LEY 501 2000
Síntesis:
SE CONSIDERAN FORMALMENTE VÁLIDOS LOS ACTOS CUMPLIDOS DESDE LA PUBLICACIÓN DE LA LEY 404 - LEY ORGÁNICA NOTARIAL - CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO POR LA LEY NACIONAL 12990 - VALIDEZ FORMAL DE LOS ACTOS CUMPLIDOS
Publicación:
21/09/2000
Sanción:
07/09/2000
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
19/09/2000
Estado:
No vigente
Artículo 1° Los actos cumplidos desde la publicación de la Ley N° 404 hasta el 25 de septiembre de 2000 se consideran formalmente válidos en tanto cumplan lo establecido por la Ley Nacional N° 12.990 y sus modificatorias.
Art. 2° La presente Ley entra en vigencia a partir de su publicación.
Art. 3° Comuníquese, etc.
OLIVERA
Juan Manuel Alemany
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Ley 501 establece que los actos cumplidos desde la publicación de la Ley 404 hasta el 25 de septiembre de 2000 se consideran formalmente válidos en tanto cumplan lo establecido por la Ley Nacional 12990 y sus modificatorias.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Ley 501 establece que los actos cumplidos desde la publicación de la Ley 404 hasta el 25 de septiembre de 2000 se consideran formalmente válidos en tanto cumplan lo establecido por la Ley Nacional 12990 y sus modificatorias</p>
PROMULGADA POR