DISPOSICIÓN 25 2025 DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
Síntesis:
APRUEBA - MARCO DE GOBERNANZA Y USO RESPONSABLE DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL - DIRECCION GENERALDE ESCUELA DE MAESTROS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - TECNOLOGÍA - ESCUELAS - ALUMNAS - ALUMNOS - ESTUDIANTES - LABORATORIO DE INNOVACIÓN - APRENDIZAJE - ENSEÑANZA - USO CRÍTICO - COMISIÓN DE TRABAJO - ÉTICA - USO CRÍTICO - GARANTÍAS - PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES - PRIVACIDAD DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES - SEGURIDAD - DOCENTES - DIRECTIVOS - SUPERVISORES - TRANSPARENCIA - INCLUSIÓN DIGITAL - PRINCIPIOS - RIESGOS - JORNADA EXTENDIDA
Publicación:
21/10/2025
Sanción:
17/10/2025
Organismo:
DIRECCION GENERAL ESCUELA DE MAESTROS
VISTO: La Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, las Resoluciones 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, 1602-
GCABA-MEDGC/24, la Disposición 16-GCABA-DGESM/2025, y el Expediente
Electrónico 44422048-GCABA-DGESM/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por sus Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere la mencionada norma;
Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en
áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que, por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires contemplándose a la Dirección General Escuela de Maestros
dependiente de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita
de este Ministerio;
Que conforme dicho plexo normativo esta Dirección General Escuela de Maestros
tiene entre sus responsabilidades primarias "supervisar la implementación de los
proyectos y programas establecidos por la Gerencia Operativa de Educación Digital",
"establecer los lineamientos para la planificación y gestión de los dispositivos de
capacitación a equipos de conducción y docentes, de todos los niveles y modalidades
en materia de Educación Digital, conforme lo sugerido por la Gerencia Operativa
Educación Digital", "acompañar, planificar e implementar, conjuntamente con la
Subsecretaría y la Gerencia Operativa de Educación Digital, la adquisición, desarrollo
y fortalecimiento de competencias digitales docentes, de conformidad con los
contenidos y el enfoque del diseño curricular de la jurisdicción", y "analizar y supervisar
las propuestas de capacitación docente continua para el desarrollo profesional docente
propiciadas por la Gerencia Operativa Educación Digital";
Que, por su parte, la Gerencia Operativa Educación Digital, dependiente de dicha
Dirección General, tiene entre sus acciones: "Diseñar e implementar el Plan Integral de
Educación Digital en todos los niveles y modalidades educativas, conjuntamente con la
Subsecretaría y la Dirección General", "promover la calidad educativa favoreciendo el
uso reflexivo, crítico y creativo de las tecnologías y entornos digitales orientado a
equipos de conducción, docentes, alumnos y familias", "planificar, asesorar y gestionar
dispositivos de capacitación a equipos de conducción y docentes, de todos los niveles
y modalidades, en materia de educación digital, conforme los lineamientos
establecidos por la Dirección General", "promover procesos de alfabetización
dinámicos e integrales, contemplando las múltiples alfabetizaciones (digital,
informacional, entre otras), la ciudadanía digital, el pensamiento computacional, la
programación, la robótica y la inteligencia artificial, en las prácticas de enseñanza con
y sobre tecnologías digitales", "acompañar, planificar e implementar, conjuntamente
con la Dirección General y la Subsecretaría, la adquisición, desarrollo y fortalecimiento
de competencias digitales docentes, de conformidad con los contenidos y el enfoque
del diseño curricular de la jurisdicción", "planificar, resignificar e incorporar tecnologías
digitales emergentes en las prácticas de enseñanza y en los procesos de aprendizaje",
"incentivar el desarrollo de capacidades que favorezcan la formación de ciudadanos/as
digitales plenos", "propiciar espacios y dinámicas a través de las cuales las/os
estudiantes puedan diseñar y crear soluciones con tecnologías digitales, en conjunto
con la Dirección General y la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje", y "promover la
investigación y actualización constante en materia de educación digital";
Que mediante la Resolución 4271-GCABA-MEGC/17 y sus modificatorias, se creó el
Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED), el cual tiene como objetivo
principal integrar los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones
educativas a la cultura digital;
Que a través de la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico
"Buenos Aires Aprende", el cual tiene como objetivos específicos, la mejora de los
aprendizajes fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias,
un mayor acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia sostenida y
continua a la escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la
inclusión y la atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar
y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las
estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las
tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de
nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;
Que mediante la Disposición 16-GCABA-DGESM/2025 se aprobó la Guía "IA en la
Escuela Guía para un uso crítico", la cual brinda lineamientos pedagógicos y éticos
para el uso de herramientas basadas en IA en el ámbito escolar, resguardando los
derechos de docentes y estudiantes y promoviendo su integración con sentido
educativo;
Que, en este marco se propicia la aprobación del "Marco de Gobernanza y uso
responsable de la Inteligencia Artificial", el cual constituye la continuación y ampliación
de la mencionada Guía, estableciendo un marco de gestión a nivel macro que fija
lineamientos estratégicos para la toma de decisiones, la coordinación institucional y la
definición de estructuras y responsabilidades en torno al uso de la IA en el sistema
educativo;
Que dicho Marco propone un enfoque humanocéntrico, entendiendo a la inteligencia
artificial como herramienta al servicio de las capacidades humanas y nunca como
sustituto, y define principios orientadores tales como la equidad e inclusión digital, la
protección de datos y la privacidad, la transparencia y explicabilidad, la supervisión
docente, la sostenibilidad y la pertinencia pedagógica;
Que asimismo, el documento detalla estructuras de gobernanza en tres niveles --
estratégico, técnico-operativo e institucional-- junto con decisiones clave para
garantizar un uso responsable, transparente y seguro de la IA, en línea con las
recomendaciones de organismos internacionales;
Que el "Marco de Gobernanza y uso responsable de la Inteligencia Artificial" se
presenta como una herramienta de gestión transversal, orientada a consolidar una
cultura institucional de innovación ética, situada y colaborativa, acompañando la
transformación digital educativa que impulsa el Ministerio de Educación de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por todo lo expuesto, deviene necesario dictar el pertinente acto administrativo
que apruebe el "Marco de Gobernanza y uso responsable de la Inteligencia Artificial";
Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, y la Subsecretaría
Gestión del Aprendizaje brindaron su conformidad en las presentes actuaciones;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el "Marco de Gobernanza y uso responsable de la Inteligencia
Artificial", que como Anexo (IF-2025-44487239-GCABA-DGESM) forma parte
integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje,
las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión
Privada, y Sistema de Formación Docente para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, archivar. Dalla Zorza
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7229