RESOLUCIÓN 101 2026 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

VIGENCIA A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL - APRUEBA - PLAN DE MODERNIZACIÓN - SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN AUTOMÓVILES DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - TAXIS - IDONEIDAD TÉCNICA DE VEHÍCULOS - ESTÁNDARES DE SEGURIDAD - HABILITACIÓN DE UNIDADES - DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS - . IDENTIFICACIÓN - REQUISITO DE PORTAR LA OBLEA IDENTIFICATORIA EN EL PARABRISAS DEL VEHÍCULO - LIBERTAD DE TURNOS - VESTIMENTA - ROPA DE CONDUCTORES - CAMISA - CALZADO - TRANSFERENCIAS - FLEXIBILIZACIÓN

Publicación:

27/05/2026

Sanción:

21/05/2026

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: Las Leyes 2.148 y 6.684, los Decretos 387/23 y 282/25, las Resoluciones

438/MIGC/25 y 1/SECT/26, el Expediente EX-2026-23986839-GCABA-DGGSM, y

CONSIDERANDO:

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires posee la facultad exclusiva de regular y

controlar el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Automóviles de Alquiler

con Taxímetro, con el objeto de promover la seguridad de los usuarios, la calidad del

servicio y la eficiencia del sistema de movilidad urbana;

Que, en este sentido, el Título Décimo Segundo del Código de Tránsito y Transporte,

aprobado por la Ley 2.148, establece las condiciones técnicas y de diseño que deben

cumplimentar los vehículos afectados al referido servicio para asegurar estándares

óptimos de confort y habitabilidad;

Que la evolución del mercado automotriz hacia diseños más eficientes, la

incorporación de nuevas tecnologías de propulsión y la diversidad de configuraciones

de espacio exigen una actualización normativa, permitiendo que los licenciatarios

accedan a vehículos modernos y seguros que se ajusten a la realidad productiva

actual;

Que, en ese orden, resulta oportuno extender los criterios de flexibilidad fijados para el

mentado Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con

Taxímetro mediante la Resolución 1/SECT/26; reconociendo que la idoneidad técnica

de un vehículo debe evaluarse en función de sus estándares de seguridad activa y

pasiva, permitiendo la habilitación de unidades con diversas capacidades de plazas y

compartimientos de carga;

Que, por su parte, la transformación digital del Estado permite reemplazar soportes

físicos por formatos electrónicos, promoviendo la digitalización de la documentación

habilitante para conductores y apoderados, lo que dota al sistema de mayor agilidad,

reduce costos operativos y mejora la fiscalización en tiempo real;

Que la modernización del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles

de Alquiler con Taxímetro requiere dotar de mayor libertad operativa a los prestadores,

permitiéndoles definir sus horarios de operación y eliminando señaléticas físicas

obsoletas, fomentando así una coexistencia armónica de las distintas actividades de

transporte bajo estándares de seguridad y cargas administrativas similares;

Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene como eje central

promover acciones que faciliten la actividad ciudadana mediante la implementación de

procesos de simplificación administrativa y remoción de barreras burocráticas, a los

efectos de brindar respuestas eficaces, efectivas y transparentes a los diversos

requerimientos que se llevan adelante en el ámbito de la Ciudad;

Que, al efecto, corresponde actualizar ciertas condiciones vigentes para la prestación

del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con

Taxímetro;

Que la Ley 6.684 estableció los Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires contemplando al Ministerio de Movilidad e Infraestructura;

Que el Decreto 387/23 aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaría de

Transporte dependiente del Ministerio de Movilidad e Infraestructura;

Que, mediante el Decreto 282/25, se designó al Ministerio de Infraestructura (o el

organismo que en un futuro lo reemplace) como Autoridad de Aplicación del Código de

Tránsito y Transporte;

Que la Resolución 438/MIGC/25 facultó a la Secretaría de Transporte, en el marco de

sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades

conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1 del Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por la Ley 2.148;

Que el citado Decreto 387/23 establece que la Secretaría de Transporte debe

entender en la planificación, diseño, y regulación referidos de los regímenes de

otorgamiento de la habilitación de transportes, vehículos y conductores;

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que establezca nuevas

condiciones para la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en

Automóviles de Alquiler con Taxímetro, las que se orientan a una simplificación

administrativa y a continuar con la remoción de barreras burocráticas, conforme los

principios de mejora regulatoria.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Modernización del Servicio Público de Transporte de

Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro, que como Anexo (IF-2026-

24276911-GCABA-SECT), forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- La presente medida tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su

publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

comunicar a la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad y a la Dirección

General Gestión de Servicios de Movilidad, a las Entidades Gremiales y Gremio

Empresarias del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro y al Ente

Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archivar. Krantzer


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7374

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1º de la Resolución 101/SECT/26 aprueba el Plan de Modernización del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro, complementando el Título Décimo Segundo del Código de Tránsito y Transporte, aprobado por la Ley 2.148.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 101/SECT/26 aprueba el Plan de Modernización del Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro extendiendo los criterios de flexibilidad fijados mediante la Resolución 1/SECT/26.</p>