RESOLUCIÓN 707 2026 MINISTERIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - PERSONAL - CUERPO DE BOMBEROS - PROCEDIMIENTO PARA LA CALIFICACIÓN DE LOS EVENTOS QUE HAYAN DADO LUGAR A FALLECIMIENTO, LESIONES O ENFERMEDADES DEL PERSONAL CON ESTADO OFICIAL BOMBERO DEL CUERPO DE BOMBEROS - MINISTERIO DE SEGURIDAD

Publicación:

03/06/2026

Sanción:

28/05/2026

Organismo:

MINISTERIO DE SEGURIDAD


VISTO: La Ley N° 5.688, las Leyes N° 24.557 y N° 26.773, el Expediente EX-2026-

25393740-GCABA-DGTALMSE y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 del Sistema Integral de Seguridad Pública creó el Cuerpo de

Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y estableció las bases jurídicas

para su organización y funcionamiento;

Que el artículo 164 de la Ley N° 5.688, aplicable al personal con estado de bombero

de la Ciudad, regula la licencia por accidente de trabajo o enfermedad profesional,

consignando que se otorgará conforme las disposiciones de las Leyes N° 24.557 y N°

26.773 o las normas que en el futuro las reemplacen;

Que, en consecuencia, resulta necesario reglamentar el trámite mediante el cual se

solicita, otorga, registra y finaliza la licencia por accidente laboral o enfermedad

profesional del personal que integra el Cuerpo de Bomberos;

Que, por otro lado, los artículos concordantes de la misma Ley enumeran las causales

de retiro obligatorio del personal con estado de bombero, distinguiendo los supuestos

en que el retiro se otorga por incapacidad o inutilización por enfermedad contraída o

agravada o por accidente producido "en y por acto de servicio" o "en servicio";

Que asimismo, el cuerpo normativo establece los beneficios de pensión y subsidios

correspondientes a los derechohabientes en los supuestos de fallecimiento o

incapacidad total de personal en actividad a consecuencia de un evento calificado "en

y por acto de servicio";

Que, por tales motivos, es necesario establecer un procedimiento claro mediante el

cual se califiquen los eventos que involucran al personal de bomberos que resulte

lesionado, o la ocurrencia de enfermedades laborales, a los efectos de determinar los

beneficios previsionales o de subsidios que correspondan al damnificado o a sus

derechohabientes;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el "Procedimiento de denuncia de accidente o enfermedad

laboral" para el personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, que como Anexo I (IF-2026-25429811-GCABA-DGTALMSE) forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar el "Procedimiento para la calificación de los eventos que hayan

dado lugar a fallecimiento, lesiones o enfermedades del personal con estado oficial

bombero del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que

como Anexo II (IF-2026-25430177-GCABA-DGTALMSE) forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaria de Coordinación, a la

Subsecretaria de Emergencias, a la Jefatura del Cuerpo de Bomberos, a la

Subsecretaría de Recursos Humanos, a la Obra Social del Personal de Seguridad

Pública CABA -OSPESE y a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policia

Federal. Cumplido, archivar. Giménez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7379

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7379

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución 707/MSEGC/26 aprueba el Procedimiento de denuncia de accidente o enfermedad laboral para el personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Ley 24.557.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución 707/MSEGC/26 aprueba el Procedimiento de denuncia de accidente o enfermedad laboral para el personal del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por la Ley 5.688.</p>