RESOLUCIÓN 7124 2025 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
NOTA: LA PRESENTE NORMA TIENE INCORPORADA LA ACLARACION PUBLICADA EN BOCBA 7266 DE FECHA 16/12/2025. MODIFICA ARTÍCULO 2° DE LA RESOLUCIÓN 3631-MCGC/19 - CATÁLOGO DE ESPACIOS CULTURALES INDEPENDIENTES - DELEGACIÓN DE FACULTADES - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO - MINISTERIO DE CULTURA - SUSCRIPCIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - INSCRIPCIÓN Y BAJA - FACULTADES NORMATIVAS
Publicación:
12/12/2025
Sanción:
28/11/2025
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.
1.218 y 6.063 (textos consolidados por Ley N° 6.764), el Decreto N° 387/23 y sus
modificatorios, la Resolución N° 3631-MCGC/19, el Expediente N° EX-2025-
48739228-GCABA-DGDCC, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 32 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone,
entre otras cuestiones, que la Ciudad garantiza la democracia cultural; asegura la libre
expresión artística y prohíbe toda censura; facilita el acceso a los bienes culturales;
fomenta el desarrollo de las industrias culturales del país; propicia el intercambio;
procura la calidad y jerarquía de las producciones artísticas e incentiva la actividad de
los artistas nacionales; protege y difunde las manifestaciones de la cultura popular;
protege y difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones;
Que el Ministerio de Cultura, conforme el artículo 24 de la Ley N° 6.684 (texto
consolidado por Ley N° 6.764) es competente para el diseño e implementación de
políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural;
Que mediante el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Ley N° 6.063 (texto consolidado por Ley N° 6.764) estableció un régimen para
la protección de la actividad cultural desarrollada en los Espacios Culturales
Independientes, posibilitando su funcionamiento y desarrollo;
Que el artículo 2° de la citada ley denomina Espacio Cultural Independiente al
establecimiento con una capacidad máxima para trescientos (300) asistentes y una
superficie máxima de quinientos (500) metros cuadrados de superficie cubierta, en el
que se realicen exposiciones de arte, proyecciones audiovisuales y de multimedia,
radio digital, manifestaciones artísticas con participación real y directa de creativos y
artistas, y todas las actividades autorizadas para los Teatros Independientes, Peñas,
Milongas, Clubes de Música en Vivo y Centros Culturales;
Que por el artículo 37 de la referida Ley se encomendó al Poder Ejecutivo a través de
la autoridad de aplicación de las políticas culturales, a efectuar un relevamiento de los
Espacios Culturales Independientes y de los establecimientos que funcionen bajo los
encuadramientos legales comprendidos por las Leyes N° 2.147, N° 2.323, N° 2.324,
N° 2.542 y N° 5.240 (teatros independientes, peñas y milongas, clubes de música en
vivo y centros culturales), a fin de informar a la autoridad de aplicación en materia de
fiscalización y control, una nómina de espacios culturales que, por su actividad
cultural, deban ser promovidos mediante las políticas de protección establecidas en la
Ley N° 6.063 (texto consolidado por Ley N° 6.764);
Que, en este contexto, mediante Resolución N° 3631-MCGC/19 se creó el Catálogo de
Espacios Culturales Independientes (CECI), a conformarse por la nómina de los
Espacios Culturales Independientes (ECI) en los términos de lo establecido por la Ley
N° 6.063 (texto consolidado por Ley N° 6.764), y se aprobó el Reglamento General
que regula la inscripción a dicho catálogo y los formularios requeridos a los solicitantes
a tal fin;
Que en función de la experiencia recabada durante el período de implementación del
CECI y de la dinámica del sector cultural, y con el fin de dar cumplimiento a lo
dispuesto por la Ley N° 6.063 (texto consolidado por Ley N° 6.764), considerando
asimismo que la presencia de ECI en zonas residenciales ha generado conflictos
vecinales vinculados a ruidos molestos, se advierte la necesidad de optimizar el marco
normativo vigente, fortaleciendo las capacidades de control y fiscalización del Estado,
