RESOLUCIÓN 633 2026 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 4471-MEGC-17 Y SU MODIFICATORIA 1548-MEIGC-19 -  APRUEBA LINEAMIENTOS - IMPLEMENTACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES DE NIVEL SECUNDARIO - MODALIDAD TÉCNICO PROFESIONAL - MINISTERIO DE EDUCACION - EDUCACIÓN SUPERIOR - FORMACIÓN PROFESIONAL

Publicación:

15/05/2026

Sanción:

08/05/2026

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional de

Educación Técnico Profesional 26.058, la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley

6.764) y su modificatoria 6.851, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las

Resoluciones del Consejo Federal de Educación 47/08 y 229/14, las Resoluciones

4.471/MEGC/17 y su modificatoria 1.548/MEIGC/19, 1.602/MEDGC/24 y

2.339/MEDGC/24, el Expediente EX-2026-20834938-GCABA-DGEGE, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que la Ley 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por

los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha Ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando bajo la órbita del

Ministerio de Educación a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje;

Que dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Gestión del

Aprendizaje se encuentra la de diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos

de la optimización de las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en

pos de mejorar la calidad educativa;

Que bajo la dependencia de la citada Subsecretaría se encuentra la Dirección General

Educación de Gestión Estatal, la cual posee entre sus responsabilidades primarias la

de implementar y llevar a cabo las políticas y programas educativos de todas las

áreas, niveles y modalidades de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los

aspectos pedagógicos y administrativos, en función de la política educativa de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley nacional 26.058 regula la Educación Técnico Profesional en el nivel medio

y superior no universitario del Sistema Educativo Nacional y la Formación Profesional;

Que mediante la citada norma se busca desarrollar oportunidades de formación

específica propia de la profesión u ocupación abordada y Prácticas Profesionalizantes

dentro del campo ocupacional elegido, y específicamente en el nivel medio y superior

no universitario, busca desarrollar trayectorias de profesionalización que garanticen a

los alumnos y alumnas el acceso a una base de capacidades profesionales y saberes;

Que asimismo, establece que las jurisdicciones deberán articular los mecanismos y

acciones para la implementación de las mencionadas prácticas, autorizando a tal fin, la

celebración de convenios con distintas entidades sean del sector público o privado, así

como Organizaciones No Gubernamentales, civiles, empresas, entre otros;

Que por la Resolución del Consejo Federal de Educación 47/08 se aprobó el

documento "Lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular de la

educación técnico profesional correspondiente a la educación secundaria y la

educación superior";

Que la mencionada Resolución define a las Prácticas Profesionalizantes como

aquellas estrategias y actividades formativas que, como parte de la propuesta

curricular, tienen como propósito que los estudiantes consoliden, integren y/o amplíen

las capacidades y saberes que se corresponden con el perfil profesional en el que se

están formando;

Que la Resolución del Consejo Federal de Educación 229/14 aprobó el Documento

"Criterios federales para la organización institucional y lineamientos curriculares de la

educación técnico profesional de nivel secundario y superior":

Que la precitada normativa establece que las Prácticas Profesionalizantes se orientan

a producir una vinculación sustantiva entre la formación académica y los

requerimientos emergentes de los sectores científico, tecnológico y socio-productivos,

propiciando una articulación entre los saberes escolares y los requerimientos de los

diferentes ámbitos extraescolares;

Que oportunamente se aprobaron los Diseños Curriculares Jurisdiccionales del

Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario,

correspondiente a cada especialidad;

Que en los precitados Diseños Curriculares Jurisdiccionales diurnos del Segundo Ciclo

de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, se ha receptado a las

prácticas profesionalizantes como un espacio curricular correspondiente al tercer (3er)

y/o cuarto (4to) año del Segundo ciclo;

