RESOLUCIÓN 262 2005 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN
Síntesis:
DECLARA GANADORES DEL CONCURSO BUENOS AIRES PYME EXPORTA II
Publicación:
26/01/2006
Sanción:
27/12/2005
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN
Visto los Expedientes Nros. 59.208/05, 86.013/05, 84.571/05, 84.575/05, 84.620/05, 84.736/05, 83.300/05, 83.292/05, 84.523/05, 84.865/05, 84.870/05, 84.549/05, 83.298/05, 83.294/05, 85.145/05, 84.542/05, 84.855/05, 84.546/05, 85.018/05, 85.149/05, 84.576/05, 84.851/05, 84.875/05, 84.605/05, 83.290/05, 84.519/05, 84.524/05, 84.536/05, 84.544/05, 84.602/05, 84.612/05, 84.719/05, 84.720/05, 85.021/05, 85.148/05, 84.563/05, 84.610/05, 84.706/05, 84.721/05, 84.867/05 y 85.299/05, el Decreto N° 118/03 (B.O.C.B.A. N° 1635) y las Resoluciones Nros. 750-SPTyDS/05 (B.O.C.B.A. N° 2296), 209-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2313) y 231-SSPRODU/05, y
CONSIDERANDO:
Que por el decreto citado en el visto se creó el programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores, uno de cuyos propósitos fue el de subsidiar proyectos de desarrollo exportador pertenecientes a micro, pequeñas y medianas empresas que desarrollasen actividades industriales o de prestación de servicios en la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución N° 750-SPTyDS/05 (B.O.C.B.A. N° 2296) y en el marco del referido programa, se convocó al concurso Buenos Aires PyME Exporta II con el propósito de facilitar la consolidación de un número cada vez mayor de empresas preparadas para abordar en forma competitiva mercados externos, así como para impulsar la cultura exportadora en las MIPyMEs de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el art. 2° de la referida resolución se estableció que el concurso en cuestión podría operar a través de las modalidades nuevos exportadores (modalidad A) y exportadores consolidados (modalidad B);
Que, por el art. 4° de la misma resolución, se adjudicó a la Subsecretaría de Producción dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, la calidad de autoridad de aplicación, encomendándole el art. 5°, entre otras facultades, las de administrar los fondos del programa, aprobar los proyectos que se sometiesen a su consideración y suscribir los instrumentos correspondientes;
Que, a su vez el mismo art. 4° asignó a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios de la Subsecretaría aludida, la calidad de Unidad Ejecutora, en virtud de la cual el art. 6° del acto resolutivo ya citado, le atribuyó las facultades de recibir y registrar los proyectos presentados, evaluarlos de acuerdo con la metodología aplicable y determinar el monto del subsidio para cada caso;
Que dentro de ese mismo proceso evaluatorio se considero conveniente incluir una instancia adicional de supervisión conformada por expertos y profesionales destacados en temas de economía y negocios, con el propósito de dotar de la mayor transparencia al proceso de selección y para asegurar tanto la solvencia profesional como el máximo rigor de análisis técnico-empresarial de las propuestas en cuestión;
Que a tal efecto se dictó la Resolución N° 231-SSPRODU/05 mediante la cual se procedió a crear un Comité Revisor de Proyectos, con competencia en el concurso que aquí nos ocupa, para recibir los informes emitidos por la unidad ejecutora, considerar la consistencia de las evaluaciones realizadas y remitir los proyectos con opinión acerca de su razonabilidad y procedencia a la autoridad de aplicación;
Que de las evaluaciones realizadas por la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios dependiente de la Subsecretaría de Producción, de acuerdo con lo exigido por la normativa aplicable y con el aval del Comité Revisor ya referenciado, se ha establecido que los proyectos que se aprueban por la presente cuentan con la potencialidad y la capacidad técnica y de gestión necesarias para hacerse acreedores a los beneficios establecidos por el mismo acto resolutivo;
Que en este estado y compartiéndose las conclusiones a las que han arribado las distintas instancias evaluadoras y revisoras intervinientes, procede adoptar la decisión aprobatoria correspondiente;
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le competen en su calidad de autoridad de aplicación,
Artículo 1° - Apruébanse los proyectos de las empresas enumeradas en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, a las que se declara ganadoras del concurso Buenos Aires PyME Exporta II, convocado por la Resolución
N° 750-SPTyDS/05 (B.O.C.B.A. N° 2296) y modificatorias, dictadas al amparo del programa Fondo para el Desarrollo de Proveedores, creado por el Decreto N° 118/03 (B.O.C.B.A. N° 1635).
Artículo 2° - Establécese que, una vez que sean suscriptos los instrumentos pertinentes, de acuerdo con lo estipulado en las bases y condiciones integrantes de la resolución citada en el anterior artículo, quedará autorizado el pago de los beneficios emergentes de la aprobación dispuesta precedentemente, por los montos que, discriminados por empresa, se detallan en el mismo Anexo I.
Artículo 3° - Regístrese, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Industria, Comercio y Servicios dependiente de la Subsecretaría de Producción para la prosecución de su trámite y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
ANEXOS
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