RESOLUCIÓN 7124 2025 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

NOTA:  LA PRESENTE NORMA TIENE INCORPORADA LA ACLARACION PUBLICADA EN BOCBA 7266 DE FECHA 16/12/2025. MODIFICA ARTÍCULO 2° DE LA RESOLUCIÓN 3631-MCGC/19 - CATÁLOGO DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES - DELEGACIÓN DE FACULTADES - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO - MINISTERIO DE CULTURA - SUSCRIPCIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - INSCRIPCIÓN Y BAJA - FACULTADES NORMATIVAS

Publicación:

12/12/2025

Sanción:

28/11/2025

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.

1.218 y 6.063 (textos consolidados por Ley N° 6.764), el Decreto N° 387/23 y sus

modificatorios, la Resolución N° 3631-MCGC/19, el Expediente N° EX-2025-

48739228-GCABA-DGDCC, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone,

entre otras cuestiones, que la Ciudad garantiza la democracia cultural; asegura la libre

expresión artística y prohíbe toda censura; facilita el acceso a los bienes culturales;

fomenta el desarrollo de las industrias culturales del país; propicia el intercambio;

procura la calidad y jerarquía de las producciones artísticas e incentiva la actividad de

los artistas nacionales; protege y difunde las manifestaciones de la cultura popular;

protege y difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones;

Que el Ministerio de Cultura, conforme el artículo 24 de la Ley N° 6.684 (texto

consolidado por Ley N° 6.764) es competente para el diseño e implementación de

políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural;

Que mediante el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la Ley N° 6.063 (texto consolidado por Ley N° 6.764) estableció un régimen para

la protección de la actividad cultural desarrollada en los Espacios Culturales

Independientes, posibilitando su funcionamiento y desarrollo;

Que el artículo 2° de la citada ley denomina Espacio Cultural Independiente al

establecimiento con una capacidad máxima para trescientos (300) asistentes y una

superficie máxima de quinientos (500) metros cuadrados de superficie cubierta, en el

que se realicen exposiciones de arte, proyecciones audiovisuales y de multimedia,

radio digital, manifestaciones artísticas con participación real y directa de creativos y

artistas, y todas las actividades autorizadas para los Teatros Independientes, Peñas,

Milongas, Clubes de Música en Vivo y Centros Culturales;

Que por el artículo 37 de la referida Ley se encomendó al Poder Ejecutivo a través de

la autoridad de aplicación de las políticas culturales, a efectuar un relevamiento de los

Espacios Culturales Independientes y de los establecimientos que funcionen bajo los

encuadramientos legales comprendidos por las Leyes N° 2.147, N° 2.323, N° 2.324,

N° 2.542 y N° 5.240 (teatros independientes, peñas y milongas, clubes de música en

vivo y centros culturales), a fin de informar a la autoridad de aplicación en materia de

fiscalización y control, una nómina de espacios culturales que, por su actividad

cultural, deban ser promovidos mediante las políticas de protección establecidas en la

Ley N° 6.063 (texto consolidado por Ley N° 6.764);

Que, en este contexto, mediante Resolución N° 3631-MCGC/19 se creó el Catálogo de

Espacios Culturales Independientes (CECI), a conformarse por la nómina de los

Espacios Culturales Independientes (ECI) en los términos de lo establecido por la Ley

N° 6.063 (texto consolidado por Ley N° 6.764), y se aprobó el Reglamento General

que regula la inscripción a dicho catálogo y los formularios requeridos a los solicitantes

a tal fin;

Que en función de la experiencia recabada durante el período de implementación del

CECI y de la dinámica del sector cultural, y con el fin de dar cumplimiento a lo

dispuesto por la Ley N° 6.063 (texto consolidado por Ley N° 6.764), considerando

asimismo que la presencia de ECI en zonas residenciales ha generado conflictos

vecinales vinculados a ruidos molestos, se advierte la necesidad de optimizar el marco

normativo vigente, fortaleciendo las capacidades de control y fiscalización del Estado,

al tiempo que se garantice el pleno desarrollo de los espacios culturales;

Que, en virtud de ello, mediante N° IF-2025-49175655-GCABA-DGDCC, la Dirección

General Desarrollo Cultural y Creativo propicia modificar el artículo 2° de la Resolución

