RESOLUCIÓN 1225 2026 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
CONVALIDA - CATÁLOGO DE CAFÉS BARES BILLARES Y CONFITERÍAS NOTABLES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE CAFÉ - ALMACÉN Y BAR LAVALLE - BARBARO BAR - BAR BIDOU - BAR BRITÁNICO - BAR CONDE - BAR DE CAO - BAR DEL ALVEAR PALACE HOTEL - BAR EL COLONIAL - BAR DEL GLORIAS - BAR IBERIA - BAR 9 DE JULIO - BAR OLIMPO - BAR OVIEDO - BAR PORTUARIO - BAR PLAZA DORREGO - BAR QUINTINO - BAR SEDDON - BAR SUR - BAR VÍA 71 - BOCA A BOCA BAR - BOSTON CITY - CABILDO DE BUENOS AIRES - CAFÉ CORTÁZAR - CAFÉ DE GARCÍA - CAFÉ DE LA U - CAFÉ DE LOS ANGELITOS - CAFÉ MARGOT - CAFÉ RIVAS - CAFÉ ROMA - CAFÉ SAN BERNARDO - CAFÉ TABAC - CAFÉ THIBON - CAFÉ TORTONI - CELTA BAR - CLARIDGES BAR - CLÁSICA Y MODERNA - CONFITERÍA LA IDEAL - CONFITERÍA EL GRECO - CONFITERÍA SAINT MORITZ - DON JUAN BAR - EL BANDERÍN - EL BOLICHE DE ROBERTO - EL BUZÓN - EL COLECCIONISTA - EL ESTAÑO 1880 - EL FARO - EL FEDERAL - EL GATO NEGRO - EL HIPOPÓTAMO - EL PROGRESO - EL QUERANDÍ - EL SÍMBOLO - EL TOKIO - EL VIEJO BUZÓN - ESQUINA HOMERO MANZI - FLORIDA GARDEN - HOTEL SAVOY / BAR IMPERIO - JOSEPHINA'S CAFÉ - LA ACADEMIA - LA BIELA - LA BUENA MEDIDA - LA ESCUELA - LA FARMACIA - LA FLOR DE BARRACAS - LA GIRALDA - LA ÓPERA - LA ORQUÍDEA - LA PERLA - LA POESÍA - LA PUERTO RICO - LAS VIOLETAS - LE CARAVELLE - LONDON CITY - LOS 36 BILLARES - LOS GALGOS - LOS LAURELES - MAR AZUL - MIRAMAR - MONTECARLO BAR Y DESPENSA - MUSEO FOTOGRÁFICO SIMIK - OCHO ESQUINAS - PAULIN - PETIT COLÓN - PLAZA BAR - PLAZA CAFÉ - ROMA DEL ABASTO - STYLO CAFÉ - THE NEW BRIGHTON - VARELA VARELITA - WATSONS
Publicación:
19/03/2026
Sanción:
04/03/2026
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: Las Leyes 35, 5.213 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764) y su
modificatoria Ley 6.851; el Expediente Electrónico EX-2026-10257840-GCABA-
DGPMYCH; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 6.684 y su modificatoria se aprobó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha norma;
Que el artículo 24 de la mencionada Ley establece los objetivos del Ministerio de
Cultura, entre los que se encuentran diseñar e implementar políticas tendientes a
preservar y acrecentar el acervo cultural y promover las actividades culturales de
interés;
Que el artículo 1° de la Ley 5.213 establece un Régimen de Promoción para los Cafés,
Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires, disponiendo en
su artículo 4° inciso a) que quienes pretendan acceder al régimen deben acreditar ante
la Autoridad de Aplicación "estar catalogados como Café, Bar, Billar o Confitería
Notable en el marco de la Ley 35", entre otros requisitos;
Que el artículo 2° de la citada Ley dispone que la Autoridad de Aplicación del
mencionado régimen es el Ministerio de Cultura;
Que el artículo 6° inciso a) de la Ley 35 establece que, dentro de los objetivos
permanentes de la Comisión de Protección y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y
Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra "la elaboración y
actualización de un Catálogo de Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables en el
ámbito de la Ciudad...";
Que mediante Acta N.° 184 de fecha 3 de diciembre de 2025, la Comisión mencionada
elaboró el Catálogo de Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de
Buenos Aires consolidado 2025;
Que resulta necesario convalidar el catálogo elaborado y actualizado de los Cafés,
Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires, que obra como
IF-2026-10309967-GCABA-DGPMYCH.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convalidar el Catálogo de Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de
la Ciudad de Buenos Aires consolidado 2025, elaborado por la Comisión de Protección
y Promoción de los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de
Buenos Aires, conforme lo establecido en la Ley 35 y a los fines de la Ley 5.213, el
cual, como Anexo identificado como IF-2026-10314379-GCABA-DGPMYCH, forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Pase para su conocimiento a la Dirección General de Patrimonio, Museos y Casco
Histórico, la cual comunicará la presente a la Subsecretaría de Patrimonio y Desarrollo
Cultural dependiente de este Ministerio. Cumplido, archívar. Ricardes