DISPOSICIÓN 9 2026 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
DISPONE IMPLEMENTACIÓN - FERIAS ADMINISTRATIVAS - 19 - 20 Y 21 MAYO 2026 - 25 - 26 Y 27 AGOSTO 2026 - 17 - 18 Y 19 NOVIEMBRE 2026 - VEINTE DEFENSORÍAS ZONALES - DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicación:
24/04/2026
Sanción:
21/04/2026
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO: La Ley nacional 26.061, la Ley 114, la Resolución 1.798/CDNNYA/25, las
Disposiciones 3/DGPDES/24, 45/DGPDES/24 y 49/DGPDES/24, el Expediente EX-
2026-18750072-GCABA-DGPDES, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las funciones que le
incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y
protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, el cual goza de autonomía
técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que por el artículo 60 de la Ley 114 se crearon las Defensorías Zonales como
organismos descentralizados de este Consejo, las que en la actualidad ascienden a
veinte (20) y se encuentran distribuidas en las distintas Comunas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 1° de la Resolución 1.798/CDNNYA/25 se aprobó la nueva
estructura organizativa de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, al tiempo que se establecieron las responsabilidades primarias y
descripción de acciones de las Autoridades Superiores;
Que de acuerdo a las responsabilidades primarias atinentes a esta Dirección General
se encuentra, entre otras, la de coordinar y supervisar la gestión de las unidades de
organización descentralizadas y producir información sobre los programas, actividades
y servicios a su cargo;
Que, desde esta Dirección General, se considera necesaria la implementación de
ferias administrativas, a fin de actualizar la información y realizar un relevamiento
integral de todas las intervenciones, con el objeto de optimizar y agilizar el desempeño
de los Equipos Técnicos;
Que las ferias administrativas tienen por finalidad fortalecer la implementación del
Manual de Procedimientos de Actuación de las Defensorías Zonales, aprobado
mediante Disposición 49/DGPDES/24; del "Circuito de gestión de solicitudes de
intervención y respuesta", aprobado por la Disposición 3/DGPDES/24; y del "Esquema
de Carpetas de las Defensorías Zonales en el Servidor del Consejo de los Derechos
de Niñas, Niños y Adolescentes" y el plan "Digitalización Legajos Defensorías
Zonales", aprobados por Disposición 45/DGPDES/24, todos ellos de esta Dirección
General;
Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo por el que se disponga la implementación de ferias administrativas en
las veinte (20) Defensorías Zonales dependientes de esta Dirección General de
Programas Descentralizados del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, para los días 19, 20 y 21 (inclusive) de mayo de 2026; 25, 26 y 27
(inclusive) de agosto de 2026 y 17, 18 y 19 (inclusive) de noviembre de 2026;
Que, sin perjuicio de ello, y en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley 114 y
la de Ley nacional 26.061, esta Dirección General no interrumpirá su intervención en la
atención de situaciones de vulneración de los derechos de niñas, niños y
adolescentes, debiendo cada Defensoría Zonal garantizar una guardia de atención
suficiente;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa tomó intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Resolución
1.605/CDNNYA/25,
Artículo 1°.- Disponer la implementación de ferias administrativas para los días 19, 20
y 21 (inclusive) de mayo de 2026; 25, 26 y 27 (inclusive) de agosto de 2026 y 17, 18 y
19 (inclusive) de noviembre de 2026, en las veinte (20) Defensorías Zonales
dependientes de esta Dirección General de Programas Descentralizados del Consejo
de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, conforme los lineamientos que obran
en el Anexo IF-2026-18764595-GCABA-DGPDES que forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Comunicar a la Dirección Operativa de Coordinación Ejecutiva -
Presidencia, a la Unidad de Auditoría Interna, a la Mesa de Entradas, a la
Vicepresidencia y a las Direcciones Generales de este Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de que informen a sus respectivas dependencias la
feria administrativa dispuesta, correspondiendo a esta Dirección General de
Programas Descentralizados su implementación.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial. Comunicar a la Dirección Operativa Jurídica
de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa del organismo, a fin de
notificar a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al
Ministerio Público Tutelar, al Ministerio Público Fiscal, al Ministerio Público de la
Defensa de la Nación. Pase a esta Dirección General de Programas Descentralizados
para comunicar a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, a la Cámara de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Tributario y de Relaciones de Consumo,
y por su intermedio, a todas las dependencias y juzgados bajo su órbita y notificar a la
Oficina de Violencia Doméstica, dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la
Nación. Durval Segovia