RESOLUCIÓN 64 2025 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447

Síntesis:

APRUEBA - MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS EN ACCESIBILIDAD UNIVERSAL -  ORGANISMO FUERA DE NIVEL - COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - INCLUSIÓN - NORMATIVA - RED DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE - ESPACIO URBANO - ESPACIOS VERDES - EDIFICIOS - CULTURA - EVENTOS - TURISMO - SEÑALÉTICA ACCESIBLE - PARTICIPACIÓN - CO-CREACIÓN - TESTEOS - LENGUAJE

Publicación:

26/11/2025

Sanción:

18/11/2025

Organismo:

COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes

Nacionales Nros. 26.378 y 27.044, las Leyes Nros. 447 y 6.684 (textos consolidados

por Ley N° 6.764), el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico

N° EX-2025-48740289-GCABA-DGAUN, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 42 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

garantiza a las personas con discapacidad el derecho a su plena integración, a la

información y a la equiparación de oportunidades, ejecuta políticas de promoción y

protección integral, tendientes a la prevención, rehabilitación, capacitación, educación

e inserción social y laboral. Asimismo, prevé el desarrollo de un hábitat libre de

barreras naturales, culturales, lingüísticas, comunicacionales, sociales, educacionales,

arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de cualquier otro tipo, y la eliminación de

las existentes";

Que la Ley Nacional N° 26.378 aprobó la Convención sobre los Derechos de las

Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobados mediante resolución

de la Asamblea General de las Nacionales Unidas, estableciendo en su artículo 19 "el

derecho en igualdad de condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir en

la comunidad, con opciones iguales a las de las demás, para lo cual los Estados

Partes deberán adoptar medidas efectivas y pertinentes para facilitar el pleno goce de

este derecho por las personas con discapacidad y su plena inclusión y participación en

la comunidad, asegurando en especial el acceso a una variedad de servicios de

asistencia domiciliaria, residencial y otros servicios de apoyo de la comunidad";

Que mediante la Ley Nacional N° 27.044 se otorgó jerarquía constitucional en los

términos del artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, a la Convención sobre

los Derechos de las Personas con Discapacidad;

Que la Ley N° 447 creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS), como organismo especializado en la

promoción y garantía de derechos, estableciendo entre sus funciones, las de asesorar,

supervisar, capacitar y difundir temas vinculados a la discapacidad;

Que mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Vicejefatura de Gobierno;

Que por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno al

Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS);

Que, entre las responsabilidades primarias del Organismo Fuera de Nivel Comisión

para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS),

se encuentran las de "Promover el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos

de las Personas con Discapacidad, conforme Ley Nacional N° 26.378 (...), entender,

en coordinación con las áreas competentes, en el diseño de políticas que promuevan

que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea accesible, inclusiva e integradora, como

así también la de fomentar proyectos relativos a la concientización de la comunidad

sobre los derechos, necesidades, posibilidades y participación de las personas con

discapacidad";

Que, la Dirección General de Accesibilidad Universal (DGAUN), dependiente del

Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS) propicia la aprobación del "Manual de Buenas

Prácticas", con el objeto de establecer lineamientos y recomendaciones técnicas que

garanticen la accesibilidad universal, promoviendo entornos físicos, comunicacionales

y actitudinales inclusivos, que aseguren la plena participación de las personas con

discapacidad en la vida social, cultural y laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que el Manual de Buenas Prácticas 2025 se plantea como una herramienta técnica y

de gestión destinada a orientar la formulación, ejecución y evaluación de políticas,

programas y proyectos con enfoque de accesibilidad universal;

Que el precitado documento compila criterios normativos, parámetros de diseño y

orientaciones prácticas que buscan unificar los estándares de accesibilidad aplicables

a obras, servicios y comunicaciones institucionales, y que, en este entendimiento, el

Manual de Buenas Prácticas constituye una herramienta estratégica que se alinea con

los objetivos del Plan de Discapacidad 20232027, consolidando el compromiso del

Gobierno de la Ciudad con la inclusión plena;

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA TITULAR

DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL COMISIÓN PARA LA PLENA

PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Manual de Buenas Prácticas en Accesibilidad Universal que

como ANEXO I (IF-2025-49653882-GCABA-DGAUN) forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Dirección General Accesibilidad Universal, dependiente de COPIDIS y a la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido,

archivar. Torroba


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7254

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 64-COPIDIS/25 aprueba el Manual de Buenas Prácticas en Accesibilidad Universal en el marco e la Ley 447.</p>