Que por la Resolución 4.471/MEGC/17 y su modificatoria 1.548/MEIGC/19 se aprobó

la implementación de las Prácticas Profesionalizantes para todos los alumnos de

escuelas de Educación Técnica de gestión estatal dependientes de la Dirección de

Educación Técnica de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y de

establecimientos de educación de gestión privada supervisados por la Dirección

General de Educación de Gestión Privada, de conformidad con los lineamientos

detallados en el Anexo I, aprobándose asimismo el Acta Acuerdo para la realización

de dichas Prácticas Profesionalizantes de acuerdo al Anexo II;

Que posteriormente, por la Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó en el ámbito de

esta jurisdicción, el Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el que tiene como

objetivo la mejora de los aprendizajes para niños, adolescentes y adultos;

Que el referido Plan propone como eje central y prioritario de los próximos años, la

mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente

que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por

lo que se requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la

comunidad educativa en su conjunto;

Que asimismo, resulta un objetivo general de dicho Plan, garantizar que todos los

niños, niñas, jóvenes y adultos logren los aprendizajes necesarios para desarrollar su

máximo potencial velando por su bienestar socioemocional y creando experiencias

significativas para su vida;

Que mediante Resolución 2.339/MEDGC/24 se aprobó la política educativa

"Secundaria Aprende", la cual busca promover formatos y prácticas que fortalezcan el

vínculo de los establecimientos educativos con las situaciones de vida de los

estudiantes, y que reconfiguren el uso del tiempo y espacio escolar, ampliando las

estrategias de enseñanza, para lograr el acceso a saberes significativos y el desarrollo

de capacidades;

Que en función de la experiencia obtenida en la implementación de las Prácticas

Profesionalizantes y atento a los múltiples cambios culturales y tecnológicos

suscitados en el último tiempo, es menester promover una implementación flexible y

diversificada adecuando los formatos, tiempos y espacios en donde se desarrollan las

Prácticas Profesionalizantes a través de propuestas que dialoguen con los intereses

de los estudiantes;

Que en línea con ello, resulta oportuno efectuar los ajustes necesarios a fin de que las

Prácticas Profesionalizantes se adecúen a los formatos y dinámicas que propone la

política educativa "Secundaria Aprende";

Que atento a lo expuesto, deviene oportuno dejar sin efecto la Resolución

4.471/MEGC/17 y su modificatoria 1.548/MEIGC/19 y aprobar los "Lineamientos para

la implementación de las Prácticas Profesionalizantes de Nivel Secundario de la

modalidad Técnico Profesional", de conformidad con el Anexo I (IF-2026-20839230-

GCABA-DGEGE);

Que asimismo, se propicia encomendar a las Subsecretaría Gestión del Aprendizaje y

a la Dirección General Educación de Gestión Privada el dictado de los actos que

resulten necesarios para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución;

Que las Subsecretarías Gestión de Aprendizaje y Planeamiento e Innovación

Educativa, las Direcciones Generales Educación Gestión Estatal y Educación de

Gestión Privada, las Direcciones Coordinación de Nivel Secundario y Educación

Técnica y la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos han tomado

intervención en el marco de sus respectivas competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Por ello y en el uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 4.471/MEGC/17 y su modificatoria

1.548/MEIGC/19.

Artículo 2°.- Aprobar los "Lineamientos para la implementación de las Prácticas

Profesionalizantes de Nivel Secundario de la modalidad Técnico Profesional" conforme

Anexo I (IF-2026-20839230-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Encomendar a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje y a la Dirección

General Educación de Gestión Privada el dictado de los actos que resulten necesarios

para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a

las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal y Educación Gestión Privada,

y a las Direcciones Coordinación de Nivel Secundario y Educación Técnica. Cumplido,

archivar. Miguel


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7367

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2 de la Resolución 633/MEDGC/26 aprueba los Lineamientos para la implementación de las Prácticas Profesionalizantes de Nivel Secundario de la modalidad Técnico Profesional, en el marco de la Ley 26058.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 633-MEDGC-26 deja sin efecto la Resolución 4.471/MEGC/17 y su modificatoria<br />1548/MEIGC/19.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 633-MEDGC-26 deja sin efecto la Resolución 4.471/MEGC/17 y su modificatoria<br />1548/MEIGC/19.</p>