RESOLUCIÓN 5 2025 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

ESTABLECE QUE EL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE DEBERÁ REGISTRAR LA ASISTENCIA DE MANERA DIGITAL - INGRESO Y EGRESO - JORNADA LABORAL - PAUTAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE HABERES - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CONTINGENCIA Y/O IMPOSIBILIDAD DE REGISTRAR LA ASISTENCIA MEDIANTE LOS DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS INSTALADOS Y HOMOLOGADOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - ESTABLECE QUE LA DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - REALIZARÁ LA CERTIFICACIÓN Y HOMOLOGACIÓN - SISTEMAS INFORMÁTICOS DEL REGISTRO DIGITAL DE ASISTENCIA (RDA) - ESCUELAS - PRESENTISMO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

10/12/2025

Sanción:

04/12/2025

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS


VISTO: El Acta Salarial 04/2025 docentes, el Acta Paritaria Central 40/08 y sus

modificatorias, la Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25, las

Resoluciones 25-SECRH/11 y modificatorias, y 3012-GCABA-SSGRH/25, el

Expediente 52588783 -GCABA-SSGRH/25, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25, se crea el

Registro Digital de Asistencia (RDA) como único mecanismo válido para el registro

diario del ingreso y egreso a la jornada laboral del personal docente y no docente que

presta servicios en los establecimientos educativos dependientes del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2 de la citada resolución establece que el mencionado registro se

implementará a partir del inicio del ciclo lectivo 2026, para todo el personal docente y

no docente que cumpla funciones en los establecimientos educativos de gestión

estatal de esta Ciudad, y será obligatorio para aquellos establecimientos que cuenten

con dispositivos electrónicos instalados y homologados por el área competente del

Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que el artículo 3 de la Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25

encomendó a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa del Ministerio de

Educación y la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, para que de manera conjunta y/o individual, según corresponda,

adopten las medidas complementarias que resulten necesarias para la implementación

de lo establecido en sus artículos 1° y 2°;

Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependiente de la

Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas,

tiene la responsabilidad de controlar el proceso de administración y liquidación de

haberes del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, asimismo, la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependiente de

la mencionada Subsecretaría, tiene como responsabilidades primarias desarrollar

programas y normas para el control de asistencia del personal, administrar los

sistemas de presentismo, coordinar la aplicación de la normativa vigente en la materia,

requerir a las distintas dependencias la adopción de medidas correctivas ante su

incumplimiento, y certificar y homologar los sistemas informáticos destinados al

registro y control de asistencia de los trabajadores de este Gobierno en el marco del

proceso aprobado por las Resoluciones 25-SECRH/11 y sus modificatorias y 3012-

GCABA-SSGRH/25;

Que mediante la Resolución 3012-GCBA-SSGRH/25, se aprobó el Proceso de

Certificación y Homologación de Sistemas Informáticos de Registro y Control de

asistencia para el personal que preste servicios en los establecimientos educativos

dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por Disposición CPDP N° 01/2025 la Defensoría del Pueblo aprobó el pedido de

inscripción del Registro "SISTEMA BIOMÉTRICO DE CONTROL DE ASISTENCIA";

Que por su parte, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre

sus responsabilidades primarias planificar, programar y diseñar políticas relacionadas

al personal docente y no docente, así como entender en la administración del personal

docente y no docente del ámbito del Ministerio de Educación, en función de las

necesidades del sistema educativo de esta Ciudad;

Que para la implementación del Registro Digital de Asistencia (RDA), es necesario

establecer que la certificación y homologación de los sistemas informáticos para el

registro y control electrónico de asistencia se efectúe en el marco del procedimiento

aprobado por la citada Resolución 3012-GCABA-SSGRH/25 y normas

complementarias, o la que a futuro la reemplace o modifique;

Que, por otra parte, el Acta de Negociación Colectiva de la Comisión Paritaria Central

40/08 y su modificatoria, dispuso que, en los edificios donde el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires implemente sistemas automáticos de control de ingreso,

se aplique el "Adicional de Asistencia", mientras que el artículo 12 de la Resolución

1230-MHGC/09 determinó que la percepción de dicho adicional queda supeditada al

cumplimiento de las condiciones allí establecidas;

Que a su vez, mediante el Acta Salarial 04/2025 "Incrementos Docentes del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", se acordó el esquema de proporcionalidad

para la liquidación del adicional salarial docente respectivo;

Que teniendo en consideración las normas dictadas en el ámbito de la negociación

colectiva, corresponde establecer las "Pautas para la liquidación de haberes en

relación al registro digital de asistencia";

Que asimismo es necesario aprobar un "Protocolo de actuación ante contingencia y/o

imposibilidad de registrar la asistencia mediante los dispositivos electrónicos

instalados y homologados en los establecimientos educativos", con el fin de asegurar

la correcta registración de la asistencia del personal docente y no docente,

estableciendo los supuestos alcanzados y las soluciones operativas que

correspondan;

Que en consecuencia, es necesario el dictado del acto administrativo correspondiente,

que recepte lo expuesto.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución de Firma Conjunta

1292-GCABA-MHFGC/25,

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

Y EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Establecer que el personal docente y no docente alcanzado por la

Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25, deberá registrar asistencia

de manera digital al ingreso y egreso de su jornada laboral, constituyendo dicho acto el

único mecanismo válido para la acreditación del cumplimiento del horario laboral y del

registro efectivo de asistencia.

