RESOLUCIÓN 201 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

MODIFICA - ARTÍCULO 1° RESOLUCIÓN 182-SECT-25 - APRUEBA CÁLCULOS DE COSTOS E INGRESOS MEDIOS - TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - APLICABLES  PERÍODOS MENSUALES -NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2025 - PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA - PAGO DE PATENTES -A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN HASTA EL PLAZO MÁXIMO PREVISTO PARA EL 31 DE ENERO DE 2026 - SECRETARIA DE TRANSPORTE

Publicación:

02/12/2025

Sanción:

27/11/2025

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: las Leyes Nacionales 26.740 y 27.541, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley

6.764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 305/LCABA/24,

93/SECT/25, 102/SECT/25, 136/SECT/25, 182/SECT/25 y el Acta Acuerdo CONJG-

2024-5-GCABA-AJG, y el Expediente EX-2025-46872175-GCABA-DGGEF, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nacional 26.740 se ratificó la transferencia de competencias sobre los

servicios de transporte a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo su

facultad para regular y fiscalizar aquellos cuya prestación se desarrolle íntegramente

en su territorio;

Que mediante el Acta Acuerdo suscripta el 3 de septiembre de 2024 (registrada bajo el

número CONJG-2024-5-GCABA-AJG), aprobada por Resolución 305/LCABA/24, se

materializó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la regulación,

control y fiscalización de las líneas de colectivos que poseen recorrido íntegramente

dentro de su territorio correspondientes al Grupo Tarifario Distrito Federal;

Que las líneas transferidas son las identificadas actualmente con los números: 4, 7,

12, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 99, 102, 106, 107, 108,

109, 115, 118, 132 y 151;

Que, como consecuencia de dicha transferencia, corresponde a la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires la plena potestad sobre la fijación de las tarifas, la planificación de los

servicios y la gestión de compensaciones y/o subsidios para las mencionadas líneas;

Que, en ejercicio de dichas competencias, esta Secretaría dictó la Resolución

93/SECT/25, mediante la cual se aprobó el "Régimen de Compensaciones Tarifarias"

con destino a las líneas de transporte público de jurisdicción de la Ciudad;

Que, asimismo, la citada Resolución instruyó en su artículo 2° a la Subsecretaría de

Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial a elaborar el marco regulatorio

específico de dicho Régimen, debiendo contemplar, entre otros puntos, la metodología

de cálculo de las estructuras de costos representativas del sistema y los criterios

objetivos de distribución de las compensaciones tarifarias;

Que mediante la Resolución 182/SECT/25, se aprobó la Metodología de Cálculo de

Costos de Explotación del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor

de Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los cálculos de costos e

ingresos medios del transporte público colectivo de pasajeros por automotor de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicables a los períodos mensuales de noviembre

y diciembre de 2025;

Que, en el marco de la metodología de cálculo aprobada por la mencionada

Resolución, resulta conveniente considerar los ajustes de recaudación de los meses

de agosto, septiembre y octubre del año 2025, además de ajustar la alícuota de la

compensación por el Saldo Técnico de IVA;

Que por otra parte en esta instancia resulta oportuno reconocer el pago de patentes

del Parque Móvil del año en curso, cuya antigüedad corresponde al período 2015-

2025, debiendo acreditar a tal efecto la documentación respaldatoria, a partir de

entrada en vigencia de la presente resolución, hasta el plazo máximo previsto del 31

de enero de 2026;

Que, por lo tanto, es necesario actualizar los cálculos de costos e ingresos medios del

transporte público colectivo de pasajeros por automotor de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires aplicables a los períodos mensuales de noviembre y diciembre de 2025,

aprobados por la Resolución 182/SECT/25 para adecuarlas a la realidad económica y

operativa actual del servicio;

Que, asimismo, los cálculos de la estructura de costos deben reflejar los componentes

legales de la remuneración, incluyendo la detracción prevista en el artículo 22 de la

Ley 27.541;

Que por medio de la Ley 6.684, se establecieron los Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de

Infraestructura;

Que posteriormente, el Decreto 387/23, y sus modificatorios, aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a la Secretaría de Transporte bajo la órbita del

Ministerio de Infraestructura;

Que en este sentido, la Secretaría de Transporte dependiente del mencionado

Ministerio de Infraestructura ha asumido las funciones en lo relativo a entender en

materia de compensaciones tarifarias y de costos de explotación del transporte

automotor de pasajeros de su jurisdicción, así como en todo lo atinente a proponer y

aprobar los regímenes y cuadros tarifarios para el transporte colectivo de pasajeros,

entre otras;

Que la Dirección General de Gestión Económico Financiero y la Subsecretaría de

Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial han tomado la intervención de su

competencia;

Que, atento lo expuesto es necesario aprobar los cálculos de costos e ingresos

medios del transporte público colectivo de pasajeros por automotor de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires aplicables a los períodos mensuales de noviembre y

diciembre de 2025;

Que la modificación dispuesta no altera los efectos jurídicos producidos por el acto

administrativo que le sirven de antecedente;

Que, en virtud de todo lo expuesto, corresponde modificar el artículo 1° de la

Resolución 182/SECT/25.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución 182/SECT/25, el que quedará

redactado de la siguiente manera: "ARTÍCULO 1°.- Aprobar los cálculos de costos e

ingresos medios del transporte público colectivo de pasajeros por automotor de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicables a los períodos mensuales de noviembre

y diciembre de 2025, los cuales, como Anexo I (IF-2025-51416433-GCABA-SECT) y

Anexo II (IF-2025-51416419-GCABA-SECT), forman parte integrante de la presente

resolución."

ARTÍCULO 2°.- La presentación de la documentación respaldatoria respecto del pago

de patentes deberá efectuarse a partir de la entrada en vigencia de la presente

resolución hasta el plazo máximo previsto para el 31 de enero de 2026.

ARTÍCULO 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar

a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la Dirección General Control

de Movilidad, a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a

la Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros y a la Secretaría de Tránsito.

Cumplido, archivar. Krantzer


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7258 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7358 ANEXO 2

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 2 de la Resolución N° 16/SECT/26 aprueba los cálculos de costos e ingresos medios del transporte público colectivo de pasajeros por automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicables a los períodos mensuales de enero, febrero y marzo de 2026 en el marco de la Resolución 201/SECT/25.</p>
MODIFICA
<p>Articulo 1° de la Resolucion 201-SECT-25 modifica el artículo 1° de la Resolución 182-SECT-25</p>