RESOLUCIÓN 459 2005 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Síntesis:
MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 149-SDSOC-05 - CREA LA ACTIVIDAD OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DECRETO N° 212-05 - MENORES DE EDAD INSCRIPTOS EN EL REGISTRO DE RECUPERADORES URBANOS.
Publicación:
14/03/2006
Sanción:
14/06/2005
Organismo:
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Visto el Decreto N° 212/05, el Expediente N° 75.573/04, la Resolución N° 149-SDSOC/05, y
CONSIDERANDO:
Que el art. 1° de la resolución citada en el visto determinó que el otorgamiento del subsidio establecido en los términos del Decreto N° 212/05, se efectuará conforme la operatoria de pago por base de datos a través del Banco Ciudad de Buenos Aires, dispuesta en la Resolución N° 674-SDSOC/04 para el programa Emprendimientos Juveniles a cargo de la unidad ejecutora 475 Dirección General de la Juventud;
Que el sistema de pago por base de datos del Banco Ciudad tiene un costo de operación, por lo que deben adoptarse las medidas conducentes al pago de las comisiones bancarias correspondientes;
Que el decreto citado determina en su art. 3°, que esta Secretaría de Desarrollo Social deberá arbitrar los medios necesarios para la reglamentación del subsidio dispuesto;
Que resulta conveniente, entonces, disponer un adecuado reflejo presupuestario de la operatoria de pago dispuesta por el decreto mencionado en el visto, lo que aconseja la creación de una actividad específica dentro del programa Emprendimientos Juveniles;
Que por las consideraciones expuestas, resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1° - Sustitúyese el art. 7° de la Resolución N° 149-SDSOC/05 que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 7° - Impútase el gasto que origine el pago de los subsidios a la partida presupuestaria 45.475.35.5.1.3 y el gasto correspondiente al pago de las comisiones bancarias a la partida presupuestaria 45.475.35.3.5.5, ambas correspondientes al presente ejercicio".
Artículo 2° - Créase la actividad Otorgamiento de Subsidios Decreto N° 212/05, que se incorporará a la programación física del Servicio Público Primario N° 35 Emprendimientos Juveniles, en la que se reflejará presupuestariamente la asignación y pago de los subsidios correspondientes al Decreto N° 212/05 reglamentados por Resolución N° 149-SDSOC/05.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Secretaría, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección General de la Juventud dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, a la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, a la Secretaría de Educación, y al Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Cumplido, archívese.