DISPOSICIÓN 174 2025 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Síntesis:

APRUEBA  - REGLAMENTO DE PERMISO DE ENSAYO DE AGRUPACIONES ARTÍSTICAS - CARNAVAL PORTEÑO - COMISIÓN DE CARNAVAL - DIRECCION GENERAL  DE PROMOCIÓN DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - MURGAS - CARNAVALES

Publicación:

19/12/2025

Sanción:

19/11/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.

6.684 y 1.527 (texto consolidado por Ley N° 6.588), la Ordenanza N° 52.039 (texto

consolidado por Ley N° 6.588) y su Decreto Reglamentario N° 2047/04, el Decreto N°

387/23 y sus modificatorios y el EX-2025-48152019-GCABA-DGPLBC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder

Ejecutivo, al Ministerio de Cultura;

Que mediante el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del mencionado Ministerio, incluyendo a la Dirección General

Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura, siendo una de sus responsabilidades

primarias la de "Supervisar y estimular las tareas que le competen a la Comisión de

Carnaval creada por Ordenanza N° 52.039" y su Decreto Reglamentario N° 2047/04;

Que la Ordenanza 52.039 declaró patrimonio cultural la actividad que desarrollan las

asociaciones/agrupaciones artísticas de carnaval (centro murgas, comparsas,

agrupaciones humorísticas, agrupaciones rítmicas y / o similares), en el ámbito de la

Ciudad;

Que el artículo 7° de la antedicha Ordenanza creó en el ámbito del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires una comisión Ad Honorem integrada por un

representante de la ex Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos, un representante de la comisión de cultura del ex Concejo Deliberante, dos

representantes (Un Titular y un Suplente) de las asociaciones / agrupaciones artísticas

de carnaval grandes (más de 50 integrantes) y dos representantes (Un Titular y un

Suplente) de las asociaciones / agrupaciones artísticas de carnaval chicas (menos de

50 integrantes);

Que por su parte el artículo 7° del Anexo del Decreto Reglamentario N° 2047/04

estableció que la Comisión de Carnaval propiciará las gestiones que resulten

convenientes para que las asociaciones / agrupaciones artísticas de carnaval puedan

prepararse, ensayar y actuar durante todo el año;

Que en tal sentido dicha Comisión de Carnaval ha dictado la pertinente

Reglamentación de Ensayo conforme los IF-2025-48212445-GCABA-DGPLBC, IF-

2025-48231169-GCABA-DGPLBC, IF-2025-48231062-GCABA-DGPLBC, IF-2025-

48230993-GCABA-DGPLBC;

Que mediante la Ley N° 1.527 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se creó, en el

ámbito de la ex Secretaría de Cultura, el Programa "Carnaval Porteño" cuyo como

objetivo fomentar la identidad social de los barrios y sus costumbres, a través de la

organización de funciones de murga-teatro, talleres artísticos y encuentros en centros

culturales, teatros y plazas durante todo el año, además de la producción y

organización del Carnaval Porteño;

Que es esta instancia corresponde tomar conocimiento de la Reglamentación de

Ensayos de Murgas aprobada por la Comisión de Carnaval y proceder a su

formalización;

Por ello conforme las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCION GENERAL DE PROMOCIÓN

DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

DISPONE:

Artículo 1°.- Dáse por aprobada el "Reglamento de Permiso de Ensayo de

Agrupaciones Artísticas Carnaval Porteño" establecido por la Comisión de Carnaval

en el marco de la Ordenanza 52.039 y su Decreto Reglamentario N° 2047/04,

conforme los documentos que como IF-2025-48212445-GCABA-DGPLBC (ANEXO I -

Procedimiento para la Solicitud de Permiso de Ensayo de Murgas), IF-2025-48231169-

GCABA-DGPLBC (ANEXO II - FORMULARIO SOLICITUD DE ENSAYO), IF-2025-

48231062-GCABA-DGPLBC (ANEXO III -PERMISO DE ENSAYO) e IF-2025-

48230993-GCABA-DGPLBC (ANEXO IV - ACUSE DE RECIBO PERMISO DE

ENSAYO), forman parte integrante de la presente.

Artículo 2°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,

archívese Solano Martínez


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7269 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7269 ANEXO 2

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7269 ANEXO 3

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N| 7269 ANEXO 4

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Disposición 174-DGPLBC/25 da por aprobado el Reglamento de Permiso de Ensayo de Agrupaciones Artísticas Carnaval Porteño creado por Ley 1527.<br /> </p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Disposición 174-DGPLBC/25 da por aprobado el Reglamento de Permiso de Ensayo de Agrupaciones Artísticas Carnaval Porteño establecido por la Comisión de Carnaval en el marco de la Ordenanza 52039.</p>