RESOLUCIÓN 4 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
APROBAR LA MODIFICACIÓN DE PARÁMETROS OPERATIVOS PARA LA LÍNEA DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR 42 - EMPRESATRANSPORTES COLEGIALES SACI
Publicación:
13/01/2026
Sanción:
08/01/2026
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: La Ley nacional 26.740, las Leyes 2.148, 2.930 y 6.851, el Decreto 387/23, las
Resoluciones 305/LCABA/24, 41/SECT/25, 53/SECT/25, 60/SECT/25 y 210/SECT/25
y el Expediente EX-2025-48418892-GCABA-DGTCP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley nacional 26.740 por la que se ratificó la transferencia de los servicios de
transporte subterráneo y el premetro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
previamente convenida en el Acta Acuerdo del 3 de enero de 2012, determinó que le
corresponde a la Ciudad ejercer en forma exclusiva la competencia y fiscalización de
los servicios públicos de transporte de pasajeros, a nivel subterráneos y premetro, de
transporte automotor y de tranvía, cuya prestación corresponda al territorio de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en cumplimiento con la normativa nacional, el 3 de septiembre de 2024 se
suscribió entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Acta
Acuerdo que tiene como objeto la transferencia de las competencias, por parte del
Estado Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las líneas de colectivos
que poseen recorrido íntegramente dentro del territorio de la Ciudad, correspondientes
al Grupo Tarifario Distrito Federal;
Que la transferencia implicó el traspaso respecto a la regulación, control y fiscalización
del servicio público de transporte automotor de pasajeros de las líneas: 4, 6, 7, 12, 23,
25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108,
109, 115, 118, 132 y 151;
Que asimismo, corresponde a la Ciudad la fijación de las tarifas, compensaciones y/o
subsidios, la planificación, implementación y ejecución de los servicios, el
otorgamiento o renovación de los permisos de explotación, la determinación de los
recorridos, frecuencias, horarios, modalidades, parque móvil y cualquier otro
parámetro operativo que implique una modificación en la oferta del servicio;
Que la citada Acta Acuerdo fue aprobada mediante la Resolución 305/LCABA/24 de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la CLÁUSULA SEGUNDA del Acta Acuerdo expresa que "LA CIUDAD podrá
modificar de forma unilateral los parámetros operativos vigentes";
Que por la Resolución 41/SECT/25 se creó el Registro Único del Transporte
Automotor de Pasajeros (RUTAP), en donde se asientan las empresas explotantes de
los servicios y los parámetros operativos de los servicios prestados, entre otros datos;
Que en cumplimiento del acto administrativo mencionado, la empresa
TRANSPORTES COLEGIALES S.A.C.I., operadora de la línea N.° 42, se encuentra
inscripta en dicho registro;
Que, asimismo, mediante la Resolución 53/SECT/25 se aprobó el procedimiento para
la modificación de parámetros operativos de los servicios de transporte público
colectivo de pasajeros por automotor de jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, a fin de dar garantizar la participación ciudadana, mediante la Resolución
60/SECT/25 se aprobó el Reglamento General para la participación en el Foro de
Participación Ciudadana del Transporte Público Colectivo de Pasajeros por Automotor
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que su finalidad es permitir y promover una efectiva participación de la ciudadanía en
el proceso de modificación de parámetros operativos de los servicios de transporte
público colectivo de pasajeros por automotor de jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, brindando la oportunidad a los sectores interesados y a la ciudadanía
en general de expresar sus opiniones y propuestas respecto de los proyectos de
normas puestos a su consideración;
Que, en este marco, corresponde mencionar que las opiniones, propuestas y/o
comentarios que se expresan durante el período de convocatoria no poseen carácter
vinculante;
Que resultó oportuna la implementación del Foro a los fines de que la ciudadanía
participara en el proceso de modificación de los parámetros operativos
correspondiente a la línea N.° 42 del transporte público colectivo de pasajeros y a los
fines de realizar el pertinente llamado a la ciudadanía para concretar su participación
como mecanismo de instancia de participación ciudadana, conforme lo establecido en
la Resolución 60/SECT/25;
Que por medio de la Resolución 210/SECT/25 se efectuó la correspondiente
convocatoria al "Foro de Participación Ciudadana del Transporte Público de Pasajeros
por Automotor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" respecto del proyecto de
modificación de cambio de parámetros operativos de la línea N.° 42 del transporte
público colectivo de pasajeros por automotor;
Que, en atención a lo expuesto, con fecha de 31 de diciembre de 2025 se dió por
concluido el plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución 210/SECT/25, y desde
la Gerencia Operativa Planificación de Servicios de la Dirección General Transporte
Colectivo de Pasajeros se elaboró el pertinente informe de cierre con los resultados
obtenidos;
Que, por conducto del informe de clausura identificado bajo el Nro. IF-2026-02283426-
GCABA-DGTCP, la Dirección General Transporte Colectivo de Pasajeros, dependiente
de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial de la
Secretaría de Transporte, ha evaluado la instancia de participación ciudadana
oportunamente convocada;
Que por medio de la Ley 6.851 se establecieron los Ministerios actuales del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de
Movilidad e Infraestructura;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de
Transporte como órgano dependiente del referido Ministerio de Movilidad e
Infraestructura;
Que el citado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta
Secretaría, la de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la de desarrollar estrategias integrales que
promuevan un sistema de transporte público eficiente, seguro y accesible para todos
los ciudadanos y diseñar e implementar políticas para mejorar el transporte urbano,
incluyendo la gestión de planes de movilidad sostenible;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe la
modificación de los parámetros operativos de la línea N.° 42 del transporte público
colectivo de pasajeros por automotor operada por la empresa TRANSPORTES
COLEGIALES S.A.C.I.
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar la modificación de parámetros operativos para la línea N.° 42 del
transporte público colectivo de pasajeros por automotor operada por la empresa
TRANSPORTES COLEGIALES S.A.C.I. (CUIT 30-54623134-4), conforme surge del
Anexo (IF-2026-02378057-GCABA-SECT) que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Instruir a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad para que
proceda a la registración de la presente medida en el Registro Único del Transporte
Automotor de Pasajeros (RUTAP).
Artículo 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su firma.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la
Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, a la Secretaría de Tránsito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría de Transporte del Ministerio de
Economía de la Nación, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a
Nación Servicios Sociedad Anónima, al Ente Único Regulador de los Servicios
Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Juntas Comunales N.° 4, 6,
12, 13 y 15 y notificar a la empresa de colectivo de pasajeros por automotor
TRANSPORTES COLEGIALES S.A.C.I. Cumplido, archivar. Krantzer