DISPOSICIÓN 1 2026 DIRECCION GENERAL SISTEMAS DE INFORMACION SANITARIA

Síntesis:

APRUEBA - MANUAL CONTINGENCIAS - GDE AMBULATORIO Y LABORATORIO - SISTEMA DE GESTIÓN HOSPITALARIA - SIGEHOS - HOSPITALES - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

12/01/2026

Sanción:

07/01/2026

Organismo:

DIRECCION GENERAL SISTEMAS DE INFORMACION SANITARIA


VISTO: La Ley N.° 153, la Ley N.° 5.669 y su Decreto Reglamentario N.° 218/2023, la

Ley N.° 6.684 de Ministerios, el Decreto N.° 497/2025, el Marco Normativo de

Tecnologías de la Información aprobado por la Agencia de Sistemas de Información

(ASI) y el Expediente N° EX-2026-01982490- -GCABA-DGSISAN y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N.° 153, Ley Básica de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

establece que el Sistema de Salud está integrado por el conjunto de efectores

estatales, de la seguridad social y privados que actúan en su territorio, imponiendo a la

autoridad sanitaria la responsabilidad de regular, organizar y supervisar los procesos

asistenciales para garantizar una atención segura, continua y de calidad.

Que la Ley N.° 5.669 establece el marco normativo para la creación, implementación y

funcionamiento de las Historias Clínicas Electrónicas en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, con el objeto de asegurar la continuidad, integridad, interoperabilidad,

disponibilidad y seguridad de la información clínica generada en el sistema de salud,

imponiendo a la autoridad sanitaria la obligación de dictar las normas técnicas y

operativas necesarias para garantizar su correcta registración, conservación y acceso,

incluso ante situaciones que puedan afectar la operatoria normal de los sistemas

informáticos asistenciales.

Que la Ley N.° 1845 de Protección de Datos Personales de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires establece los principios y obligaciones aplicables al tratamiento de datos

sensibles, entre ellos los datos de salud, imponiendo la adopción de medidas técnicas

y administrativas destinadas a asegurar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y

trazabilidad de la información sanitaria.

Que el Decreto N.° 497/2025 asigna a la Dirección General de Sistemas de

Información Sanitaria competencias en materia de gestión operativa de los sistemas

informáticos asistenciales, entre ellos el Sistema de Gestión Hospitalaria (SIGEHOS),

incluidas las tareas de definición, actualización y supervisión de los procesos técnicos

y operativos asociados a su funcionamiento, mantenimiento y contingencia.

Que la Ley N.° 6.684 de Ministerios asigna al Ministerio de Salud competencias en

materia de planificación, supervisión y regulación de los sistemas de información

sanitaria

Que el Sistema de Gestión Hospitalaria (SIGEHOS) constituye la plataforma oficial

para la registración y gestión de la información clínica y administrativa generada en los

efectores del subsector público de salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

garantizando la integridad, disponibilidad y trazabilidad de la información asistencial.

Que resulta necesario establecer, documentar y formalizar procedimientos de

contingencia destinados a asegurar la continuidad asistencial ante interrupciones

programadas o no programadas del servicio, conforme los principios de seguridad de

la información y continuidad operativa establecidos en el Marco Normativo de

Tecnologías de la Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el Manual acompañado actualiza y reemplaza las normativas internas vigentes en

materia de contingencia para la gestión de la Historia Clínica Electrónica en el ámbito

del Ministerio de Salud.

Que corresponde aprobar formalmente dicho manual como procedimiento oficial de

esta Dirección General, a fin de asegurar su cumplimiento obligatorio y homogéneo en

todos los efectores del subsector público de salud.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN SANITARIA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. Aprobar el Manual "Contingencias: GDE Ambulatorio y Laboratorio"

para el Sistema de Gestión Hospitalaria (SIGEHOS), que como Anexo I (IF-2026-

01986069-GCABA-DGSISAN) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°. Establecer que el procedimiento aprobado por el artículo precedente

será de aplicación obligatoria en todos los efectores del subsector público de salud

que utilizan el sistema SIGEHOS, debiendo las áreas responsables asegurar su

efectiva implementación y cumplimiento.

ARTÍCULO 3°. Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Planificación

Sanitaria y Gestión en Red; y a la Dirección General Legal y Técnica, dependientes del

Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Alassia


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7281

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Disposición 1-DGSISAN/26 aprueba el Manual Contingencias: GDE Ambulatorio y Laboratorio para el Sistema de Gestión Hospitalaria (SIGEHOS), creado por Disposición 21-DGSISAN/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Disposición 1-DGSISAN/26 aprueba el Manual Contingencias: GDE Ambulatorio y Laboratorio para el Sistema de Gestión Hospitalaria (SIGEHOS), en el marco de la Ley 5669.</p>