RESOLUCIÓN 13 2026 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
PRORROGAR, HASTA EL DÍA 6 DE FEBRERO DE 2026 - PLAZO PARA EL PAGO ANTICIPADO TRIMESTRAL DE LA CUOTA N° 1/2026 DE LA TASA POR SERVICIO DE VERIFICACIÓN - POR MANTENIMIENTO DEL ESTADO DE LAS ESTRUCTURAS SOPORTES O PORTANTES PARA ANTENAS - CUYO VENCIMIENTO ORIGINAL OPERA EL DÍA 15 DE ENERO DE 2026
Publicación:
15/01/2026
Sanción:
14/01/2026
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: El inciso 3 del artículo 182 del Código Fiscal (t.o. 2025) y sus modificatorias
Leyes Nros. 6.843 (BOCBA N° 7215) y 6.926 (BOCBA N° 7269), las Resoluciones
Nros. 194-MHFGC/25 (BOCBA N° 7040), 5553-MHFGC/25 (BOCBA N° 7274) y 3-
AGIP/26 (BOCBA N° 7280) y el Expediente Electrónico N° 3.854.470/GCABA-
DGANFA/26, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el inciso 3 del artículo 182 del Código Fiscal vigente se faculta al
Ministerio de Hacienda y Finanzas a conceder descuentos por pago anticipado de la
Tasa por Servicio de Verificación por mantenimiento de Estructuras, Soportes o
Portantes para Antenas, aplicando un descuento no superior al quince por ciento
(15%) anual;
Que por medio del artículo 14 de la Resolución N° 194-MHFGC/25 se fija en el quince
por ciento (15%) el descuento por pago anual anticipado en una (1) cuota de la citada
Tasa;
Que complementariamente, la Resolución N° 5553-MHFGC/25 fija en un diez por
ciento (10%) el descuento aplicable por pago anticipado trimestral de la Tasa por
Servicio de Verificación por mantenimiento del estado de las Estructuras, Soportes o
Portantes para Antenas;
Que asimismo, se aclara que cada trimestre del ejercicio fiscal 2026 se considerará
como un período independiente a los efectos del pago y aplicación del beneficio, no
pudiendo superar en conjunto el límite porcentual establecido por ley para el pago
anual;
Que mediante la Resolución N° 3-AGIP/26 se establecen las fechas de vencimiento
correspondientes al ejercicio fiscal del año 2026 para el goce del beneficio del
descuento por pago anticipado trimestral del mencionado tributo;
Que en virtud de la existencia de inconvenientes aislados de carácter técnico y
operativo, susceptibles de generar dificultades en la cancelación anticipada de la
Cuota N° 1/2026, resulta necesario que se establezca una nueva fecha de vencimiento
para la procedencia del beneficio fiscal.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Resolución N°
5553-MHFGC/25,
Artículo 1°.- Prorrogar, hasta el día 6 de febrero de 2026, el plazo para el pago
anticipado trimestral de la Cuota N° 1/2026 de la Tasa por Servicio de Verificación por
mantenimiento del estado de las Estructuras, Soportes o Portantes para Antenas, cuyo
vencimiento original opera el día 15 de enero de 2026.
Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable
para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades
bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.
Artículo 3°.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comunicar a
las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de
Contaduría, de Tesorería y al Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Remitir a las
Direcciones Generales de Rentas, de Tecnología e Innovación y de Planificación y
Coordinación de la Gestión Tributaria, todas ellas dependientes de esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos, para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, archivar. Krivocapich