RESOLUCIÓN 192 2006 MINISTERIO DE GOBIERNO

Síntesis:

REGLAMENTA EL TRÁMITE PARA LAS DENUNCIAS INGRESADAS EN EL MINISTERIO DE GOBIERNO

Publicación:

01/06/2006

Sanción:

16/05/2006

Organismo:

MINISTERIO DE GOBIERNO


Visto los Decretos Nros. 1.958/98 (B.O.C.B.A. N° 549 del día 14/10/98), 2.008/03 (B.O.C.B.A. N° 1818 del día 14/11/03), y las Resoluciones Nros. 1-SSD/99, 2-SSD/00, 1-SSEGU/05 y

18-SSCC/05, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.958/98 se dota a las Direcciones Generales de los Centros de Gestión y Participación del apoyo técnico que permite coordinar los servicios de administración desconcentrada, entre los que se encuentra el sistema de ventanilla única con el objeto de facilitar la participación social y comunitaria en el proceso de descentralización;

Que por Resolución N° 1-SSD/99 se pretende desconcentrar los servicios del área central a los efectos de dotar a los Centros de Gestión y Participación de herramientas que se traduzcan en mayores beneficios para los vecinos de la ciudad, otorgándoles la posibilidad de realizar tramitaciones y denuncias en las cercanías de sus hogares;

Que por Resolución N° 2-SSD/00 se establece la puesta en marcha del centro único de atención telefónica con el objetivo de recibir reclamos, denuncias y brindar orientación de todo tipo de trámites que se efectúen ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución N° 1-SSEGU/05, se crea el Registro de Denuncias a los fines de facilitar a los ciudadanos la realización de denuncias contra establecimientos no habilitados para desarrollar actividad de baile que igualmente desempeñan tal actividad;

Que hasta mediados de 2005, no existía en el ámbito de la entonces Secretaría de Seguridad - actual Ministerio de Gobierno - un sistema único e integrado que facilite tanto el ingreso como tratamiento de las denuncias que efectúan los ciudadanos u organismos oficiales en general;

Que las áreas dependientes de la Secretaría ut supra citada - hoy dependientes del Ministerio de Gobierno - desempeñan funciones de carácter especial y sustantivo, que a su vez derivan en tareas de alta complejidad ejecutiva que hacen aconsejable la instrumentación de un sistema de fácil acceso, que centralice todas las denuncias ingresadas con numeración correlativa y que otorgue confidencialidad tanto al denunciante como a la información relativa a la denuncia propiamente dicha, alentando la puesta en conocimiento de la administración de hechos que alteren el normal desarrollo de la gestión de gobierno;

Que en consecuencia, en agosto de 2005 se puso en funcionamiento en la entonces Secretaría de Seguridad - hoy Ministerio de Gobierno - un sistema informático de captación de denuncias vinculadas con las competencias propias de este Ministerio - el Sistema Único de Denuncias - permitiendo a todo interesado el ingreso de su denuncia a través de la página web del gobierno de la ciudad (www.buenosaires.gov.ar);

Que dicho sistema permite la concentración de las denuncias en un área determinada con el fin de poder darle a las mismas un tratamiento eficaz y eficiente. Se asigna a las denuncias una numeración correlativa y se garantiza tanto la confidencialidad del denunciante como de la información relativa a lo denunciado;

Que entre los objetivos perseguidos con la puesta en marcha del Sistema Único de Denuncias se incluyen poder contar con un registro único de ingreso, procesamiento, archivo y resguardo de la información en soporte electrónico de las denuncias efectuadas; establecer una vía rápida de contacto entre la ciudadanía y el Ministerio de Gobierno con el objeto de detectar irregularidades; prevenir situaciones de riesgo; promover la transparencia de la gestión posibilitando el control del denunciante respecto del proceso de evolución de su reclamo;

Que en el Sistema Único de Denuncias de la página web citada se ingresan también las denuncias efectuadas verbalmente a través de la línea telefónica gratuita (0-800-999-2727);

