RESOLUCIÓN 15 2025 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL

Síntesis:

APRUEBA  - ALTA DEL TRÁMITE - AMPLIACIÓN LICENCIA DE CONDUCIR INTERJURISDICCIONAL -  INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES -IUT - SECRETARIA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SUBSECRETARIA DE SERVICIOS

Publicación:

30/09/2025

Sanción:

26/09/2025

Organismo:

SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL


VISTO: La Ley Nacional 24.449, las Ley 3.304 y 6.684 (Textos consolidados por Ley

6.764), los Decretos 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 70-SECITD/22 y la

Resolución de Firma Conjunta 1-SECITD/22-2022-1-GCABA-SECITD, el Expediente

Electrónico N° EX-2025- 24244377 - -GCABA-DGHC y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece como autoridad de aplicación a la

Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de

Gabinete de Ministros y a la Subsecretaria de Servicios, dependiente de la Secretaría

de Gobierno y Vínculo Ciudadano;

Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la

Secretaría de Innovación y Transformación Digital, las de: "Fomentar el diseño ágil de

procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la

gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de

herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; Intervenir en el

diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las

distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; Supervisar el

diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran y supervisar la implementación de

las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y

tecnológica, procesos y servicios al ciudadano", entre otras;

Que, asimismo, se establece a la Dirección General de Habilitación a Conductores en

la órbita de la Subsecretaría de Servicios de la Secretaría de Gobierno y Vínculo

Ciudadano y lo faculta a "Coordinar la comunicación e interrelación de las áreas de la

Dirección General en el proceso general de habilitación de conductores; Coordinar y

desarrollar las estrategias y modalidades de comunicación e información a los

ciudadanos respecto a los procedimientos administrativos de habilitación de

conductores y sobre proyectos que se desarrollen en el ámbito de la Dirección

General; Coordinar en conjunto con la Dirección General de Atención Ciudadana y

Servicios Desconcentrados o la que en un futuro la reemplace la prestación del

servicio de otorgamiento de licencias de conducir en los Puntos de Atención

Ciudadana (PAC)", entre otras;

Que el artículo 1° del Decreto 118/22 estableció un Modelo de Gobernanza de los

Datos y un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

que interconecte los sistemas de información de todas las áreas de gobierno para

garantizar el intercambio de datos de manera segura, transparente y confidencial;

Que mediante artículo 7° del Decreto aludido, se creó el Inventario Único de Trámites

(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el mismo será

implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y Transformación Digital, o

el organismo que en el futuro la reemplace, de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que en el mismo sentido, se dispuso que todas las reparticiones deberán informar los

trámites que tengan en su órbita, a fin de incorporarlos al mencionado Inventario en las

formas, plazos y condiciones que determine la Secretaría de Innovación y

Transformación Digital para asegurar su vigencia; ;

Que el Inventario Único de Trámites (IUT) tiene por finalidad consolidar los trámites

vigentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según la información

provista por cada jurisdicción;

Que mediante la Resolución 70-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento Operativo del

Inventario Único de Trámites (ROIUT)";

Que por el artículo 3° de la mentada Resolución, se encomendó a la Dirección General

de Sistemas de Gestión la gestión de todas las acciones necesarias para dar

cumplimiento al "Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";

Que en el marco de ello, por medio de la Resolución Conjunta 1-SECITD/22 se aprobó

el Anexo "I", estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo trámite o

modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)";

Que el mencionado procedimiento, establece que el área responsable deberá remitir

su solicitud por el control interno del área competente en la materia, la cual

confeccionará un informe con las recomendaciones pertinentes y un informe

evaluatorio para la incorporación del nuevo trámite;

Que, asimismo, el artículo 9 del mencionado procedimiento establece que: "cumplido

el procedimiento, se procederá a la firma conjunta del acto administrativo entre el área

responsable y la Secretaría de Innovación y Transformación Digital ";

Que, el artículo 13 inciso h) de la Ley Nacional 24.449, atribuye al Estado Nacional la

competencia en el otorgamiento de licencias para conducir vehículos del servicio de

transporte de pasajeros y carga con carácter interjurisdiccional, pudiendo delegar por

convenio la facultad en las provincias y la CABA;

Que, por Anexo I del Decreto 779/PEN/95 modificado por Decreto 196/PEN/25,

reglamentario de la mentada Ley, establece que la Agencia Nacional de Seguridad

Vial podrá celebrar Convenios con las provincias y la CABA, a fin de delegar el

otorgamiento de la licencia nacional de conducir para las clases C, D, y E,

correspondiente al servicio de transporte de pasajeros y carga de carácter

interjurisdiccional, y que definirá los lineamientos y condiciones para registrar los

centros de emisión de licencias previa verificación de la capacidad técnica y operativa

para el dictado de los cursos y exámenes;

Que siguiendo estos lineamientos,, con fecha 13 de mayo del corriente, se suscribió

un Convenio Específico entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires,, con el objeto de delegar la emisión de la licencia nacional

de conducir clases C, D y E, habilitante para el servicio de transporte de pasajeros y

carga de carácter interjurisdiccional;

Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario el dictado del Acto Administrativo

pertinente, incorporando al IUT el trámite "AMPLIACIÓN LICENCIA DE CONDUCIR

INTERJURISDICCIONAL";

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;

EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN

Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y EL SUBSECRETARIO DE SERVICIOS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Aprobar el Alta del trámite "AMPLIACIÓN LICENCIA DE CONDUCIR

INTERJURISDICCIONAL" en el Inventario Único de Trámites (IUT).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de Sistemas de Gestión a fin de proceder a la

carga en el Inventario Único de Trámites (IUT) del Trámite mencionado en el artículo

1°. Cumplido, archívese. Bargallo Benegas - Piola

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 15-SEITD-25 aprueba el Alta del trámite AMPLIACIÓN LICENCIA DE CONDUCIR INTERJURISDICCIONAL en el Inventario Único de Trámites IUT en el marco de la Resolucion Conjunta 1 -SECITD- 22 <br /> </p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 15-SEITD-25 aprueba el Alta del trámite AMPLIACIÓN LICENCIA DE CONDUCIR INTERJURISDICCIONAL en el Inventario Único de Trámites IUT en el marco de la Resolucion  70-SECITD-22<br /> </p>