DISPOSICIÓN 16 2025 DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
Síntesis:
APRUEBA - GUÍA IA EN LA ESCUELA - GUÍA PARA UN USO CRÍTICO - DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
15/09/2025
Sanción:
11/07/2025
Organismo:
DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
VISTO: La Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, las Resoluciones 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, y 1602-
GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico 25659892-GCABA-DGESM/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por sus Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere la mencionada norma;
Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en
áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que, por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires contemplándose a la Dirección General Escuela de Maestros
dependiente de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita
de este Ministerio;
Que conforme dicho plexo normativo la Dirección General Escuela de Maestros tiene
entre sus responsabilidades primarias: "Supervisar la implementación de los proyectos
y programas establecidos por la Gerencia Operativa de Educación Digital", "establecer
los lineamientos para la planificación y gestión de los dispositivos de capacitación a
equipos de conducción y docentes, de todos los niveles y modalidades en materia de
Educación Digital, conforme lo sugerido por la Gerencia Operativa Educación Digital",
"acompañar, planificar e implementar, conjuntamente con la Subsecretaría y la
Gerencia Operativa de Educación Digital, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento de
competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque del
diseño curricular de la jurisdicción", y "analizar y supervisar las propuestas de
capacitación docente continua para el desarrollo profesional docente propiciadas por la
Gerencia Operativa Educación Digital";
Que la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de dicha Dirección General,
tiene entre sus acciones: "Diseñar e implementar el Plan Integral de Educación Digital
en todos los niveles y modalidades educativas, conjuntamente con la Subsecretaría y
la Dirección General", "promover la calidad educativa favoreciendo el uso reflexivo,
crítico y creativo de las tecnologías y entornos digitales orientado a equipos de
conducción, docentes, alumnos y familias", "planificar, asesorar y gestionar
dispositivos de capacitación a equipos de conducción y docentes, de todos los niveles
y modalidades, en materia de educación digital, conforme los lineamientos
establecidos por la Dirección General", "promover procesos de alfabetización
dinámicos e integrales, contemplando las múltiples alfabetizaciones (digital,
informacional, entre otras), la ciudadanía digital, el pensamiento computacional, la
programación, la robótica y la inteligencia artificial, en las prácticas de enseñanza con
y sobre tecnologías digitales", "acompañar, planificar e implementar, conjuntamente
con la Dirección General y la Subsecretaría, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento
de competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque
del diseño curricular de la jurisdicción", "planificar, resignificar e incorporar tecnologías
digitales emergentes en las prácticas de enseñanza y en los procesos de aprendizaje",
"incentivar el desarrollo de capacidades que favorezcan la formación de ciudadanos/as
digitales plenos", "propiciar espacios y dinámicas a través de las cuales las/os
estudiantes puedan diseñar y crear soluciones con tecnologías digitales, en conjunto
con la Dirección General y la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje", y "promover la
investigación y actualización constante en materia de educación digital";
Que mediante la Resolución 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, se creó el
Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED), el cual tiene como objetivo
principal integrar los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones
educativas a la cultura digital;
Que a través de la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico
"Buenos Aires Aprende", el cual tiene como objetivos específicos, la mejora de los
aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias,
un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia sostenida y
continua a la escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la
inclusión y la atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar
y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las
estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las
tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de
nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;
Que, en el marco del Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", la transformación
digital constituye el principal objetivo de la Gerencia Operativa Educación Digital, la
cual promueve un enfoque educativo innovador que permita a las y los estudiantes
desenvolverse de manera crítica, creativa, significativa y responsable en entornos
diversos y cambiantes del siglo XXI;
Que la inteligencia artificial (IA) está transformando aceleradamente diversos aspectos
de la vida cotidiana, incluyendo el ámbito educativo, en el que plantea nuevos desafíos
y oportunidades para enriquecer los procesos de enseñanza y aprendizaje;
Que el uso creciente de herramientas basadas en Inteligencia Artificial en el entorno
escolar requiere una incorporación pedagógica planificada, reflexiva, crítica y ética, a
fin de resguardar los derechos de estudiantes y docentes y asegurar su utilización con
sentido educativo;
Que en ese marco, se celebró el convenio de colaboración para la protección,
prevención y concientización en materia de clonación de voz y rostro de niñas, niños y
adolescentes entre la Unidad Especializada en Litigios Complejos del Ministerio
Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Ministerio de Educación
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el cual se encuentra registrado bajo
número RL 19812542/2025, con el objeto de promover un marco de colaboración a los
fines de promover el uso responsable de las plataformas web de libre acceso para la
clonación de voz y rostro con herramientas de Inteligencia Artificial, especialmente a
los fines de la protección de la privacidad, seguridad e integridad de los niños, niñas y
adolescentes;
Que, en el marco de los compromisos asumidos por el Ministerio de Educación a
través de dicho convenio y con los lineamientos estratégicos del Programa "Plan
Integral de Educación Digital" y del Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", la
Gerencia Operativa Educación Digital, propicia la implementación de una guía con el
objetivo de orientar a los equipos de conducción y docentes en la integración de la
inteligencia artificial en las escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha guía constituye un documento estratégico de acompañamiento para la
comunidad educativa, ofreciendo un marco orientador, principios éticos y
recomendaciones concretas para un uso seguro, inclusivo, accesible y
pedagógicamente pertinente de herramientas de IA en todos los niveles y modalidades
del sistema educativo;
Que por todo lo expuesto, la Gerencia Operativa Educación Digital propicia aprobar la
Guía "IA en la Escuela- Guía para un uso crítico";
Que en virtud de ello deviene necesario aprobar la guía "IA en la Escuela- Guía para
un uso crítico";
Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, y la Subsecretaría
Gestión del Aprendizaje brindaron su conformidad en las presentes actuaciones;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar la Guía "IA en la Escuela- Guía para un uso crítico", que como
Anexo (IF-2025-28909589-GCABA-DGESM) forma parte integrante de la presente
Disposición.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje,
las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión
Privada, y Sistema de Formación Docente para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, archivar. Zorza