RESOLUCIÓN 1 2026 SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
Síntesis:
APRUEBA IMPLEMENTACIÓN - BACHILLERATO EN INFORMÁTICA ALTERNATIVA A - BACHILLERATO EN ENERGÍA Y SUSTENTABILIDAD - ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 3 DISTRITO ESCOLAR 13 - CICLO LECTIVO 2026 - SUBSECRETARÍA GESTIÓN DEL APRENDIZAJE
Publicación:
21/01/2026
Sanción:
14/01/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26206 y sus modificatorias, las Leyes 898 y 6684 y su modificatoria (textos
consolidados por Ley 6764), Decretos 387/23 y sus modificatorios y 489-AJG/25, las
Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-MEGC/15,
2370-GCABA-MEDGC/22 y 1602-GCABA-MEDGC/24, el Expediente Electrónico
55051498-GCABA-DGEGE/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que conforme la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, se declara que la
obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la
finalización del nivel de la educación secundaria;
Que por su parte la Ley 898 (texto consolidado por Ley 6764) dispuso previamente la
obligatoriedad del nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones, debiendo los
servicios educativos de la jurisdicción adecuarse progresivamente, en cantidad y
calidad, para concretar la extensión de la obligatoriedad legalmente impuesta;
Que la Ley 6684 y su modificatoria (texto consolidado por Ley 6764) establece que el
Ministerio de Educación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar
y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo
único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, administrar y
fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y
gratuita en todos los niveles y modalidades;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando bajo la órbita del Ministerio de Educación a la Subsecretaría Gestión del
Aprendizaje y a la Dirección General Educación de Gestión Estatal;
Que corresponde a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje diseñar, promover,
implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al
desarrollo individual y social de la comunidad así como diseñar, promover y supervisar
las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de
enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa;
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal dependiente de la mencionada
Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias implementar y llevar a cabo
las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y modalidades de la
enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y
administrativos;
Que por las Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-
MEGC/15, se aprobó el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para los Ciclos
Básico y Orientado para la Formación General y Específica de la Nueva Escuela
Secundaria, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó en el ámbito de esta
jurisdicción, el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el que tiene como objetivo la
mejora de los aprendizajes para niños/as, adolescentes y adultos/as;
Que dicho Plan Estratégico tiene como objetivo impulsar nuevas maneras de enseñar
y aprender que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las
estudiantes vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las
tareas pedagógicas y administrativas de las escuelas a través de la incorporación de
nuevas funciones y potencialidades que brinda la tecnología;
Que, a su vez, el citado Plan propone seguir transformando la escuela secundaria para
que garantice una educación con sentido y propósito que haga del paso por la escuela
una experiencia desafiante y enriquecedora a partir de la reorganización de los
dispositivos y lógicas presentes en el nivel;
Que por el Decreto 489-AJG/25 se creó la Escuela de Educación Media N° 3 Distrito
Escolar 13°, para funcionar en los turnos mañana y tarde en el edificio sito en la calle
Av. Juan Bautista Alberdi 4754, de esta Ciudad;
Que en dicho contexto resulta oportuno y necesario determinar la oferta educativa del
mencionado establecimiento, y por ello la Dirección General de Educación de Gestión
Estatal propicia la implementación del "Bachillerato en Informática" Alternativa "A" de la
Nueva Escuela Secundaria, y el "Bachillerato en Energía y Sustentabilidad" de la
Nueva Escuela Secundaria, aprobados por Resolución 321-MEGC/15 y sus
modificatorias y Resolución 2370-GCABA-MEDGC/22 respectivamente - en la
Escuela de Educación Media N° 3 Distrito Escolar 13°, a partir del ciclo lectivo 2026;
Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a
los efectos de aprobar dicha implementación;
Que han tomado la correspondiente intervención la Subsecretaría Planeamiento e
Innovación Educativa, la Dirección General Educación de Gestión Estatal y las
Direcciones Educación Media y Coordinación del Nivel Secundario;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar la implementación del "Bachillerato en Informática" Alternativa "A"
en la Escuela de Educación Media N° 3 del Distrito Escolar 13° a partir del ciclo lectivo
2026.
Artículo 2°.- Aprobar la implementación del "Bachillerato en Energía y Sustentabilidad"
en la Escuela de Educación Media N°3 del Distrito Escolar 13° a partir del ciclo lectivo
2026.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones
Generales Personal Docente y No Docente, Educación de Gestión Estatal y Carrera
Docente, a las Direcciones Educación Media y Coordinación de Nivel Secundario, a
las Gerencias Operativas Innovación y Contenidos Educativos, Recursos Humanos
Docentes y Títulos y Legalizaciones del Ministerio de Educación. Cumplido, archivar.
Cruzalegui