RESOLUCIÓN 16 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
VIGENCIA A PARTIR DE SU PUBLICACIÓN - MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 102-SECT/25 - METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE COSTOS DE EXPLOTACIÓN DEL TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE JURISDICCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - APRUEBA - CÁLCULOS DE COSTOS E INGRESOS MEDIOS DEL TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - COLECTIVOS
Publicación:
29/01/2026
Sanción:
26/01/2026
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: las Leyes Nacionales 26.740 y 27.541, la Ley 6.851, el Decreto 387/23, las
Resoluciones 305/LCABA/24, 93/SECT/25, 102/SECT/25, 201/SECT/25, el Acta
Acuerdo CONJG-2024-5-GCABA-AJG, y el Expediente EX-2025-26298698-GCABA-
SSPMSV, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nacional 26.740 se ratificó la transferencia de competencias sobre los
servicios de transporte a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo su
facultad para regular y fiscalizar aquellos cuya prestación se desarrolle íntegramente
en su territorio;
Que mediante el Acta Acuerdo suscripta el 3 de septiembre de 2024 (CONJG-2024-5-
GCABA-AJG), aprobada por Resolución 305/LCABA/24, se materializó la transferencia
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la regulación, control y fiscalización de las
líneas de colectivos que poseen recorrido íntegramente dentro de su territorio
correspondientes al Grupo Tarifario Distrito Federal;
Que las líneas transferidas son las identificadas actualmente con los números: 4, 7,
12, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 99, 102, 106, 107, 108,
109, 115, 118, 132 y 151;
Que, como consecuencia de dicha transferencia, corresponde a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires la plena potestad sobre la fijación de las tarifas, la planificación de los
servicios y la gestión de compensaciones y/o subsidios para las mencionadas líneas;
Que, en ejercicio de dichas competencias, esta Secretaría dictó la Resolución
93/SECT/25, mediante la cual se aprobó el "Régimen de Compensaciones Tarifarias"
con destino a las líneas de transporte público de jurisdicción de la Ciudad;
Que, asimismo, la citada Resolución instruyó en su artículo 2° a la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial a elaborar el marco regulatorio
específico de dicho Régimen, debiendo contemplar, entre otros puntos, la metodología
de cálculo de las estructuras de costos representativas del sistema y los criterios
objetivos de distribución de las compensaciones tarifarias;
Que mediante la Resolución 102/SECT/25 y su modificatoria, se aprobó la
Metodología de Cálculo de Costos de Explotación del Transporte Público Colectivo de
Pasajeros por Automotor de Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución 201/SECT/25, se aprobó la Metodología de Cálculo de
Costos de Explotación del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor
de Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los cálculos de costos e
ingresos medios del transporte público colectivo de pasajeros por automotor de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicables a los períodos mensuales de noviembre
y diciembre de 2025;
Que los cálculos de la estructura de costos deben incluir los componentes legales de
la remuneración y la detracción prevista en el artículo 22 de la Ley 27.541;
Que la Ley 6.851 estableció los Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Movilidad e Infraestructura;
Que el Decreto 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a la
Secretaría de Transporte bajo la órbita del Ministerio de Movilidad e Infraestructura;
Que en este sentido, la Secretaría de Transporte ha asumido las funciones en lo
relativo a entender en materia de compensaciones tarifarias y de costos de explotación
del transporte automotor de pasajeros de su jurisdicción, así como en todo lo atinente
a proponer y aprobar los regímenes y cuadros tarifarios para el transporte colectivo de
pasajeros, entre otras;
Que la Dirección General de Gestión Económico Financiero y la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial han tomado la intervención de su
competencia;
Que la metodología fomenta la sustentabilidad e incorpora los costos de los vehículos
que operan con gas natural comprimido (GNC) y energía eléctrica;
Que el cálculo ajusta el consumo y rendimiento según cada tipo de energía y su peso
en el parque móvil, en complemento con los costos del gasoil;
Que, cumplida la instancia de elaboración ordenada, resulta necesario dictar el acto
administrativo que apruebe la "Metodología de Cálculo de Costos de Explotación del
Transporte Urbano de Pasajeros por Automotor de Jurisdicción de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires", así como los cálculos de costos resultantes de su
aplicación.
Que la modificación dispuesta no altera los efectos jurídicos producidos por el acto
administrativo que le sirven de antecedente.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° de la Resolución 102/SECT/25 el cual quedará
redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Aprobar la "Metodología de Cálculo de
Costos de Explotación del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor
de Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", conforme lo establecido en
el Anexo I (IF-2026-05946598-GCABA-SECT) que forma parte integrante de la
presente resolución."
Artículo 2°.- Aprobar los cálculos de costos e ingresos medios del transporte público
colectivo de pasajeros por automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aplicables a los períodos mensuales de enero, febrero y marzo de 2026, los cuales,
como Anexo II (IF-2026-05946593-GCABA-SECT), Anexo III (IF-2026-05946583-
GCABA-SECT) y Anexo IV (IF-2026-05946573-GCABA-SECT), forman parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la Dirección General Control
de Movilidad, a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial y
a la Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros. Cumplido, archivar.
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