Artículo 2°.- Establecer que la Dirección General Planificación y Control Operativo de

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, realizará la certificación y homologación de los sistemas informáticos del

Registro Digital de Asistencia (RDA), de acuerdo al procedimiento aprobado por la

Resolución 3012-SSGRH/2025 y normas complementarias , o la que a futuro la

reemplace o modifique.

Artículo 3°.- Establecer las "Pautas para la liquidación de haberes en relación al

registro digital de asistencia" conforme el Anexo I (IF-2025-52595026-GCABA-

SSGRH), el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Establecer el "Protocolo de actuación ante contingencia y/o imposibilidad

de registrar la asistencia mediante los dispositivos electrónicos instalados y

homologados en los establecimientos educativos" que como Anexo II ( IF-2025-

52597497-GCABA-SSGRH) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión del Aprendizaje,

Tecnología Educativa y Gestión Administrativa y Administración de Recursos, y las

Direcciones Generales Educación de Gestión Privada, Educación de Gestión Estatal,

Personal Docente y No Docente y Sistema de Formación Docente, y la Unidad de

Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa del Ministerio de Educación, a

la Dirección General Planificación y Control Operativo, la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes y la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos y del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Ghillione -

Fernández


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7262- ANEXO I - Pautas para la Liquidación de Haberes en relación al Registro Digital De Asistencia

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7262- ANEXO II - Protocolo de actuación ante contingencia y/o imposibilidad de registrar la asistencia mediante los dispositivos electrónicos instalados y homologados en los establecimientos educativos


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2 de la Resolución Conjunta 5-SSGRH-SSPIE/25 establece que la Dirección General Planificación y Control Operativo de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realizará la certificación y homologación de los sistemas informáticos del Registro Digital de Asistencia (RDA) para registrar a asistencia en el marco de la Ley 471.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2 de la Resolución Conjunta 5-SSGRH-SSPIE/25 establece que la Dirección General Planificación y Control Operativo de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realizará la certificación y homologación de los sistemas informáticos del Registro Digital de Asistencia (RDA) para registrar la asistencia de acuerdo al procedimiento aprobado por Resolución<strong> </strong>3012-SSGRH/2025.</p>
INTEGRA
<p>Anexo I de la Resolución Conjunta 5-SSGRH-SSPEI/25 aprueba Pautas para la Liquidación de Haberes en relación al Registro Digital De Asistencia, a los fines del proceso de liquidación del concepto adicional salarial docente conforme lo establecido en el Acta salarial 4/2025 y del adicional asistencia del Acta Paritaria Central 40/08 y sus modificatorias o las que a futuro las modifiquen o reemplacen. </p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta 5-SSGRH-SSPEI/25 establece que el personal docente y no docente alcanzado por la Resolución Conjunta 1292-MHFGC/25 deberá registrar asistencia de manera digital al ingreso y egreso de su jornada laboral, en el marco de Acta Salarial 4/2025 Incrementos Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que acordó el esquema de proporcionalidad para la liquidación del adicional salarial docente establecido por Decreto 4748/90.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta 5-SSGRH-SSPEI/25 establece que el personal docente y no docente alcanzado por la Resolución Conjunta 1292-MHFGC/25 deberá registrar asistencia de manera digital al ingreso y egreso de su jornada laboral, en el marco de Acta Salarial 4/2025 Incrementos Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que acordó el esquema de proporcionalidad para la liquidación del adicional salarial docente establecido por Decreto 4748/90.</p><p>Anexo I de la Resolución Conjunta 5-SSGRH-SSPEI/25 aprueba Pautas para la Liquidación de Haberes en relación al Registro Digital De Asistencia, a los fines del proceso de liquidación del concepto adicional salarial docente conforme lo establecido en el Acta salarial 4/2025 o la que a futuro las modifiquen o reemplacen. </p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta 5-SSGRH-SSPEI/25 establece que el personal docente y no docente alcanzado por la Resolución Conjunta 1292-MHFGC/25 deberá registrar asistencia de manera digital al ingreso y egreso de su jornada laboral.</p>