RESOLUCIÓN 3643 2025 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SELECCIONA COMO SEDE DE ROTACIÓN PARA LOS RESIDENTES DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN SALUD POSBÁSICA - DIRECCIÓN GENERAL SISTEMAS DE INFORMACIÓN SANITARIA - RESIDENCIAS MÉDICAS - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
19/09/2025
Sanción:
15/09/2025
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ordenanza 40.997 (texto consolidado por Ley 6.764), la Resolución
402/MSGC/17, el Expediente 2025-33289841-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que las Residencias constituyen sistemas remunerado de capacitación de posgrado a
tiempo completo, con actividad asistencial programada y supervisada, tendiente a
incorporar a todos los profesionales del área de la salud con el objetivo de formar en el
ámbito intra y extra hospitalario, un recurso humano capacitado en beneficio de la
comunidad.
Que se han elaborado cada uno de los Programas para las diversas Residencias, en
pos del accionar de los futuros especialistas, para intervenir en la complejidad y en la
interdisciplinariedad de acuerdo a las demandas del Sistema de Salud.
Que el programa de formación de la Residencia Posbásica de Sistemas de
Información en Salud, aprobado por la Resolución 402/MSGC/17, prevé la rotación de
los residentes como parte de su formación.
Que la Titular de la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional, luego de evaluar la capacidad formadora de los profesionales, la planta
física y las actividades a desarrollar, propicia que entre las rotaciones previstas para
los residentes de Sistemas de Información en Salud se incluya a la Dirección General
Sistemas de Información Sanitaria.
Que la Ordenanza 40.997 en su artículo 23 inciso "f" (texto consolidado por Ley 6.764)
establece que los efectores que no cuenten con sede de residencia pero que reciben
residentes rotantes que cumplen rotaciones obligatorias como parte de su formación,
podrán proponer la designación de un instructor como responsable de dicha
formación.
Que en consecuencia, corresponde autorizar a la Dirección General Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional a tramitar el proceso para la contratación de un
(1) Instructor para la Residencia Posbásica de Sistemas de Información en Salud,
quien cumplirá sus funciones en el área previamente mencionada, a fin de garantizar
el diseño y puesta en funcionamiento de una rotación de calidad en dicha
especialidad.
Que ha brindado su conformidad la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión
en Red.
Que la Dirección General Legal y Técnica de este Ministerio de Salud ha tomado
intervención en el marco de sus competencias.
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Seleccionar a la Dirección General Sistemas de Información Sanitaria,
perteneciente a este Ministerio de Salud, como sede de rotación para los residentes de
Sistemas de Información en Salud Posbásica.
Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional a tramitar el proceso para la contratación de un (1) Instructor para la
Residencia de Sistemas de Información en Salud Posbásica en la Dirección General
Sistemas de Información Sanitaria.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pasar, para
su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Docencia, Investigación y
Desarrollo Profesional y a la Dirección General de Administración y Liquidación de
Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. González
Bernaldo de Quirós