RESOLUCIÓN 877 2026 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

APRUEBA - CONVENIO MARCO - PARA - PROYECTOS Y TRABAJOS - INVESTIGACIÓN CON PATROCINIO PRIVADO - DEROGA - RESOLUCIÓN 2476/MSGC/19 - MINISTERIO DE SALUD - SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED

Publicación:

27/02/2026

Sanción:

24/02/2026

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: Las Leyes N° 153 y N° 3301 (texto consolidado por Ley 6.764), el Decreto N°

58/11, la Resolución N° 2476/MSGC/19, el Expediente N° EX-2026-08728560- -

GCABA-MSGC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Básica de Salud N° 153 regula todo el conjunto de recursos de salud de

dependencia estatal;

Que en el marco de la norma señalada se dictó la Ley N° 3301 mediante la cual se

establece el régimen jurídico para la protección de derechos de sujetos en

Investigaciones de Salud;

Que el artículo 25 de la Ley referenciada establece que el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de aplicación de la citada norma;

Que mediante el Decreto N° 58/2011 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 3301

de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la misma;

Que el artículo 2° del mencionado Decreto faculta al titular del Ministerio de Salud a

dictar las normas complementarias y reglamentarias, y a suscribir los convenios que

sean necesarios para la aplicación de dicha norma;

Que en el marco de dichas facultades, se dictó la Resolución N° 2476/MSGC/2019

mediante la cual se actualizaron los requisitos y procedimientos aplicables a los

proyectos y trabajos de investigación con patrocinio privado que se lleven a cabo en

los efectores dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre las novedades introducidas por la Resolución citada se encuentra el

establecimiento del uso obligatorio de la plataforma PRIISA.BA para tramitaciones

atinentes al registro, pago y autorizaciones de proyectos de investigación;

Que, asimismo, fijó un canon de evaluación obligatorio, un marco de sanciones por

falta de pago, y un porcentaje invariable de "overhead" para el referente administrativo

a designarse en cada proyecto de investigación;

Que, finalmente, la Resolución referida estableció requerimientos de índole

administrativa que deben reunir los proyectos de investigación, incluyendo condiciones

regulatorias, éticas y correspondientes al marco asegurador;

Que la experiencia recogida durante los años transcurridos desde la aplicación de la

mencionada normativa, ha evidenciado la necesidad de optimizar y actualizar su

alcance, con el objeto de consolidar los objetivos promovidos y mejorar su operatividad

práctica, sin alterar sus principios rectores;

Que en tal sentido, resulta apropiado adecuar el marco normativo a estándares

internacionales de investigación en salud ampliamente aceptados, destacándose

especialmente los consagrados por la Declaración de Helsinki de la Asociación Médica

Mundial, las Buenas Prácticas Clínicas (ICH-GCP), las Pautas Éticas Internacionales

para la Investigación relacionada con la Salud con Seres Humanos del CIOMS/OMS y

los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud en materia de gobernanza y

supervisión de investigaciones;

Que dichos estándares enfatizan la importancia de contar con marcos contractuales

claros, mecanismos robustos de trazabilidad, asignación transparente de

responsabilidades, adecuada gestión de recursos y sistemas eficaces de monitoreo y

rendición de cuentas;

Que por ello resulta necesario adecuar el marco normativo a fin de consolidar pautas

homogéneas e invariables que han demostrado su eficacia en la normativa vigente a

través del establecimiento de un Convenio Marco, y establecer que las pautas

particulares adecuadas a cada proyecto de investigación serán instrumentadas por

documentos específicos denominados Órdenes de Trabajo;

Que el establecimiento de pautas específicas a través de Órdenes de Trabajo refuerza

la seguridad de los pacientes a partir de la clarificación de responsabilidades entre

patrocinadores, investigadores e instituciones, y la determinación de exigencias ad hoc

para cada proyecto de investigación;

Que la transición de un esquema de convenio único a un esquema de convenio marco

y órdenes de trabajo tiene por objeto, asimismo, optimizar los tiempos administrativos

mediante la estandarización de procesos y la consolidación de modelos contractuales

claros desde las etapas iniciales del procedimiento;

Que a los efectos de facilitar y dinamizar la implementación del nuevo esquema

normativo, corresponde facultar a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión

en Red a la suscripción de las órdenes de trabajo y la determinación de su contenido,

alcance y condiciones específicas, en el marco de las pautas establecidas en el

correspondiente Convenio Marco, sin alterar sus principios rectores ni los controles

sustantivos, éticos y regulatorios aplicables;

Que en virtud de lo expuesto resulta procedente dictar el pertinente acto

administrativo.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 25 y 21 de la Ley N°

3301 (Texto consolidado por Ley N° 6.764) y el artículo 2° del Decreto N° 58/2011,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1.- Derógase la Resolución N° 2476/MSGC/19.

Artículo 2.- Apruébase el "Convenio Marco para los proyectos y trabajos de

Investigación con patrocinio privado que se efectúen en los efectores de salud

dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que como Anexo

N° IF-2026-08940960-GCABA-DGDIYDP forma parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Facúltese a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red a

la suscripción de las órdenes de trabajo y la determinación de su contenido, alcance y

condiciones específicas, en el marco de las pautas establecidas en el correspondiente

Convenio Marco.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos gírese a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y

Gestión en Red y a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo

Profesional. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7314

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° de la Resolución 877/MSGC/26 aprueba el “Convenio Marco para los proyectos y trabajos de Investigación con patrocinio privado que se efectúen en los efectores de salud dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, en el marco del Decreto 58-11 (reglamentario de la Ley 3301 que regula el régimen jurídico para la protección de derechos de sujetos en Investigaciones de Salud).</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución 877/MSGC/26 deroga la Resolución N° 2476/MSGC/19.</p>