DISPOSICIÓN 24 2005 DIRECCIÓN GENERAL DE LA JUVENTUD

Síntesis:

APRUEBA DOCUMENTACIÓN RELATIVA AL PROGRAMA SALUD JOVEN Y A LA ACTIVIDAD FORMACIÓN DE PROMOTORES DE SALUD JOVEN

Publicación:

08/11/2005

Sanción:

24/10/2005

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE LA JUVENTUD


Visto el artículo 40 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1.544 y el Expediente N° 14.522/05; y

CONSIDERANDO:

Que la normativa constitucional citada en el visto garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades, el goce de sus derechos a través de acciones positivas que promuevan su inserción social y el acceso a sistemas de cobertura social, entre otros aspectos no menos importantes;

Que es competencia de la Dirección General de la Juventud dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social el fomento e implementación de políticas públicas destinadas a la población joven de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en este marco, la ejecución de los programas a ella asignados;

Que resulta urgente y necesario determinar los procedimientos y acciones mínimos necesarios para llevar adelante la ejecución del programa Salud Joven, identificado como Servicio Público Primario N° 53, cuya Unidad Ejecutora es esta Dirección General, conforme surge de la ley de presupuesto para el presente ejercicio fiscal, toda vez que el mismo contiene nuevas actividades, entre ellas la formación de promotores de salud joven;

Que en consecuencia se torna indispensable determinar la modalidad de ejecución para el presente año, y asimismo implementar el cronograma de ejecución y determinar el programa de capacitación y acciones necesarias para concretar la formación de promotores previstas en el presupuesto vigente, todo ello, ínterin se normatiza el programa, tramitación que corre bajo el expediente citado en el visto;

Que a los efectos de merituar adecuadamente el diseño conceptual del programa, que concentra recursos dispersos con los que la Dirección General de la Juventud ya contaba e incorpora otros para potenciar su desarrollo, se incorpora como anexo el formulario de diseño presupuestario identificado con el N° 3-A, y conforme esta descripción del servicio público primario, sus metas físicas y asignación financiera aprobadas por ley de presupuesto se aprueban asimismo la modalidad de ejecución, cronograma, instructivo y formularios necesarios para su ejecución;

Que como consecuencia de lo manifestado, y hasta tanto se dicte el acto administrativo marco y reglamentario del programa, se torna urgente poner en funcionamiento la convocatoria y programación para el presente ejercicio fiscal, a fin de cumplimentar con los plazos mínimos e indispensables para una correcta ejecución;

Por ello, y en ejercicio de facultades que les son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA JUVENTUD

DISPONE:

Artículo 1° - Aprobar la documentación relativa al programa Salud Joven, Servicio Público Primario N° 53 a cargo de esta Dirección General de la Juventud (Unidad Ejecutora 475), que como Anexo I Descripción del Servicio Público Primario y Anexo II Modalidad de Ejecución 2005, corren agregados en cinco (5) fojas y que forman parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Aprobar la documentación relativa a la actividad Formación de Promotores de Salud Joven (PSJ) en el marco del programa Salud Joven, que como Anexo III Cronograma 2005, Anexo IV Instructivo 2005, Anexo V Formulario de Inscripción y Anexo VI Carta Modelo de Presentación, corren agregados en cuatro (4) fojas y que forman parte integrante de la presente.

Artículo 3° - Establecer que las organizaciones u organismos que postulen jóvenes para ser beneficiarios del Programa de Formación de Promotores de Salud Joven, deberán ser invitadas a anotarse en la Base de Datos de Organizaciones Juveniles implementada por Disposición N° 19-DGJ/04 (B.O.C.B.A. N° 2025).

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y previo a su archivo en esta Dirección General (Departamento Apoyo Administrativo), pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Promoción e Integración Social y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. Novoa Haidar

NOTA: los Anexos que forman parte integrante de la presente puede ser consultado en el Departamento Apoyo Administrativo, Piedras 1281, 1° piso, de lunes a viernes, de 10 a 15 horas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Disp. 35-DGJ-05 modifica parcialmente el Anexo II aprobado por Disp. 24-DGJ-05
RATIFICADA POR
Res. 1817-SDS-05 Ratifica la Disp. 24-DGJ-05
MODIFICADA POR
Disp. 6-06 deja sin efecto los Anexos III, IV, V y VI de la Disposición N° 24-DGJ-05
RATIFICADA POR
Art. 2 de la Res. 182-SSPEIS-06 Ratifica la Disposición N° 24-DGJ-05