N° 3631-MCGC/19, sustituyendo el "Reglamento General del Catálogo de Espacios

Culturales Independientes" (identificado bajo N° IF-2019-15908675-GCABA-MCGC) y

formularios complementarios aprobados, por los Anexos I "Reglamento General del

Catálogo de Espacios Culturales Independientes" (identificado bajo N° IF-2025-

49036942-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para la inscripción en el Catálogo

de Espacios Culturales Independientes" (identificado bajo N° IF-2025-48547632-

GCABA-DGDCC), III "Formulario de solicitud de inscripción en el Catálogo de

Espacios Culturales Independientes y Declaración Jurada" (identificado bajo N° IF-

2025-48760953-GCABA-DGDCC) y IV "Declaración Jurada de Actualización

Modificación o permanencia de la información declarada" (identificado bajo N° IF-2025-

48795611-GCABA-DGDCC);

Que dicha adecuación normativa permitirá reforzar los mecanismos de acreditación de

la actividad cultural, establecer parámetros claros y consistentes para verificar la

continuidad y legitimidad de la actividad declarada, actualizar los instrumentos de

inscripción y registro del Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI), y

fomentar una articulación más eficiente con la autoridad de aplicación en materia de

fiscalización y control, promoviendo una tutela más eficaz, proporcional y

contextualizada de los espacios culturales alcanzados;

Que la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha

tomado la intervención de su competencia;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete en los términos de la Ley N° 1.218 (texto consolidado por

Ley N° 6.764).

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 2° de la Resolución N° 3631-MCGC/19, el que

quedará redactado de la siguiente manera. "Artículo 2°.- Apruébase los Anexos I

"Reglamento General del Catálogo de Espacios Culturales Independientes"

(identificado bajo N° IF-2025-49036942-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para

la inscripción en el Catálogo de Espacios Culturales Independientes" (identificado bajo

N° IF-2025-48547632-GCABA-DGDCC), III "Formulario de solicitud de inscripción en

el Catálogo de Espacios Culturales Independientes y Declaración Jurada" (identificado

bajo N° IF-2025-48760953-GCABA-DGDCC) y IV "Declaración Jurada de

Actualización Modificación o permanencia de la información declarada" (identificado

bajo N° IF-2025-48795611-GCABA-DGDCC), que forman parte integrante de la

presente Resolución."

Artículo 2°.- Facultar a la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo de este

Ministerio, a suscribir los actos administrativos que determinen la inscripción y baja de

los Espacios Culturales Independientes (ECI) en el Catálogo de Espacios Culturales

Independientes (CECI), así como a adoptar las decisiones reglamentarias y operativas

necesarias para su implementación, gestión y procesos de actualización del mismo.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,

para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Desarrollo

Cultural y Creativo del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y comunicar a la Agencia Gubernamental de Control del Ministerio de

Justicia, a la Dirección General Defensa Civil dependiente de la Subsecretaría de

Emergencias de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad y a la Agencia

de Protección Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente dependiente de Vicejefatura

de Gobierno. Cumplido, archivar. Ricardes

Aclaración:

En el Boletín Oficial N° 7264 del día 12/12/2025 se publicóla Resolución N° 7124/MCGC/25 con un error de los links en sus anexos dentro dela edición del Boletín Oficial.

A continuación sedispone de la correspondiente publicación:

Ira la Resolución N° 7124/MCGC/25

ANEXOI N° IF-2025-49036942-GCABA-DGDCC

ANEXOII N° IF-2025-48547632-GCABA-DGDCC

ANEXOIII N° IF-2025-48760953-GCABA-DGDCC

ANEXOIV N° IF-2025-48795611-GCABA-DGDCC



ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7264- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7264- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7264- ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7264- ANEXO IV

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1  de la Resolución 7124-MCGC/25 modifica el artículo 2 de la Resolución 3631-MCGC/19.</p>
INTEGRA
<p>Resolución 7124-MCGC-25 faculta a la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo a suscribir los actos administrativos que determinen la inscripción y baja de los Espacios Culturales Independientes (ECI) en el Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI), así como  a adoptar las decisiones reglamentarias y operativas necesarias para su implementación, gestión y procesos de actualización del mismo, en el marco de la Ley 6063.</p>