RESOLUCIÓN 1294 2026 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA - PAUTAS - REASIGNACIÓN DE HORAS CÁTEDRA - CARGOS - FUNCIONES - TAREAS - PERSONAL DOCENTE TITULAR E INTERINO - TECNICATURA SUPERIOR EN ANÁLISIS CLÍNICOS - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR N° 10 - SUBSECRETARÍA PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA
Publicación:
23/02/2026
Sanción:
29/01/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO: La Ley 6.684 y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus modificatorios,
las Resoluciones 32/SSPLINED/16, 805/MEDGC/25, el Expediente EX-2026-
05390728- -GCABA-DGAHPEF, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a esta Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa bajo la órbita del Ministerio
de Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, esta Subsecretaría Planeamiento e Innovación
Educativa tiene entre sus responsabilidades primarias las de "entender en la
administración del personal docente y no docente del ámbito del Ministerio, en función
de las necesidades del sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y
"supervisar la gestión del sistema de cobertura de los cargos docentes en todos sus
niveles";
Que por la Resolución 32/SSPLINED/16 se aprobó el Plan de Estudios de la
"Tecnicatura Superior en Análisis Clínicos", autorizando su implementación en el
Instituto de Formación Técnica Superior N.° 10 (CUE N.° 020115300), con sede en la
avenida Entre Ríos 757, y en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud (CUE
N.° 0201877 y CUE Anexo N.° 020187700), con sede en la calle Monasterio 480,
ambas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución 805/MEDGC/25 se aprobó el Plan de Estudios de la
Tecnicatura Superior en Laboratorio de Análisis Clínicos, de conformidad con el detalle
obrante en el Anexo (IF-2025-26230107-GCABA-DGAHPEF), autorizando su
implementación en el Instituto de Formación Técnica Superior N.° 10 y en el Instituto
Superior de Tecnicaturas para la Salud, a partir del segundo cuatrimestre del periodo
escolar 2025;
Que el artículo 4° de la referida Resolución establece que la Dirección General
Agencia de Habilidades para el Futuro, a través de la Dirección Educación Técnica
Superior, y la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional del
Ministerio de Salud, realizarán el seguimiento de la implementación del Plan de
Estudios aludido;
Que a su vez, el artículo 9° de la precitada Resolución establece la vigencia del Plan
de Estudios correspondiente a la "Tecnicatura Superior en Análisis Clínicos", aprobado
por Resolución 32/SSPLINED/16, hasta la finalización de la cohorte iniciada en el
primer cuatrimestre del periodo escolar 2025;
Que por su parte, el artículo 11 de la norma mencionada establece que esta
Subsecretaría implementará las acciones y dictará los actos que resulten necesarios a
fin de garantizar la organización de las horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o
tareas del personal docente de la "Tecnicatura Superior en Análisis Clínicos",
aprobada por Resolución 32/SSPLINED/16;
Que en este marco, y habiéndose establecido la vigencia del Plan de Estudios
correspondiente a la "Tecnicatura Superior en Análisis Clínicos" hasta la finalización de
la cohorte iniciada en el primer cuatrimestre del periodo escolar 2025, la Dirección
General Agencia de Habilidades para el Futuro propicia aprobar las pautas de
reasignación automática de horas cátedra y/o cargos y/o funciones y/o tareas del
personal docente titular e interino que presta servicios en el Instituto de Formación
Técnica Superior N.° 10, conforme a los criterios que se consignan en el Anexo (IF-
2026-05450711-GCABA-DGAHPEF), a fin de garantizar la implementación del Plan de
Estudios aprobado por la Resolución 805/MEDGC/25 y una transición ordenada del
Plan de Estudios aprobado por la Resolución 32/SSPLINED/16;
Que de esta manera, deviene necesario y oportuno el dictado del acto administrativo
en el sentido precedentemente expuesto;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos tomó debida intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades encomendadas por la Resolución 805/MEDGC/25,
Artículo 1°.- Aprobar las pautas para la reasignación de horas cátedra y/o cargos y/o
funciones y/o tareas del personal docente titular e interino que presta servicios en el
Instituto de Formación Técnica Superior N.° 10, conforme a los criterios que se
consignan en el Anexo (IF-2026-05450711-GCABA-DGAHPEF), el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de la Resolución
805/MEDGC/25.
Artículo 2°.- Establecer que las pautas aprobadas en el artículo 1° serán de aplicación
exclusiva en el marco del proceso de transición entre el Plan de Estudios aprobado por
la Resolución 32/SSPLINED/16 y la implementación del Plan de Estudios aprobado
por la Resolución 805/MEDGC/25.
Artículo 3°.- La reasignación del personal docente interino y titular alcanzado por la
presente Resolución se efectuará en base a un análisis de compatibilidad de los
títulos, certificaciones y antecedentes del o la docente, en relación con el contenido de
las unidades curriculares del Plan de Estudios vigente.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, comunicar a las Direcciones Generales Personal
Docente y No Docente, Asuntos Jurídicos y Agencia de Habilidades para el Futuro, a
la Dirección Educación Técnica Superior y a la Supervisión Educación Técnica
Superior. Cumplido, archivar. Ghillione