RESOLUCIÓN 5 2025 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
ESTABLECE QUE EL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE DEBERÁ REGISTRAR LA ASISTENCIA DE MANERA DIGITAL - INGRESO Y EGRESO - JORNADA LABORAL - PAUTAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE HABERES - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CONTINGENCIA Y/O IMPOSIBILIDAD DE REGISTRAR LA ASISTENCIA MEDIANTE LOS DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS INSTALADOS Y HOMOLOGADOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - ESTABLECE QUE LA DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y CONTROL OPERATIVO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - REALIZARÁ LA CERTIFICACIÓN Y HOMOLOGACIÓN - SISTEMAS INFORMÁTICOS DEL REGISTRO DIGITAL DE ASISTENCIA (RDA) - ESCUELAS - PRESENTISMO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
10/12/2025
Sanción:
04/12/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: El Acta Salarial 04/2025 docentes, el Acta Paritaria Central 40/08 y sus
modificatorias, la Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25, las
Resoluciones 25-SECRH/11 y modificatorias, y 3012-GCABA-SSGRH/25, el
Expediente 52588783 -GCABA-SSGRH/25, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25, se crea el
Registro Digital de Asistencia (RDA) como único mecanismo válido para el registro
diario del ingreso y egreso a la jornada laboral del personal docente y no docente que
presta servicios en los establecimientos educativos dependientes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2 de la citada resolución establece que el mencionado registro se
implementará a partir del inicio del ciclo lectivo 2026, para todo el personal docente y
no docente que cumpla funciones en los establecimientos educativos de gestión
estatal de esta Ciudad, y será obligatorio para aquellos establecimientos que cuenten
con dispositivos electrónicos instalados y homologados por el área competente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que el artículo 3 de la Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25
encomendó a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa del Ministerio de
Educación y la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, para que de manera conjunta y/o individual, según corresponda,
adopten las medidas complementarias que resulten necesarias para la implementación
de lo establecido en sus artículos 1° y 2°;
Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependiente de la
Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas,
tiene la responsabilidad de controlar el proceso de administración y liquidación de
haberes del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependiente de
la mencionada Subsecretaría, tiene como responsabilidades primarias desarrollar
programas y normas para el control de asistencia del personal, administrar los
sistemas de presentismo, coordinar la aplicación de la normativa vigente en la materia,
requerir a las distintas dependencias la adopción de medidas correctivas ante su
incumplimiento, y certificar y homologar los sistemas informáticos destinados al
registro y control de asistencia de los trabajadores de este Gobierno en el marco del
proceso aprobado por las Resoluciones 25-SECRH/11 y sus modificatorias y 3012-
GCABA-SSGRH/25;
Que mediante la Resolución 3012-GCBA-SSGRH/25, se aprobó el Proceso de
Certificación y Homologación de Sistemas Informáticos de Registro y Control de
asistencia para el personal que preste servicios en los establecimientos educativos
dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Disposición CPDP N° 01/2025 la Defensoría del Pueblo aprobó el pedido de
inscripción del Registro "SISTEMA BIOMÉTRICO DE CONTROL DE ASISTENCIA";
Que por su parte, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa tiene entre
sus responsabilidades primarias planificar, programar y diseñar políticas relacionadas
al personal docente y no docente, así como entender en la administración del personal
docente y no docente del ámbito del Ministerio de Educación, en función de las
necesidades del sistema educativo de esta Ciudad;
Que para la implementación del Registro Digital de Asistencia (RDA), es necesario
establecer que la certificación y homologación de los sistemas informáticos para el
registro y control electrónico de asistencia se efectúe en el marco del procedimiento
aprobado por la citada Resolución 3012-GCABA-SSGRH/25 y normas
complementarias, o la que a futuro la reemplace o modifique;
Que, por otra parte, el Acta de Negociación Colectiva de la Comisión Paritaria Central
40/08 y su modificatoria, dispuso que, en los edificios donde el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires implemente sistemas automáticos de control de ingreso,
se aplique el "Adicional de Asistencia", mientras que el artículo 12 de la Resolución
1230-MHGC/09 determinó que la percepción de dicho adicional queda supeditada al
cumplimiento de las condiciones allí establecidas;
Que a su vez, mediante el Acta Salarial 04/2025 "Incrementos Docentes del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", se acordó el esquema de proporcionalidad
para la liquidación del adicional salarial docente respectivo;
Que teniendo en consideración las normas dictadas en el ámbito de la negociación
colectiva, corresponde establecer las "Pautas para la liquidación de haberes en
relación al registro digital de asistencia";
Que asimismo es necesario aprobar un "Protocolo de actuación ante contingencia y/o
imposibilidad de registrar la asistencia mediante los dispositivos electrónicos
instalados y homologados en los establecimientos educativos", con el fin de asegurar
la correcta registración de la asistencia del personal docente y no docente,
estableciendo los supuestos alcanzados y las soluciones operativas que
correspondan;
Que en consecuencia, es necesario el dictado del acto administrativo correspondiente,
que recepte lo expuesto.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución de Firma Conjunta
1292-GCABA-MHFGC/25,
Artículo 1°.- Establecer que el personal docente y no docente alcanzado por la
Resolución de Firma Conjunta 1292-GCABA-MHFGC/25, deberá registrar asistencia
de manera digital al ingreso y egreso de su jornada laboral, constituyendo dicho acto el
único mecanismo válido para la acreditación del cumplimiento del horario laboral y del
registro efectivo de asistencia.
Artículo 2°.- Establecer que la Dirección General Planificación y Control Operativo de
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, realizará la certificación y homologación de los sistemas informáticos del
Registro Digital de Asistencia (RDA), de acuerdo al procedimiento aprobado por la
Resolución 3012-SSGRH/2025 y normas complementarias , o la que a futuro la
reemplace o modifique.
Artículo 3°.- Establecer las "Pautas para la liquidación de haberes en relación al
registro digital de asistencia" conforme el Anexo I (IF-2025-52595026-GCABA-
SSGRH), el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Establecer el "Protocolo de actuación ante contingencia y/o imposibilidad
de registrar la asistencia mediante los dispositivos electrónicos instalados y
homologados en los establecimientos educativos" que como Anexo II ( IF-2025-
52597497-GCABA-SSGRH) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión del Aprendizaje,
Tecnología Educativa y Gestión Administrativa y Administración de Recursos, y las
Direcciones Generales Educación de Gestión Privada, Educación de Gestión Estatal,
Personal Docente y No Docente y Sistema de Formación Docente, y la Unidad de
Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa del Ministerio de Educación, a
la Dirección General Planificación y Control Operativo, la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes y la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos y del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Ghillione -
Fernández