DISPOSICIÓN 6 2006 DIRECCIÓN GENERAL DE LA JUVENTUD

Síntesis:

APRUEBA DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA ACTIVIDAD FORMACIÓN DE PROMOTORES DE SALUD JOVEN - PROGRAMA SALUD JOVEN

Publicación:

26/05/2006

Sanción:

10/05/2006

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE LA JUVENTUD


Visto la Ley N° 1.857 (B.O.C.B.A. N° 2354), el Decreto N° 478/06 y las Disposiciones Nros. 24 y 35-DGJ/05 (B.O.C.B.A. Nros. 2313 y 2335), y

CONSIDERANDO:

Que es competencia de la Dirección General de la Juventud dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, el fomento e implementación de políticas públicas destinadas a la población joven de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en este marco, la ejecución de los programas a ella asignados;

Que la Ley de Presupuesto de la Administración para el Ejercicio 2006, citada en el Visto, ha incluido al programa Salud Joven identificado como Servicio Público Primario N° 53 de la Jurisdicción N° 45, entre los correspondientes a esta unidad ejecutora y dentro de éste, a dos actividades, las Nros. 6 y 7 de sensibilización, capacitación y formación, y otorgamiento de subsidios a promotores de salud joven, respectivamente, asignándole los recursos presupuestarios para su funcionamiento;

Que por el decreto citado en el visto se ha creado y reglamentado el programa Salud Joven antes citado, estableciendo el marco de ejecución, sus objetivos, líneas de acción y el reglamento aplicable al mismo y, especialmente, en lo atinente a la actividad del curso de formación de promotores de la salud joven;

Que resulta entonces necesario y oportuno disponer las medidas administrativas para implementar dicha actividad durante el presente ejercicio, teniendo en consideración, además, que por la disposiciones citadas en el visto se implementó la modalidad de ejecución para el año 2005, que en razón de la ampliación de los recursos presupuestarios y de la evaluación de resultados del programa, resulta necesario adecuar;

Por ello, y en ejercicio de facultades que les son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA JUVENTUD

DISPONE:

Artículo 1° - Apruébase la documentación relativa a la actividad Formación de Promotores de Salud Joven en el marco del programa Salud Joven, que como Anexo I Modalidad de Ejecución 2006, Anexo II Cronograma 2006, Anexo III Instructivo para presentación de postulantes 2006, Anexo IV Ficha de Inscripción, Anexo V Carta Modelo de Presentación y Anexo VI Evaluación de Postulantes, corren agregados en siete (7) fojas y que forman parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Establécese que las organizaciones u organismos que postulen jóvenes para ser beneficiarios/as del Curso de Formación de Promotores de Salud Joven, deberán ser invitadas a anotarse en la Base de Datos de Organizaciones Juveniles implementada por Disposición N° 19-DGJ/04 (B.O.C.B.A. N° 2025).

Artículo 3° - Déjanse sin efecto los Anexos III, IV, V y VI de la Disposición N° 24-DGJ/05 y los Anexos II y III de la Disposición N° 35-DGJ/05.

Artículo 4° - Intégrase el Comité de Evaluación conformado por la Disposición N° 35-DGJ/05, con las funciones allí indicadas, por las siguientes personas: Lic. Santiago Sinopoli (F.N° 733.909), Sr. Adrián O. Cabana (F.N° 733.520), Srta. Marcela L. Ovejero (F.N° 737.122), Lic. Luciana Betti (F.N° 737.440), Lic. Samanta Schmidt (F.N° 392.696), Lic. Verónica Verger (F.N° 318.816), Lic. Ana L. Arévalo (F.N° 736.011), Lic. Lucía Copello (DNI 27.699.005), Srta. Verónica Magliocco (DNI 30.926.112), Srta. Fernanda Flores (DNI 28.166.008) y la Srta. Florencia Vulcano (DNI 26.497.767).

Artículo 5° - Déjase establecido que la asignación de tareas efectuadas a los agentes indicados en el artículo precedente no implicará erogación adicional alguna para esta unidad de organización.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese sin anexos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y previo a su archivo en esta Dirección General (Departamento Apoyo Administrativo), cúrsese copia a la Subsecretaría de Promoción e Integración Social y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales para conocimiento.

NOTA: los Anexos mencionados podrán ser consultados en la Sede Central de la Dirección General de la Juventud, Piedras 1277/81, 1° piso, Capital Federal, de lunes a viernes de 10 a 20 hs.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Disp. 6-06 deja sin efecto los Anexos III, IV, V y VI de la Disposición N° 24-DGJ-05
MODIFICA
Disp. 6-06 deja sin efecto los Anexos II y III de la Disp. 35-DGJ-05