DISPOSICIÓN 5 2026 UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
Síntesis:
APRUEBA - MODELO DE ACTA DE COMPROMISO DE INTEGRIDAD ÉTICA PÚBLICA Y CONFIDENCIALIDAD - UTILIZACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA -SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - FORMALIZA EL COMPROMISO DE AGENTES EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES - FORTALECIMIENTO DEL AMBIENTE DE CONTROL INSTITUCIONAL - SISTEMAS DE CONTROL INTERNO
Publicación:
02/07/2026
Sanción:
26/06/2026
Organismo:
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
VISTO: Las Leyes 70, del "Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control
del sector público de la Ciudad de Buenos Aires", 6.357, de "Integridad Pública" y
6.684, de "Ministerios del Gobierno de la Ciudad"; el Decreto 387/23 y sus
modificatorios, las normas complementarias en materia de ética y transparencia en el
ejercicio de la función pública, el Modelo de Control Interno basado en estándares
internacionales, la Resolución N° 205-GCABA-SGCBA/16 y el EX-2026-29605369-
GCABA-UAILYT;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 70 de "Sistemas de gestión, administración financiera y control del sector
público de la Ciudad de Buenos Aires en sus artículos 12 y 31, establece los principios
de eficacia, eficiencia y transparencia en la gestión de los recursos públicos los que se
vinculan con los compromisos de integridad y ética pública que los funcionarios
públicos deben velar;
Que además en su artículo 119 establece en la Ciudad de Buenos Aires un modelo de
control integral e integrado, que abarca los aspectos presupuestarios, económicos,
financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, la evaluación de programas,
proyectos y operaciones y está fundado en los principios de economía, eficiencia y
eficacia, el que comprende el control interno y externo del sector público, que opera de
manera coordinada en la elaboración y aplicación de sus normas;
Que el fortalecimiento de la integridad pública constituye un pilar esencial para la
legitimidad institucional, la eficiencia administrativa y la confianza ciudadana en la
gestión pública.
Que los sistemas de control interno modernos, conforme a marcos de referencia
ampliamente aceptados como el Modelo COSO (Committee of Sponsoring
Organizations of the Treadway Commission), establecen como componente central el
ambiente de control, entendido como el conjunto de valores éticos, integridad y
conducta adoptados por la organización;
Que, en consonancia, las "Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras
Superiores (INTOSAI)" destacan la relevancia de promover una cultura ética
organizacional, basada en la responsabilidad, la transparencia y el cumplimiento
normativo, como condición necesaria para un sistema de control eficaz;
Que los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE) en materia de integridad pública recomiendan la adopción de
instrumentos formales que consoliden compromisos individuales y colectivos, con el
objeto de prevenir riesgos de corrupción, gestionar conflictos de intereses y fortalecer
la rendición de cuentas;
Que la formalización de compromisos mediante instrumentos escritos contribuye a
reforzar los estándares de conducta esperados, promoviendo la internalización de
principios y facilitando su control y monitoreo en el ámbito organizacional;
Que la Ley 6.684, de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, establece las competencias de la Secretaría Legal y Técnica (SECLYT), entre
las cuales se encuentra la de "Coordinar las relaciones con los organismos de control;
"Entender en los procedimientos que faciliten el libre acceso a la información pública y
en el diseño y la promoción de políticas de gobierno abierto que fomenten la
transparencia y la rendición de cuentas";
Que, por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo
a la Unidad de Auditoría Interna bajo la dependencia de la Secretaría Legal y Técnica;
Que el citado Decreto estableció entre las principales responsabilidades de la Unidad
de Auditoría Interna las de "Examinar en forma integral e integrada las actividades que
se llevan a cabo en el ámbito de la Jurisdicción del Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, teniendo en cuenta las normas de control interno que
dicte la Sindicatura General de la Ciudad y la autoridad de la Jurisdicción (Art. 7 de la
Ley N° 70) evaluando la aplicación del criterio de economía, eficiencia y eficacia;
"Evaluar la adecuación del organismo al marco jurídico vigente y el cumplimiento
eficaz y eficiente de políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad
brindando recomendaciones para su mejora"; "Evaluar la confiabilidad de la
información generada por el ente/sector auditado aplicando técnicas de revisión
integrales e integradas previstas en las Normas de Auditoría; "Elaborar informes
relacionados con las tareas efectuadas, sus resultados y recomendaciones y elevarlos
a la autoridad competente y (cuando corresponda) a la Sindicatura General; Intervenir
en la elaboración, adecuación e implementación de normas y procedimientos de
control interno y de gestión";
Que la Unidad de Auditoría Interna, en el ejercicio de sus funciones de evaluación del
sistema de control interno y de asesoramiento para la mejora de la gestión, ha
elaborado un modelo de "Acta de Compromiso de Integridad, Ética Pública y
Confidencialidad", orientado a fortalecer el ambiente de control y consolidar buenas
prácticas en materia de ética pública;
Que la aprobación e implementación del referido instrumento se alinea con un enfoque
preventivo del control, priorizando la gestión de riesgos institucionales asociados a la
integridad, tales como conflictos de intereses, uso indebido de información y recepción
de beneficios indebidos;
Que, asimismo, resulta pertinente promover su adopción como referencia de buena
práctica institucional en las áreas y organismos comprendidos dentro del ámbito de
control, contribuyendo a la homogeneización de estándares éticos y al fortalecimiento
sistémico del control interno;
Por ello, y en uso de las facultades le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el modelo de "Acta de Compromiso de Integridad, Ética Pública y
Confidencialidad", que como Anexo I (IF-2026-29854993-GCABA-UAILYT) forma parte
integrante de la presente medida, para su utilización en el ámbito de la Unidad de
Auditoría Interna de la Secretaría Legal y Técnica.
Artículo 2°.- Disponer la implementación del referido instrumento como mecanismo de
formalización del compromiso de los agentes con los principios y normas de
integridad, ética pública y confidencialidad en el ejercicio de sus funciones, en el
marco del fortalecimiento del ambiente de control institucional.
Artículo 3°.- Recomendar a las áreas, organismos y dependencias comprendidas en el
ámbito de control de la Unidad de Auditoría Interna la adopción del modelo aprobado
como buena práctica institucional, en consonancia con estándares internacionales en
materia de control interno, integridad y gestión de riesgos.
Artículo 4°.- Instruir a la Subgerencias Operativas de la Unidad de Auditoría Interna a
difundir el contenido del presente acto, promover instancias de sensibilización y
capacitación, y brindar asistencia técnica para la adecuada implementación del
instrumento aprobado.
Artículo 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la
Secretaria Legal y Técnica, Oficina de Integridad Pública y a la Dirección General
Técnica y Administrativa, una vez cumplido, archivar. Dávalos