRESAS QUE REALICEN APERTURAS Y CIERRES DE CALZADAS

Publicación:

03/01/2006

Sanción:

15/12/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA

Estado:

No vigente


Visto la Nota N° 665-SSOM/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 231-SSA/05 se establecieron los requerimientos mínimos obligatorios de equipamiento y maquinaria necesarios para que las empresas inscriptas en las Categorías 1° y 2° del Registro creado por Ordenanza N° 25.989 estén facultadas para realizar por sí aperturas y cierres que afecten las calzadas de la vía pública de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, por artículo 2° de dicha resolución se estableció que toda persona física o jurídica que se encuentre debidamente inscripta en las citadas categorías del mencionado Registro y desee ejecutar por sí obras de apertura y/o cierre de calzadas de la Ciudad, debía realizar en el término de 45 días posteriores a la publicación de la resolución en cuestión en el Boletín Oficial de la Ciudad una presentación con carácter de declaración jurada en la que manifiestara poseer los equipos y maquinarias obligatorios;

Que el artículo 4° de la citada resolución determinó que, transcurrido ese mismo plazo, aquellas empresas que no hubieren cumplimentado lo indicado no estarían facultadas para ejecutar por sí obras de apertura y/o cierre de calzadas de la ciudad;

Que el Sr. Subsecretario de Obras y Mantenimiento solicitó la prórroga en la aplicación de los artículos mencionados en los casos de empresas ejecutoras de obras que cuenten con afectación a partidas presupuestarias que correspondan a esta jurisdicción;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 2.720/03,

EL SUBSECRETARIO ADMINISTRATIVO

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorróganse hasta el día 15 de marzo de 2006 los plazos fijados por los artículos 2° y 4° de la Resolución N° 231-SSA/05 para las empresas ejecutoras de obras que cuenten con afectación a partidas presupuestarias que correspondan a esta jurisdicción.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral y a la Dirección Coordinación de Tareas en la Vía Pública. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 283-SSA-05 prorroga los plazos de los arts. 2 y 4 de la Res. 231-SSA-05
DEROGADA POR
<p>Art. 5 del Decreto 238-08 deroga Resolución 283-SSA-05</p>