RESOLUCIÓN 196 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

INSTRUYE - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y CONTROL DE LA MOVILIDAD - REGISTRO ÚNICO DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS - RUTAP - REGISTRO DE ALTAS DE  VEHÍCULOS ELÉCTRICOS - VEHÍCULOS PROPULSADOS POR MOTORIZACIÓN TÉRMICA - AUTOBUSES AFECTADOS - PRUEBA PILOTO MOVILIDAD URBANA DE BUSES ELÉCTRICOS TRAMBUS -RAMAL C LÍNEA 34 - EMPRESA JUAN B JUSTOS ATCTCI - TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SECRETARIA DE TRANSPORTE - COLECTIVOS

Publicación:

17/11/2025

Sanción:

13/11/2025

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: Las Resoluciones 305/LCABA/24, 12/SECT/25, 41/SECT/25, 66/SECT/25,

97/SECT/25 y 171/SECT/25, y el Expediente EX-2025-49147197-GCABA-SSGCM y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 3 de septiembre de 2024 se suscribió entre el Estado Nacional y la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires un Acta Acuerdo que tiene como objeto la

transferencia de las competencias, por parte del Estado Nacional a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en lo que refiere a las líneas de transporte de colectivos

que poseen recorrido íntegro dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que la referida Acta Acuerdo fue aprobada mediante la Resolución 305/24 del 26 de

septiembre de 2024 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en ese marco, le corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la fijación

de las tarifas, compensaciones y/o subsidios, la planificación, implementación y

ejecución de los servicios, el otorgamiento o renovación de los permisos de

explotación, la determinación de los recorridos, frecuencias, horarios, modalidades,

parque móvil y cualquier otro parámetro operativo que implique una modificación en la

oferta del servicio;

Que mediante la Resolución 41/SECT/25 se creó el Registro Único del Transporte

Automotor de Pasajeros (RUTAP), en el cual deben inscribirse los operadores de

servicios de transporte colectivo de pasajeros y/o de oferta libre, incluyendo la

documentación relativa al parque móvil afectado;

Que por su lado, a través de la Resolución 66/SECT/25 de fecha 3 de abril de 2025 se

definió al Sistema TRAMBUS como el modo de transporte público de capacidad

intermedia, caracterizado por la utilización de energías limpias de bajo o nulo impacto

ambiental, con una estética identitaria y que, contando con una infraestructura

dedicada de carriles exclusivos o preferenciales que prioricen su circulación, formará

parte del Sistema Integrado de Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, el que

coadyuvará a la integración intermodal;

Que a los fines de poner en práctica la modalidad de transporte definida en la

Resolución 66/SECT/25, por conducto de la Resolución 97/SECT/25 se autorizó la

realización de una Prueba Piloto denominada "Movilidad Urbana de Buses Eléctricos -

TRAMBUS" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo programa de

implementación obra como anexo a la misma;

Que los principales objetivos de dicho programa consisten en: (i) brindar un adecuado

servicio de transporte automotor de pasajeros mediante la utilización de vehículos

modernos, propulsados con motorización 100% eléctrica, y que posean una estética

identitaria particular; (ii) propiciar la consolidación del Sistema Integrado de Transporte

en la Ciudad de Buenos Aires mediante la utilización de nuevas alternativas de

movilidad, que fomenten la sustentabilidad y la sostenibilidad ambiental; (iii) fomentar

la integración tarifaria y operativa con el resto del Sistema Integrado de Transporte de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; (iv) reducir los tiempos de viajes de los usuarios

mejorando la experiencia de movilidad, haciendo que el viaje mismo sea más

confortable; (v) aprovechar la infraestructura dedicada existente de carriles exclusivos

y/o preferenciales que prioricen la circulación de los vehículos afectados al Programa;

y (vi) obtener experiencia en lo que refiere a la movilidad eléctrica y evaluar nuevas

modalidades de vehículos de transporte de pasajeros, en función de la adaptabilidad,

la integración, el comportamiento de la demanda y la interacción con el resto de los

vehículos de la vía pública;

Que el artículo 3° de la Resolución 97/SECT/25 establece que el plazo de vigencia de

la prueba piloto será de un (1) año, contado a partir de la suscripción del Acta de Inicio

de la operación;

Que a los fines de materializar lo dispuesto en la mentada Resolución 97/SECT/25,

través de la Resolución 171/SECT/25 se decidió implementar la Prueba Piloto

denominada Movilidad Urbana de Buses Eléctricos "TRAMBUS", en los términos de lo

normado en el Capítulo 1.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que dicha operación se encontrará a cargo

de la empresa "JUAN B. JUSTO S.A.T.C.I." (CUIT 30-56844599-2), explotante de la

Línea 34;

Que así, la citada Prueba Piloto implementada por la Resolución 171/SECT/25, tiene

por objeto la utilización, a modo experimental, de buses a propulsión 100 % eléctrica

que serán entregados por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al operador

seleccionado "JUAN B. JUSTO S.A.T.C.I.;

