DISPOSICIÓN 1 2007 F/N UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN OPERATIVA

Síntesis:

UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN OPERATIVA - ESTABLECE UN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA TRAMITACIÓN DE DENUNCIAS EN EL SISTEMA ÚNICO DE DENUNCIAS

Publicación:

14/09/2007

Sanción:

09/08/2007

Organismo:

F/N UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN OPERATIVA


Visto el Decreto N° 1.752/06; la Resolución N° 18-SSCC/05, la Resolución N° 192-MGGC/06, la Resolución N° 56-MGGC/07; el Acta N° 1 Mesa de Análisis y Coordinación Operativa (Resolución 18-SSCC/05), las Actas Nros. 1 y 2 de la Mesa de Análisis y Coordinación Operativa (Decreto N° 1.752/06); los Informes N° 2.598-SSSU/07, N° 935-SSJUS/07, N° 6.212-SSCC/07; y la Nota N° 744-SSEMERG/07, y

CONSIDERANDO

Que en el mes de agosto de 2005 se puso en funcionamiento un sistema informático de captación de denuncias vinculadas con las competencias propias de la entonces Secretaría de Seguridad - actual Ministerio de Gobierno - denominado Sistema Único de Denuncias (SUD), permitiendo a todo interesado el ingreso de denuncias a través de la página web del Gobierno de la Ciudad o verbalmente a través de la línea telefónica gratuita 0800-999-2727 además del trámite administrativo ordinario frente a las mesas de entrada habilitadas a tales efectos;

Que asimismo, el SUD recibe denuncias por presuntos actos de corrupción cometidos por personal dependiente de la entonces Secretaría de Seguridad - actual Ministerio de Gobierno - siendo éstas tramitadas por ante dicha instancia;

Que el SUD permite la concentración de las denuncias con el fin de darles a las mismas un tratamiento eficaz y eficiente, asignando a cada una de ellas una numeración correlativa y garantizando tanto la confidencialidad del denunciante como así también de la información relativa al hecho denunciado;

Que por Resolución N° 18-SSCC/05 se crea la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa dependiente de la Subsecretaría de Control Comunal e integrada por las áreas de Análisis y Planificación; de Supervisión; y de Coordinación Operativa y por una Mesa de Análisis y Coordinación Operativa;

Que entre las funciones y responsabilidades asignadas al área mencionada se encuentran las de recibir, analizar y procesar las demandas de inspección que se realicen sobre la Subsecretaría de Control Comunal y sus unidades organizativas, diseñar la planificación integral del ejercicio del poder de policía, y realizar el control de gestión y evaluación de resultados;

Que por Resolución N° 192-MGGC/06, se establece el procedimiento para el trámite de aquellas denuncias ingresadas en soporte papel, asignando a la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa el análisis de las mismas con criterios de relevancia y urgencia debiendo categorizarlas según niveles y tipologías y remitirlas a la dependencia correspondiente del Ministerio de Gobierno para su tratamiento y resolución;

Que por Acta N° 1 de la Mesa de Análisis y Coordinación Operativa se estableció el procedimiento para la tramitación de las denuncias de competencia de la Subsecretaría de Control Comunal;

Que por Decreto N° 1.752/06 se establece que la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa funcionará como un organismo fuera de nivel en el ámbito del Ministerio de Gobierno;

Que se conforma en la esfera del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Planificación y Coordinación Operativa una Mesa de Análisis y Coordinación Operativa que actuará como órgano asesor no vinculante, integrada por un representante de las Subsecretarías de Control Comunal, de Seguridad Urbana, y de Justicia y Emergencias, quienes serán asignados por los Subsecretarios de dichas áreas, y cuya actividad será convocada y presidida por el Coordinador General de la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa;

Que por Resolución N° 56-MGGC/07 se aprueba la estructura organizativa temporaria del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Planificación y Coordinación Operativa, la que estará integrada por las Áreas Administrativa, Legal y Técnica; Análisis de la Información y Planificación Estratégica; Coordinación Operativa; y la Mesa de Análisis y Coordinación Operativa;

Que entre las responsabilidades y funciones primarias del Área de Análisis de la Información y Planificación Estratégica se encuentra recibir, procesar y analizar las denuncias ingresadas al Ministerio de Gobierno, remitirlas a las unidades organizativas correspondientes y monitorear su cumplimiento;

Que resulta necesario establecer un procedimiento para el tratamiento de las denuncias provenientes de los distintos canales de recepción, a fin de poder otorgarle a las mismas un tratamiento eficaz y eficiente, brindando además a la estructura funcional del Organismo Fuera de Nivel Unidad de Planificación y Coordinación Operativa un marco normativo que reglamente el procedimiento para su trámite y resolución;

Que como correlato, es necesario originar un esquema de procedimiento tendiente a definir los lineamientos básicos inherentes a seguir, que permita obtener óptimos controles para el acceso a la información y resguardo de la misma, como así también la transparencia en todos los trámites que se realizan;

Que, en virtud de las políticas emprendidas por el Ministerio tendientes a la informatización de los procesos de intervención de las Áreas de Fiscalización Y Control, existen bases de datos a disposición de esta unidad que permiten evaluar las denuncias con el objeto de unificar trámites administrativos y de otorgar celeridad a la resolución de las mismas sugiriendo el curso correspondiente de acuerdo a los antecedentes considerados;

Que de acuerdo consta en las Actas Nros. 1 y 2 de la Mesa de Análisis y Coordinación Operativa, se evaluaron en ese ámbito las distintas posibilidades respecto del tratamiento de las denuncias, en particular en aquellos casos en los cuales se hiciera mención a delitos, contravenciones, emergencias u otro tipo de irregularidades que no constituyeran falta, y que según se menciona en los Informes N° 2.598-SSSU/07, N° 935-SSJUS/07, N° 6.212-SSCC/07 y la Nota N° 744-SSEMERG/07, los representantes de ésta han tomado conocimiento del procedimiento que se establece en la presente no realizando observaciones;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL COORDINADOR GENERAL DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL

UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN OPERATIVA

DISPONE:

Artículo 1° - Establécese un manual de procedimientos para la tramitación de denuncias en el Sistema Único de Denuncias y en el ámbito de la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa, el que como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaría de Control Comunal, Subsecretaría de Emergencias, Subsecretaría de Justicia y Subsecretaría de Seguridad Urbana, cumplido archívese.


ANEXOS

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Res. 528-08 aprueba el Manual de Procedimientos del Sistema Único de Denuncias cuyos criterios de priorización respetan los niveles de criticidad definidos por Disp. 1-07
INTEGRA
La Dispos. N° 1-UPYCO-07establece manual de procedimientos para tramitar denuncias en Sistema Único de Denuncias en el ámbito de la Unidad de Planificación y Coordinación Operativa en el marco de la Res. N° 192-MGGC-07