RESOLUCIÓN 4 2025 SUBSECRETARIA DE HACIENDA
Síntesis:
FIJA EN PESOS 807,23 EL VALOR DE LA UNIDAD TARIFARIA - ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY TARIFARIA N° 6928 - PARA EL PRIMER TRIMESTRE DE 2026 - QUE INICIA EL 1° DE ENERO Y CONCLUYE EL 31 DE MARZO DE 2026
Publicación:
05/01/2026
Sanción:
29/12/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA DE HACIENDA
VISTO: La Ley N° 6928, la Resolución N° 5474/MHFGC/2025, el EX-2025-54674844-
GCABA-SSHA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6928 Arancelaria para el año 2026, dispone en su artículo 1:
"Establecer la Unidad Tarifaria (UT) como unidad de medida homogénea a los efectos
de determinar los valores de ciertos derechos, rentas diversas, arrendamientos y
demás conceptos comprendidos en el Título II del presente Anexo. Fijar el valor de la
Unidad Tarifaria establecido mediante el artículo 85 del Anexo I de la Ley 6593, con
sus sucesivas actualizaciones.";
Que asimismo el citado artículo prevé la forma de actualización de la citada Unidad
Tarifaria, que será en forma trimestral y conforme la aplicación de la fórmula
polinómica que el mismo artículo establece;
Que finalmente, el artículo concluye delegando en el Ministerio de Hacienda y
Finanzas la instrumentación del procedimiento de actualización otorgando facultades
suficientes para dicho fin;
Que en virtud de lo expuesto, mediante Resolución N° 5474/GCABA/MHF/25, se fijó
dicho procedimiento de actualización;
Que el último valor de la Unidad Tarifaria fue determinado mediante la RESFC-2025-3-
GCABA-SSHA, que textualmente dispuso: "Fijar en pesos 756,68 el valor de la Unidad
Tarifaria establecido en el artículo 85 de la Ley Tarifaria N° 6806 para el cuarto
trimestre de 2025 que inicia el 1° de octubre y concluye el 31 de diciembre de 2025.";
Que tal como establece el Anexo I de la Resolución N° 5474/GCABA/MHFGC/25, la
Dirección General Oficina de Gestión de Presupuesto y Gestión, dependiente de la
Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas ha informado el
porcentaje de incidencia de los incisos que componen la fórmula polinómica
resultantes de la Ley N° 6928;
Que asimismo ha tomado intervención la Dirección General Redeterminación de
Precios, dependiente de la Subsecretaría Gestión Operativa del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, informando el porcentaje de variación de los últimos índices
disponibles a la Fecha de Cálculo, aplicables a la fórmula polinómica para el primer
trimestre del año 2026;
Que la Subsecretaría de Hacienda ha tomado intervención a los fines de efectuar el
cálculo aritmético mediante la aplicación de los porcentajes de incidencia del
presupuesto y los porcentajes de variación informados por las áreas referidas a la
fórmula polinómica prevista en el artículo 1 de la Ley Arancelaria N° 6928,
determinando el valor actualizado de la Unidad Tarifaria para el primer trimestre del
año 2026, que inicia el 1° de enero y concluye el 31 de marzo de 2026.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el la Resolución N° 5474-
GCABA-MHFGC/25,
Artículo 1°.- Fijar en pesos 807,23 el valor de la Unidad Tarifaria establecido en el
artículo 1 de la Ley Tarifaria N° 6928 para el primer trimestre de 2026 que inicia el 1°
de enero y concluye el 31 de marzo de 2026.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Agencia de Sistemas de Información, a la Dirección General
Tesorería, a la Dirección General Contaduría, a todos los Ministerios, a sus
respectivas Direcciones Generales Legales Técnicas y Administrativas, y a todas las
Secretarías del Poder Ejecutivo, a los efectos que pudiere corresponder. Cumplido,
archívese. Tojo - Flores