Que la línea 34, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 12/SECT/25 posee

entre sus parámetros operativos aprobados, el recorrido fijado como "Ramal C"

"AEROPARQUE JORGE NEWBERY (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES)

ESTACIÓN LINIERS (LÍNEA SARMIENTO -CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES)";

Que la prueba piloto aprobada por la Resolución N° 97/SECT/25 se desarrollará sobre

el mentado Ramal C de la Línea 34, en lo términos de lo indicado en el Anexo I de la

Resolución 171/SECT/25;

Que en tal sentido, siendo que la mentada prueba piloto se practica sobre el recorrido

fijado para una línea de transporte colectivo de pasajeros de jurisdicción de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, y teniendo en consideración que se trata de parámetros

operativos ya existentes (Ramal C de la Línea 34), corresponde instruir a la

Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad para que el Registro Único del

Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP) autorice las altas de los vehículos

eléctricos en el legajo de la Línea 34, debiendo en simultáneo tramitarse las

pertinentes bajas de vehículos propulsados mediante motorización térmica;

Que ello resulta relevante, a los fines de que la Línea 34 no incremente su oferta de

vehículos, debiéndose mantener el parque móvil oportunamente aprobado mediante la

Resolución 12/SECT/25;

Que por medio de la Ley 6.684, se establecieron los Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los cuales se encuentra el Ministerio de

Infraestructura;

Que por el Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a esta

Secretaría de Transporte como órgano dependiente del referido Ministerio de

Infraestructura;

Que el citado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta

Secretaría, la de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la de desarrollar estrategias integrales que

promuevan un sistema de transporte público eficiente, seguro y accesible para todos

los ciudadanos; la de supervisar el funcionamiento del Registro de Operadores del

Transporte Colectivo de Pasajeros; y la de definir los parámetros operativos de las

líneas del Transporte Colectivo de Pasajeros cuyos recorridos se realicen

íntegramente en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Instruir a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad

dependiente de esta Secretaría para que el Registro Único del Transporte Automotor

de Pasajeros (RUTAP), en el marco de lo resuelto en la Resolución 171/SECT/25,

proceda a registrar las altas de los vehículos eléctricos en el correspondiente legajo de

la Línea 34, siempre que en simultáneo se tramiten las pertinentes bajas de vehículos

propulsados mediante motorización térmica, a los fines de que no se vea

incrementado el parque móvil autorizado a la mentada Línea, de conformidad con lo

dispuesto en la Resolución 12/SECT/25.

ARTÍCULO 2°.- Disponer que los autobuses afectados a la Prueba Piloto "Movilidad

Urbana de Buses Eléctricos TRAMBUS" implementada mediante la Resolución

171/SECT/25 serán incorporados paulatinamente al ramal C de la Línea 34, hasta

completar las DIEZ (10) unidades vehiculares eléctricas en reemplazo de los

autobuses con motorización térmica.

ARTÍCULO 3°.- Establecer que una vez concluida la prueba piloto, o si por la causa

que fuere, se diera de baja algún vehículo eléctrico, la empresa JUAN B. JUSTO

S.A.T.C.I. se encontrará autorizada a reincorporar los vehículos con motorización

térmica reemplazados, siempre que los mismos den cumplimiento con el plazo de

antigüedad previsto en el artículo 9.1.2 del Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad de Buenos Aires.

ARTÍCULO 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar

a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la

Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad y a Dirección General Gestión de

Servicios de Movilidad y a la Gerencia Operativa Permisos de Transportes de

Colectivos y notificar a la la empresa JUAN B. JUSTO S.A.T.C.I. Cumplido, archivar.

Krantzer

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Articulo 1 de la Resolución 196-SECT/25 instruye a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad<br />para que el Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP) proceda a registrar las altas de los vehículos eléctricos en el correspondiente legajo de la Línea 34, siempre que en simultáneo se tramiten las pertinentes bajas de vehículos propulsados  mediante motorización térmica, a los fines de que no se vea incrementado el parque móvil autorizado a la mentada Línea, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 12-SECT/25.</p>
COMPLEMENTA
<p>Articulo 2 de la Disposición 196-SECT/25 dispone que los autobuses afectados a la Prueba Piloto Movilidad Urbana de Buses Eléctricos TRAMBUS implementada por Resolución 171-SECT-25 serán incorporados paulatinamente al ramal C de la Línea 34, hasta completar las DIEZ unidades vehiculares eléctricas en reemplazo de los autobuses con motorización térmica.</p>
COMPLEMENTA
<p>Articulo 1 de la Resolución 196-SECT/25 instruye a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, para que el Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP) creado por Resolucion 41-SECT/25, proceda a registrar las altas de los vehículos eléctricos en el correspondiente legajo de la Línea 34.</p>