RESOLUCIÓN 1 2026 SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE

Síntesis:

APRUEBA IMPLEMENTACIÓN - BACHILLERATO EN INFORMÁTICA ALTERNATIVA A -  BACHILLERATO EN ENERGÍA Y SUSTENTABILIDAD - ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 3 DISTRITO ESCOLAR 13 - CICLO LECTIVO 2026 - SUBSECRETARÍA GESTIÓN DEL APRENDIZAJE

Publicación:

21/01/2026

Sanción:

14/01/2026

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26206 y sus modificatorias, las Leyes 898 y 6684 y su modificatoria (textos

consolidados por Ley 6764), Decretos 387/23 y sus modificatorios y 489-AJG/25, las

Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-MEGC/15,

2370-GCABA-MEDGC/22 y 1602-GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico

55051498-GCABA-DGEGE/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que conforme la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, se declara que la

obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la

finalización del nivel de la educación secundaria;

Que por su parte la Ley 898 (texto consolidado por Ley 6764) dispuso previamente la

obligatoriedad del nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones, debiendo los

servicios educativos de la jurisdicción adecuarse progresivamente, en cantidad y

calidad, para concretar la extensión de la obligatoriedad legalmente impuesta;

Que la Ley 6684 y su modificatoria (texto consolidado por Ley 6764) establece que el

Ministerio de Educación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar

y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo

único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, administrar y

fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y

gratuita en todos los niveles y modalidades;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando bajo la órbita del Ministerio de Educación a la Subsecretaría Gestión del

Aprendizaje y a la Dirección General Educación de Gestión Estatal;

Que corresponde a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje diseñar, promover,

implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al

desarrollo individual y social de la comunidad así como diseñar, promover y supervisar

las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de

enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa;

Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal dependiente de la mencionada

Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias implementar y llevar a cabo

las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y modalidades de la

enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y

administrativos;

Que por las Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-

MEGC/15, se aprobó el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para los Ciclos

Básico y Orientado para la Formación General y Específica de la Nueva Escuela

Secundaria, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó en el ámbito de esta

jurisdicción, el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el que tiene como objetivo la

mejora de los aprendizajes para niños/as, adolescentes y adultos/as;

Que dicho Plan Estratégico tiene como objetivo impulsar nuevas maneras de enseñar

y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las

estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las

tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de

nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;

Que, a su vez, el citado Plan propone seguir transformando la escuela secundaria para

que garantice una educación con sentido y propósito que haga del paso por la escuela

una experiencia desafiante y enriquecedora a partir de la reorganización de los

dispositivos y lógicas presentes en el nivel;

Que por el Decreto 489-AJG/25 se creó la Escuela de Educación Media N° 3 Distrito

Escolar 13°, para funcionar en los turnos mañana y tarde en el edificio sito en la calle

Av. Juan Bautista Alberdi 4754, de esta Ciudad;

Que en dicho contexto resulta oportuno y necesario determinar la oferta educativa del

mencionado establecimiento, y por ello la Dirección General de Educación de Gestión

Estatal propicia la implementación del "Bachillerato en Informática" Alternativa "A" de la

Nueva Escuela Secundaria, y el "Bachillerato en Energía y Sustentabilidad" de la

Nueva Escuela Secundaria, aprobados por Resolución 321-MEGC/15 y sus

modificatorias y Resolución 2370-GCABA-MEDGC/22 respectivamente - en la

Escuela de Educación Media N° 3 Distrito Escolar 13°, a partir del ciclo lectivo 2026;

Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a

los efectos de aprobar dicha implementación;

Que han tomado la correspondiente intervención la Subsecretaría Planeamiento e

Innovación Educativa, la Dirección General Educación de Gestión Estatal y las

Direcciones Educación Media y Coordinación del Nivel Secundario;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARÍA GESTIÓN DEL APRENDIZAJE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la implementación del "Bachillerato en Informática" Alternativa "A"

en la Escuela de Educación Media N° 3 del Distrito Escolar 13° a partir del ciclo lectivo

2026.

Artículo 2°.- Aprobar la implementación del "Bachillerato en Energía y Sustentabilidad"

en la Escuela de Educación Media N°3 del Distrito Escolar 13° a partir del ciclo lectivo

2026.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones

Generales Personal Docente y No Docente, Educación de Gestión Estatal y Carrera

Docente, a las Direcciones Educación Media y Coordinación de Nivel Secundario, a

las Gerencias Operativas Innovación y Contenidos Educativos, Recursos Humanos

Docentes y Títulos y Legalizaciones del Ministerio de Educación. Cumplido, archivar.

Cruzalegui

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2 de la Resolución 1-SSGDA/26 aprueba la implementación del Bachillerato en Energía y Sustentabilidad, creado por Resolución 2370-MEDGC/22, en la Escuela de Educación Media 3 del Distrito Escolar 13° a partir del ciclo lectivo 2026.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 1-SSGDA/26 aprueba la implementación del Bachillerato en Informática Alternativa A en la Escuela de Educación Media  3 del Distrito Escolar 13, creada por Decreto 489/25, a partir del ciclo lectivo 2026.<br /><br />Artículo 2° aprueba la implementación del Bachillerato en Energía y Sustentabilidad en la Escuela de Educación Media 3 del Distrito Escolar 13° a partir del ciclo lectivo 2026.<br /> </p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 dela Resolución 1-SSGDA/26 aprueba la implementación del Bachillerato en Informática Alternativa A, creado por Resolución 321-MEGC/15, en la Escuela de Educación Media  3 del Distrito Escolar 13° a partir del ciclo lectivo 2026.<br /> </p>