RESOLUCIÓN 285 2005 SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA
Síntesis:
NORMA DEROGADA - EXTIENDE EL PLAZO PARA CUMPLIR CON LAS PRESENTACIONES ESTABLECIDAS POR RESOLUCIÓN N° 231-SSA/05 - TAREAS DE APERTURA Y CIERRE DE CALZADAS - REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLILGATORIOS PARA EMPRESAS
Publicación:
05/01/2006
Sanción:
20/12/2005
Organismo:
SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA
Estado:
No vigente
Visto la solicitud interpuesta por Nota N° 1.794-SIyP/05, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 231-SSA/05 se establecen los requerimientos mínimos obligatorios de equipamiento y maquinaria necesarios para que las empresas estén facultadas para realizar aperturas y cierres que afecten las calzadas de la vía pública de la ciudad;
Que asimismo, exige la presentación por parte de las empresas inscriptas en la primera y segunda categoría del RMEOVP la nómina completa del personal a cargo de las cuadrillas que realizan las tareas de apertura y cierre de calzadas;
Que el personal nominado debe obtener el certificado de instrucción, requerido en el art. 3° de la Resolución N° 231-SSA/05 expedido por el Ente de Mantenimiento Urbano Integral;
Que el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a través de la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento, ha manifestado los inconvenientes surgidos para implementar la expedición del certificado de instrucción que se requiere;
Que el plazo para el cumplimiento de las presentaciones establecidas ha operado con fecha 9 de diciembre de 2005;
Que la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento, ha solicitado a esta Subsecretaría una extensión del plazo previamente acordado, con el objeto de cumplimentar la debida instrucción y extensión del certificado pertinente;
Que esta Subsecretaría Administrativa ha considerado favorablemente la solicitud interpuesta;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1° - Extiéndese el vencimiento del plazo límite para cumplir las presentaciones establecidas en la Resolución N° 231-SSA/05, hasta el día 3 de marzo de 2006.
Artículo 2° - Regístrese en la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a las Subsecretarías de Obras y Mantenimiento, de Tránsito y Transporte, de Planeamiento Urbano, y a la Dirección Coordinación de Tareas en la Vía Pública dependiente de la Subsecretaría Administrativa.