RESOLUCIÓN 102 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
APRUEBA - METODOLOGÍA - CÁLCULO DE COSTOS DE EXPLOTACIÓN - CÁLCULOS DE COSTOS E INGRESOS MEDIOS - TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - COLECTIVOS
Publicación:
27/06/2025
Sanción:
26/06/2025
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO:La Ley Nacional 26.740, la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764),el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 305/LCABA/24 de la Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 93/SECT/25, el Acta Acuerdo CONJG-
2024-5-GCABA-AJG, y el Expediente EX-2025-26298698-GCABA-SSPMSV, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nacional 26.740 se ratificó la transferencia de competencias sobre los
servicios de transporte público de pasajeros a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciendo su facultad para regular y fiscalizar aquellos cuya prestación se
desarrolle íntegramente en su territorio;
Que mediante el Acta Acuerdo (CONJG-2024-5-GCABA-AJG) suscripta el 3 de
septiembre de 2024, aprobada por Resolución 305/LCABA/24, se materializó la
transferencia definitiva de las líneas de colectivos que poseen recorrido íntegramente
dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondientes al
Grupo Tarifario Distrito Federal;
Que las líneas transferidas son las identificadas actualmente con los números: 4, 7,
12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107,
108, 109, 115, 118, 132, 151;
Que, como consecuencia de dicha transferencia, corresponde a la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires la plena potestad sobre la fijación de las tarifas, la planificación de los
servicios, y la determinación y gestión de compensaciones y/o subsidios para las
mencionadas líneas;
Que por medio de la Ley 6.684, se establecieron los Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de
Infraestructura;
Que, posteriormente, mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico-funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de Transporte como dependiente de
dicho Ministerio, y estableciendo entre sus responsabilidades primarias las de
"entender en la formulación de políticas, planificación, regulaciones y planes de los
sistemas de transporte concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y su articulación con el Área Metropolitana, así como en la coordinación
interjurisdiccional" y la "entender en materia de compensaciones tarifarias y de costos
de explotación del transporte automotor de pasajeros de su jurisdicción", entre otras;
Que, en ejercicio de dichas competencias, mediante la Resolución 93/SECT/25 esta
Secretaría aprobó el "Régimen de Compensaciones Tarifarias" con destino a las líneas
de transporte público de jurisdicción de la Ciudad;
Que, asimismo, la citada Resolución instruyó en su Artículo 2° a la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial a elaborar el marco regulatorio
específico de dicho Régimen, debiendo contemplar, entre otros aspectos, la
metodología de cálculo de costos, los criterios de distribución de las compensaciones
y los manuales de procedimiento aplicables;
Que, en cumplimiento de lo encomendado, la Subsecretaría de Planificación de la
Movilidad y la Seguridad Vial, a través de la Subgerencia Operativa Estadísticas
Económicas Financieras ha elaborado el respectivo informe técnico y ha elevado la
metodología específica destinada a identificar y cuantificar los costos asociados a la
explotación del servicio de transporte urbano de pasajeros por automotor, sobre la
base de variables técnicas, económicas y operativas verificables, permitiendo construir
estructuras de costos representativas y adecuadas a las condiciones reales de
prestación de los servicios del transporte público automotor de pasajeros de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Gerencia Operativa Económico Financiera y la Subsecretaría de Planificación
de la Movilidad y la Seguridad Vial han tomado la intervención de su competencia.
Que, con el fin de generar incentivos concretos que propendan a la sustentabilidad,
mediante la incorporación de tecnologías más eficientes y sostenibles, la metodología
contempla, adicionalmente a los costos y rendimientos asociados a unidades
propulsadas por gasoil, aquellos en que incurren los vehículos que operan con gas
natural comprimido (GNC) y energía eléctrica, ponderando su incidencia en el parque
móvil y adecuando los valores de consumo y rendimiento a cada tipo de energía;
Que, en este contexto, y habiéndose cumplido la instancia de elaboración ordenada,
resulta necesario dictar el acto administrativo que apruebe la "Metodología de Cálculo
de Costos de Explotación del Transporte Urbano de Pasajeros por Automotor de
Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", así como los cálculos de costos
resultantes de su aplicación.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la "Metodología de Cálculo de Costos de Explotación del
Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor de Jurisdicción de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires", conforme lo establecido en el ANEXO I (IF-2025-
26705017-GCABA-SECT) que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar los cálculos de costos e ingresos medios del transporte
público colectivo de pasajeros por automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aplicables a los períodos mensuales de julio, agosto, septiembre y octubre de 2025,
los cuales como ANEXO II (IF-2025-26704997-GCABA-SECT), ANEXO III (IF-2025-
26704979-GCABA-SECT), ANEXO IV (IF-2025-26704965-GCABA-SECT) y ANEXO V
(IF-2025-26704950-GCABA-SECT), forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la Nación, a la
Comisión Nacional de Regulación de Transporte, a la Subsecretaría de Gestión y
Control de la Movilidad, a la Dirección General Control de Movilidad, a la Subgerencia
Operativa Control Económico del Uso de las Compensaciones Tarifarias, a la
Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la Dirección
General Transporte Colectivo de Pasajeros, y a la Secretaría de Tránsito, dependiente
del Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archivar. Krantzer
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7150
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7150
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7150
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7150
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