al tiempo que se garantice el pleno desarrollo de los espacios culturales;
Que, en virtud de ello, mediante N° IF-2025-49175655-GCABA-DGDCC, la Dirección
General Desarrollo Cultural y Creativo propicia modificar el artículo 2° de la Resolución
N° 3631-MCGC/19, sustituyendo el "Reglamento General del Catálogo de Espacios
Culturales Independientes" (identificado bajo N° IF-2019-15908675-GCABA-MCGC) y
formularios complementarios aprobados, por los Anexos I "Reglamento General del
Catálogo de Espacios Culturales Independientes" (identificado bajo N° IF-2025-
49036942-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para la inscripción en el Catálogo
de Espacios Culturales Independientes" (identificado bajo N° IF-2025-48547632-
GCABA-DGDCC), III "Formulario de solicitud de inscripción en el Catálogo de
Espacios Culturales Independientes y Declaración Jurada" (identificado bajo N° IF-
2025-48760953-GCABA-DGDCC) y IV "Declaración Jurada de Actualización
Modificación o permanencia de la información declarada" (identificado bajo N° IF-2025-
48795611-GCABA-DGDCC);
Que dicha adecuación normativa permitirá reforzar los mecanismos de acreditación de
la actividad cultural, establecer parámetros claros y consistentes para verificar la
continuidad y legitimidad de la actividad declarada, actualizar los instrumentos de
inscripción y registro del Catálogo de Espacios Culturales Independientes (CECI), y
fomentar una articulación más eficiente con la autoridad de aplicación en materia de
fiscalización y control, promoviendo una tutela más eficaz, proporcional y
contextualizada de los espacios culturales alcanzados;
Que la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha
tomado la intervención de su competencia;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete en los términos de la Ley N° 1.218 (texto consolidado por
Ley N° 6.764).
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modificar el artículo 2° de la Resolución N° 3631-MCGC/19, el que
quedará redactado de la siguiente manera. "Artículo 2°.- Apruébase los Anexos I
"Reglamento General del Catálogo de Espacios Culturales Independientes"
(identificado bajo N° IF-2025-49036942-GCABA-DGDCC), II "Formulario de datos para
la inscripción en el Catálogo de Espacios Culturales Independientes" (identificado bajo
N° IF-2025-48547632-GCABA-DGDCC), III "Formulario de solicitud de inscripción en
el Catálogo de Espacios Culturales Independientes y Declaración Jurada" (identificado
bajo N° IF-2025-48760953-GCABA-DGDCC) y IV "Declaración Jurada de
Actualización Modificación o permanencia de la información declarada" (identificado
bajo N° IF-2025-48795611-GCABA-DGDCC), que forman parte integrante de la
presente Resolución."
Artículo 2°.- Facultar a la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo de este
Ministerio, a suscribir los actos administrativos que determinen la inscripción y baja de
los Espacios Culturales Independientes (ECI) en el Catálogo de Espacios Culturales
Independientes (CECI), así como a adoptar las decisiones reglamentarias y operativas
necesarias para su implementación, gestión y procesos de actualización del mismo.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,
para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Desarrollo
Cultural y Creativo del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y comunicar a la Agencia Gubernamental de Control del Ministerio de
Justicia, a la Dirección General Defensa Civil dependiente de la Subsecretaría de
Emergencias de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad y a la Agencia
de Protección Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente dependiente de Vicejefatura
de Gobierno. Cumplido, archivar. Ricardes
Aclaración:
En el Boletín Oficial N° 7264 del día 12/12/2025 se publicóla Resolución N° 7124/MCGC/25 con un error de los links en sus anexos dentro dela edición del Boletín Oficial.
A continuación sedispone de la correspondiente publicación:
Ira la Resolución N° 7124/MCGC/25
ANEXOI N° IF-2025-49036942-GCABA-DGDCC
ANEXOII N° IF-2025-48547632-GCABA-DGDCC
ANEXOIII N° IF-2025-48760953-GCABA-DGDCC
ANEXOIV N° IF-2025-48795611-GCABA-DGDCC