DISPOSICIÓN 16 2025 DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS

Síntesis:

APRUEBA - GUÍA IA EN LA ESCUELA - GUÍA PARA UN USO CRÍTICO - DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

15/09/2025

Sanción:

11/07/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS


VISTO: La Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus

modificatorios, las Resoluciones 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, y 1602-

GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico 25659892-GCABA-DGESM/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno

es asistido en sus funciones por sus Ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que les confiere la mencionada norma;

Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en

áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";

Que, por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires contemplándose a la Dirección General Escuela de Maestros

dependiente de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita

de este Ministerio;

Que conforme dicho plexo normativo la Dirección General Escuela de Maestros tiene

entre sus responsabilidades primarias: "Supervisar la implementación de los proyectos

y programas establecidos por la Gerencia Operativa de Educación Digital", "establecer

los lineamientos para la planificación y gestión de los dispositivos de capacitación a

equipos de conducción y docentes, de todos los niveles y modalidades en materia de

Educación Digital, conforme lo sugerido por la Gerencia Operativa Educación Digital",

"acompañar, planificar e implementar, conjuntamente con la Subsecretaría y la

Gerencia Operativa de Educación Digital, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento de

competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque del

diseño curricular de la jurisdicción", y "analizar y supervisar las propuestas de

capacitación docente continua para el desarrollo profesional docente propiciadas por la

Gerencia Operativa Educación Digital";

Que la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de dicha Dirección General,

tiene entre sus acciones: "Diseñar e implementar el Plan Integral de Educación Digital

en todos los niveles y modalidades educativas, conjuntamente con la Subsecretaría y

la Dirección General", "promover la calidad educativa favoreciendo el uso reflexivo,

crítico y creativo de las tecnologías y entornos digitales orientado a equipos de

conducción, docentes, alumnos y familias", "planificar, asesorar y gestionar

dispositivos de capacitación a equipos de conducción y docentes, de todos los niveles

y modalidades, en materia de educación digital, conforme los lineamientos

establecidos por la Dirección General", "promover procesos de alfabetización

dinámicos e integrales, contemplando las múltiples alfabetizaciones (digital,

informacional, entre otras), la ciudadanía digital, el pensamiento computacional, la

programación, la robótica y la inteligencia artificial, en las prácticas de enseñanza con

y sobre tecnologías digitales", "acompañar, planificar e implementar, conjuntamente

con la Dirección General y la Subsecretaría, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento

de competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque

del diseño curricular de la jurisdicción", "planificar, resignificar e incorporar tecnologías

digitales emergentes en las prácticas de enseñanza y en los procesos de aprendizaje",

"incentivar el desarrollo de capacidades que favorezcan la formación de ciudadanos/as

digitales plenos", "propiciar espacios y dinámicas a través de las cuales las/os

estudiantes puedan diseñar y crear soluciones con tecnologías digitales, en conjunto

con la Dirección General y la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje", y "promover la

investigación y actualización constante en materia de educación digital";

Que mediante la Resolución 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, se creó el

Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED), el cual tiene como objetivo

principal integrar los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones

educativas a la cultura digital;

Que a través de la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico

"Buenos Aires Aprende", el cual tiene como objetivos específicos, la mejora de los

aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias,

un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia sostenida y

continua a la escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la

inclusión y la atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar

y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las

estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las

tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de

nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;

Que, en el marco del Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", la transformación

digital constituye el principal objetivo de la Gerencia Operativa Educación Digital, la

cual promueve un enfoque educativo innovador que permita a las y los estudiantes

desenvolverse de manera crítica, creativa, significativa y responsable en entornos

diversos y cambiantes del siglo XXI;

Que la inteligencia artificial (IA) está transformando aceleradamente diversos aspectos

de la vida cotidiana, incluyendo el ámbito educativo, en el que plantea nuevos desafíos

y oportunidades para enriquecer los procesos de enseñanza y aprendizaje;

Que el uso creciente de herramientas basadas en Inteligencia Artificial en el entorno

escolar requiere una incorporación pedagógica planificada, reflexiva, crítica y ética, a

fin de resguardar los derechos de estudiantes y docentes y asegurar su utilización con

sentido educativo;

Que en ese marco, se celebró el convenio de colaboración para la protección,

prevención y concientización en materia de clonación de voz y rostro de niñas, niños y

adolescentes entre la Unidad Especializada en Litigios Complejos del Ministerio

Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Educación

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el cual se encuentra registrado bajo

número RL 19812542/2025, con el objeto de promover un marco de colaboración a los

fines de promover el uso responsable de las plataformas web de libre acceso para la

clonación de voz y rostro con herramientas de Inteligencia Artificial, especialmente a

los fines de la protección de la privacidad, seguridad e integridad de los niños, niñas y

adolescentes;

Que, en el marco de los compromisos asumidos por el Ministerio de Educación a

través de dicho convenio y con los lineamientos estratégicos del Programa "Plan

Integral de Educación Digital" y del Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", la

Gerencia Operativa Educación Digital, propicia la implementación de una guía con el

objetivo de orientar a los equipos de conducción y docentes en la integración de la

inteligencia artificial en las escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha guía constituye un documento estratégico de acompañamiento para la

comunidad educativa, ofreciendo un marco orientador, principios éticos y

recomendaciones concretas para un uso seguro, inclusivo, accesible y

pedagógicamente pertinente de herramientas de IA en todos los niveles y modalidades

del sistema educativo;

Que por todo lo expuesto, la Gerencia Operativa Educación Digital propicia aprobar la

Guía "IA en la Escuela- Guía para un uso crítico";

Que en virtud de ello deviene necesario aprobar la guía "IA en la Escuela- Guía para

un uso crítico";

Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, y la Subsecretaría

Gestión del Aprendizaje brindaron su conformidad en las presentes actuaciones;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE ESCUELA DE MAESTROS

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar la Guía "IA en la Escuela- Guía para un uso crítico", que como

Anexo (IF-2025-28909589-GCABA-DGESM) forma parte integrante de la presente

Disposición.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje,

las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión

Privada, y Sistema de Formación Docente para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archivar. Zorza


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7204

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 16/DGESM/25 aprueba la Guía “IA en la Escuela- Guía para un uso crítico”, en el marco de la Resolución 4271-MEGC/17.</p>