RESOLUCIÓN 32 2016 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
SE APRUEBA EL PLAN DE ESTUDIOS DE LA TECNICATURA SUPERIOR EN ANÁLISIS CLÍNICOS
Publicación:
07/04/2016
Sanción:
02/03/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
VISTO
El Expediente Electrónico N° 35595732/15 ; y
CONSIDERANDO:
Que por este actuado se tramita el proyecto de Plan de Estudios de la carrera de
"Tecnicatura Superior en Análisis Clínicos" a implementarse en el IFTS N° 10,
dependiente de la Dirección de Formación Técnica Superior y en el Instituto Superior
de Tecnicaturas para la Salud, dependiente de la Dirección General de Docencia e
Investigación, en el ámbito de la Subsecretaría de Planificación Sanitaria del Ministerio
de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la propuesta en cuestión cumple con la normativa vigente;
Que la presente adecuación curricular se realiza en vistas de incorporar al Plan que
actualmente implementan ambas instituciones y que fuera aprobado por Resolución N°
710 - GCBA/MEGC/12, los contenidos faltantes según la Resolución CFE N° 207 /13
Anexo III (Marco de referencia para procesos de homologación de títulos de nivel
superior. Sector Salud. Laboratorio de Análisis Clínicos);
Que el presente Plan de Estudios ha sido adecuado articuladamente con las
autoridades del IFTS N° 24 y del Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud, la
Dirección de Formación Técnica Superior y la Gerencia Operativa de Currículum,
dependiente de la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, en
vistas de ;
Que de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N° 734/MEGC/2010 modificada
por la Resolución N° 6437/MEGC/11, la Gerencia Operativa de Currículum ha emitido
dictamen favorable en los términos de la norma citada;
Que la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa comparte la
evaluación realizada por la Gerencia Operativa de Currículum y avala la aprobación
del presente plan de estudios;
Que la implementación del Plan de Estudios que por la presente se aprueba cuenta
con reflejo presupuestario, conforme las partidas pertinentes del Presupuesto de
Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del GCBA para el ejercicio
económico-financiero;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le confiere la Resolución N° 263/MEGC/2016,
LA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA
RESUELVE
Artículo 1.- Apruébase el Plan de Estudios de la "Tecnicatura Superior en Análisis
Clínicos" de conformidad con las especificaciones que se detallan en el Anexo I y
correspondiente carga horaria docente contenida en el Anexo II que, a todos sus
efectos, forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Autorízase la implementación del Plan de Estudios aprobado en el Art. 1°,
en el IFTS N° 10 (CUE 020115300), con sede en la Av. Entre Ríos 757 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y en el Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud
(02187700), con sede en Amancio Alcorta 2195 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 3.- Establécese que el proceso de implementación y seguimiento de la carrera
cuyo plan se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución será supervisado por
la Dirección de Formación Técnica Superior, dependiente de la Dirección General de
Educación Superior (conforme lo resuelto en la Resolución 21/MEGC-MSGC/12 en lo
que respecta al Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud).
Artículo 4.- Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento e Innovación
Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum de su dependencia, a
realizar una evaluación del Plan de Estudios que se aprueba por el Art. 1 de la
presente resolución, a los fines de juzgar su actualización y/o necesidad de revisión,
una vez cumplido el tiempo estimado de cursada de las tres (3) primeras cohortes.
Artículo 5.- Establécese que la Dirección de Formación Técnica Superior, dependiente
de la Dirección General de Educación Superior, deberá gestionar ante este Ministerio
el inicio del trámite para la homologación y obtención de la validez nacional, conforme
lo establecido por la normativa nacional vigente correspondiente a títulos y certificados
de estudios de Formación Técnica Superior, según la Resolución CFE N° 207 /13
Anexo III (Marco de referencia para procesos de homologación de títulos de nivel
superior. Sector Salud. Laboratorio de Análisis Clínicos). A tal efecto, obra el Cuadro
de Adecuación del Diseño Curricular a la Resolución N° 229-CFE/14, que se detalla en
el Anexo III, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 6.- Establécese que la erogación presupuestaria que demande la aplicación
del Plan de Estudios de la "Tecnicatura Superior en Análisis Clínicos" aprobado en el
Art. 1, cuenta con reflejo presupuestario.
Artículo 7.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y, comuníquese con copia a la Subsecretaría de Gestión Económico
Financiera y Administración de Recursos, a la Subsecretaría de Planeamiento e
Innovación Educativa; a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal,
de Planeamiento Educativo; de Coordinación Legal e Institucional -Gerencia Operativa
de Títulos y Legalizaciones-; al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires; a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y a las Direcciones
Generales de Docencia e Investigación y, Legal y Técnica; a la Dirección de
Capacitación y Docencia; y al Instituto Superior de Tecnicaturas para la Salud de su
dependencia; y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de
Educación Superior, a la Dirección de Formación Técnica Superior, a la Gerencia
Operativa de Currículum, a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y cursos de
Capacitación y Perfeccionamiento Docente. Gírese a la Subsecretaría de Gestión
Educativa y Coordinación Pedagógica. Cumplido, archívese. Azar