RESOLUCIÓN 354 2026 MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO E HIGIENE URBANA

Síntesis:

APRUEBA - CUESTIONES TÉCNICO-OPERATIVAS - OBRAS DE APERTURA EN LA VÍA PÚBLICA - ABROGA RESOLUCIÓN 459-MEPHUGC-24 - MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO E HIGIENE URBANA

Publicación:

03/06/2026

Sanción:

01/06/2026

Organismo:

MINISTERIO DE ESPACIO PUBLICO E HIGIENE URBANA


VISTO: Las Leyes 473, 5.901 y 6.684, los Decretos 81/18 y 387/23, la Resolución

459/MEPHUGC/24, el Expediente EX-2026-24495545-GCABA-DGPCIURB, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley 5.901 se aprobó la Ley de Aperturas y/o Roturas en la Vía

Pública y se designó como autoridad de aplicación al entonces Ministerio de Ambiente

y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, actual

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;

Que a través del Decreto 81/18 se aprobó la reglamentación de la citada ley y se

facultó al entonces Ministerio de Ambiente y Espacio Público o al que en un futuro lo

reemplace a dictar todos los actos interpretativos, aclaratorios y complementarios, así

como las cuestiones técnico-operativas que fueran necesarias;

Que por la Ley 473 se creó el Ente de Mantenimiento Urbano Integral con carácter de

ente descentralizado, teniendo entre sus objetivos la dirección, administración y

ejecución de los Servicios Públicos de Mantenimiento Urbano Integral en el ámbito de

la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Ley 6.684 estableció los Ministerios que forman parte del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 10 de diciembre de 2023, incluyendo

entre ellos, al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana con competencia para

entender en lo relativo a la intervención del espacio público y regular, coordinar y

supervisar su uso por parte de terceros, en coordinación con las áreas competentes,

resultando continuador en tales funciones del ex Ministerio de Ambiente y Espacio

Público;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creando la Secretaría de

Mantenimiento Urbano bajo la órbita del Ministerio de Espacio Público e Higiene

Urbana;

Que, el mencionado Decreto estableció como responsabilidad primaria de la

Secretaría de Mantenimiento Urbano "Entender en la gestión y el mantenimiento

integral del espacio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluidos, la

vereda, la calzada, el sistema de la red pluvial, los lagos y lagunas y el alumbrado

público, en coordinación con las áreas de gobierno pertinentes";

Que, a su vez, contempla a la Subsecretaría de Mantenimiento como dependiente de

la Secretaría de Mantenimiento Urbano;

Que, por su parte, se contempla a la Dirección General de Planificación y

Coordinación de Intervenciones Urbanas, dependiente de la Secretaría de

Mantenimiento Urbano, y a la Dirección General de Obras en Vías Peatonales, bajo la

órbita de la Subsecretaría de Mantenimiento, ambas pertenecientes a la estructura

organizativa del citado ministerio;

Que, asimismo, el citado decreto contempla al Ente de Mantenimiento Urbano Integral

como órgano fuera de nivel dentro de la órbita de la Subsecretaría de Mantenimiento;

Que, a través de la Resolución 459/MEPHUGC/24 se aprobaron las cuestiones

técnico-operativas en materia de obras de aperturas en la vía pública;

Que la Dirección General de Planificación y Coordinación de Intervenciones Urbanas,

la Dirección General de Obras en Vías Peatonales y el Ente de Mantenimiento Urbano

Integral han manifestado la necesidad de actualizar la mencionada Resolución, de

conformidad con las nuevas misiones y funciones asignadas y con el fin de regular y

optimizar ciertos procesos internos;

Que, a su término, la Subsecretaría de Mantenimiento y la Secretaría de

Mantenimiento Urbano han prestado conformidad;

Que, en ese marco, resulta indispensable el dictado de la presente medida para

adecuar las cuestiones técnico-operativas en materia de aperturas y/o roturas en la vía

pública de conformidad con las misiones y funciones encomendadas a la Secretaría de

Mantenimiento Urbano y a las dependencias a su cargo;

Que el dictado de la presente amerita la abrogación de la Resolución

459/MEPHUGC/24;

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal.

Por ello, y conforme las facultades que le son propias,

EL MINISTRO

DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las cuestiones técnico-operativas en materia de obras de apertura

en la vía pública como Anexos I (IF-2026-25546782-GCABA-SECMU), II (IF-2026-

25554114-GCABA-SECMU), III (IF-2026-25555016-GCABA-SECMU), IV (IF-2026-

25556199-GCABA-SECMU), V (IF-2026-25558270-GCABA-SECMU), VI (IF-2026-

25559106-GCABA-SECMU), VII (IF-2026-25560073-GCABA-SECMU), VIII (IF-2026-

25561449-GCABA-SECMU), IX (IF-2026-25562510-GCABA-SECMU) y X (IF-2026-

25562795-GCABA-SECMU), que a todos sus efectos forman parte de la presente.

Artículo 2°.- Abrogar la Resolución 459/MEPHUGC/24.

Artículo 3°.- Facultar a la Secretaría de Mantenimiento Urbano y bajo su órbita a la

Subsecretaría de Mantenimiento, en el marco de sus competencias, al dictado de los

actos que fueran necesarios para la aplicación de los procedimientos previstos en la

presente.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Secretaría de Mantenimiento Urbano y a la Subsecretaría de Mantenimiento de este

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. Cumplido, archivar. Baistrocchi


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 2

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 3

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 4

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379ANEXO 5

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 6

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 7

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 8

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 9

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7379 ANEXO 10

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 354/MEPHUGC/26 aprueba las cuestiones técnico-operativas en materia de obras de apertura en la via pública, en el marco de la Ley 5901.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2° de la Resolución 354/MEPHUGC/26 abroga la Resolución 459/MEPHUGC/24.</p>