DECRETO 1029 1994

Síntesis:

APRUEBA LA PROPUESTA DE INTERVENCIÓN EN LA NORMATIVA DE LA MUNICIPALIDAD PARA LA ACCESIBILIDAD AL MEDIO FÍSICO DE PERSONAS CON MOVILIDAD Y COMUNICACIÓN REDUCIDA Y CREA UNA COMISIÓN PARA LA ELABORACIÓN DE UN PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LOS CÓDIGOS DE LA EDIFICACIÓN, PLANEAMIENTO URBANO Y HABILITACIONES Y VERIFICACIONES

Publicación:

Sanción:

30/06/1994

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto la ley N° 24.314 y el decreto 236-PEN-94, como asimismo el expediente N° 49.490 y

CONSIDERANDO:

Que la inserción de los discapacitados en la vida social es una de las prioridades de la política desarrollada, tanto en el nivel nacional como en el municipal;

Que, en tal sentido, se sancionó la ley N° 24.314, modificatoria de la ley N° 22.431, estableciendo la “prioridad de la supresión de las barreras físicas en los ámbitos urbanos, arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida”;

Que la mencionada ley, en su artículo 2°, prevé la agregación al artículo 28 de la Ley N° 22.431, de un párrafo por el que se fija un plazo máximo de 3 años para la ejecución total de las adecuaciones previstas en la misma;

Que el decreto N° 236-PEN-94 declara el año 1994 como el “ Año de la Plena Integración para las Personas con Discapacidad”, delegando en la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas la confección de un Plan de Acción;

Que dicho plan, de acuerdo con los considerandos del decreto de marras, debía “ estar encaminado a procurar a las personas con discapacidad una realización independiente y su plena integración en la vida social y económica de la comunidad, mediante la adopción de medidas eficaces y concretas inspiradas en los principios de universalidad, normalización y democratización explicitadas en la Declaración de Cartagena de Indias sobre Políticas Integrales para personas con discapacidad”;

Que, asimismo, en su artículo 3° se previó la colaboración en la formulación del plan y la ejecución del mismo por parte de esta Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en el plan de acción elaborado se contempla, por parte de este Departamento Ejecutivo, “la gestión necesaria para la incorporación de normas de accesibilidad al Código de Edificación de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires”;

Que el Centro de Investigación Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y en el Transporte - CIBAUT-, dependiente de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires elevó una propuesta de intervención en la normativa de la MCBA, específicamente en los Códigos de Planeamiento Urbano, de Edificación y de Habilitaciones y Verificaciones;

Que el mismo prevé las normas a modificar en los citados cuerpos normativos y las directivas que deben guiar tales cambios, lo cual requiere la concreción técnica y jurídica de los mismos por parte de esta Comuna;

Que el plazo de estudio de las mencionadas modificaciones debe adecuarse a las particularidades de los referidos códigos, que configuran un sistema de normas y en cuanto tal, debe ser considerado orgánicamente, lo cual torna necesario una rediagramación total de los mismos;

Que por ello resulta procedente la formación de una Comisión en la que participen los organismos municipales competentes, a fin de que en un plazo improrrogable de 30 días, presenten el proyecto de ordenanza modificatoria de los Códigos citados;

Que por ello, en ejercicio de las atribuciones que le confiere los artículos 2° incisos “a”, “d”, “h” y “k”, y 31 inciso “d” de la Ley Orgánica Municipal.

EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:

Art. 1°.- Apruébase la “Propuesta de Intervención en la Normativa de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires para la Accesibilidad al Medio Físico de Personas con Movilidad y Comunicación Reducida”, elaborada por el Centro de Investigación Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y en el Transporte -CIBAUT-, dependiente de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires, conjuntamente con la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas, que como anexo 1 forma parte del presente.

Art. 2°.- Créase una Comisión integrada por el señor Subsecretario de Desarrollo Urbano, el Subsecretario de Inspección General y por representantes de los organismos indicados en el artículo anterior, cuyo objeto será la elaboración de un proyecto de modificación a los Códigos de la Edificación, de Planeamiento Urbano y de Habilitaciones y Verificaciones, que contemple la introducción de las modificaciones propuestas en el documento que integra este Decreto como Anexo I, las que serán elevadas para su aprobación al Honorable Concejo Deliberante.

Art. 3°. - La Comisión creada en el artículo 2° deberá cumplir con su cometido dentro del plazo de treinta (30) días a partir de la fecha del presente.

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente y de Gobierno.

Art. 5°.- Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a los organismos indicados en el artículo 1° y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente y a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano.



Se informa a los interesados que podrán consultar la documentación en el Departamento Mesa de Entradas de la Subsecretaría Legal y Técnica, sita en Avenida de Mayo 525 - 4° piso - Oficina 422 - Horario 10 a 18.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Dto. 1184-95 inserta parte de los resultados del trabajo encarado por la Comisión creada por Decreto N 1029-94, en la Reglamentación de la Ord. 47818 - sobre acceso de personas con necesidades especiales a edificios en obra nueva
REFERENCIA
Art. 2 del Dto. 1029-94 crea una Comisión para la elaboración de un proyecto de modificación al CPU - Ord. 33387- con respecto a la supresión de las barreras físicas para personas con necesidades especiales
INTEGRA
Dto. 1029-94 implementa la prioridad de la supresión de las barreras físicas establecidas por la Ley Nac. 24314
INTEGRA
Decreto 1029-94 colabora en el Plan de Acción, según lo previsto en Art. 3 del Dto. Nac. 236-94