Que por Resolución N° 18-SSCC/05 se creó la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa - UPCO - entre cuyas funciones y responsabilidades se incluyen las de recibir, analizar y procesar la totalidad de los requerimientos de intervención inspectiva a los efectos de realizar una eficaz supervisión de los procedimientos tendientes a transparentar la operatoria en materia inspectiva y contar con información consolidada y procesada estadísticamente que facilite la evaluación de gestión y el control de resultados;

Que en el presente es la citada unidad quien analiza las denuncias ingresadas en el Sistema Único de Denuncias y les da posterior intervención a las distintas áreas del Ministerio según su contenido;

Que la implementación de este mecanismo de recepción y centralización de denuncias en la UPCO, tiende a facilitar el ejercicio de políticas de control y prevención, en cuanto a zonas, rubros y actividades de mayor conflictividad dentro del ámbito de gestión del Ministerio de Gobierno;

Que además de las denuncias ingresadas según los canales ya señalados, existen aquellas que efectúan los particulares u organismos oficiales mediante escrito presentado ante las distintas mesas de entrada del Ministerio de Gobierno;

Que para el adecuado e inmediato tratamiento de tales denuncias resulta necesario establecer un circuito según el cual toda denuncia presentada ante cualquier mesa de entrada de este Ministerio debe ser inmediatamente ingresada al Sistema Único de Denuncias;

Que una vez ingresadas al sistema, las denuncias presentadas por escrito deberán ser giradas a la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa, debiendo agregarse al registro de la denuncia, constancia de su ingreso de la que surja el número asignado a aquella;

Que para un control integral de las denuncias presentadas, debe solicitarse también a los responsables de los Centros de Gestión y Participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que ingresen al Sistema Único de Denuncias aquellas que sean presentadas verbalmente o por escrito ante dichos centros;

Que la centralización de todas las denuncias facilita el resguardo de la información obtenida a través de la denuncia más allá del modo en que la misma haya ingresado a este Ministerio permitiendo un más inmediato tratamiento de lo denunciado, evitando dispendio de tiempo y permitiendo una adecuada planificación de la labor inspectiva;

Que además se logra así un mayor control sobre las denuncias receptadas, y se establece con un criterio unívoco y objetivo y las prioridades y urgencias en la tramitación de las mismas en pos de los intereses de bien público perseguidos;

Que compete a este Ministerio de Gobierno el dictado de la resolución que se propende, en virtud de la aplicación de la Ley N° 1.925, en cuanto a lo referente a la formulación e implementación de la política con arreglo a la cual se ejerza en forma integral el poder de policía en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE GOBIERNO

RESUELVE:

Artículo 1° - Toda denuncia que se presente en soporte papel ante cualquiera de las Mesas de Entrada habilitadas de las dependencias del Ministerio de Gobierno deberán seguir el trámite descripto en el circuito que como Anexo se adjunta a la presente.

Artículo 2° - Deberá solicitarse a los responsables de los Centros de Gestión y Participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que ingresen al Sistema Único de Denuncias a través de la página web (www.buenosaires.gov.ar) aquellas denuncias que sean presentadas verbalmente o por escrito ante dichos centros que resulten de competencia material del Ministerio de Gobierno.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a las Subsecretarías de Control Comunal, de Emergencias, de Seguridad Urbana y Justicia, a la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa y a los Centros de Gestión y Participación y de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

ANEXO


ANEXOS

ANEXO

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 528-08, aprueba el Manual de Procedimientos del Sistema Único de Denuncias, en el marco de la s disposiciones de la Resolución 192-06.</p>
INTEGRADA POR
La Dispos. N° 1-UPYCO-07establece manual de procedimientos para tramitar denuncias en Sistema Único de Denuncias en el ámbito de la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa en el marco de la Res. N° 192-MGGC-07
INTEGRADA POR
<p>Disposición 162-DGFYC-09 establece procedimiento para las denuncias previstas por la Resolución 192-MG-06.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 192-MGGC-06, establece el circuito que deberán seguir las denuncias que se presenten en soporte papel en las Mesas de Entradas habilitadas del Ministerio de Gobierno, en el marco de lo dispuesto por Decreto 521-06.</p>