DECRETO 1795 2000

Síntesis:

SE ADECÚA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN AÑO 2000 DE ACUERDO A LAS AFECTACIONES Y DESAFECTACIONES CORRESPONDIENTES AL NUEVO TEXTO DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO - LEY 449

Publicación:

25/10/2000

Sanción:

17/10/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto el Expediente N° 63.288-2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 449 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2 de agosto de 2000 por Antecedente 1° del Expediente N° 2.225/98, promulgada por Decreto N° 1.669-GCBA-2000 (B.O.C.B.A. N° 1.044), se aprueba el nuevo texto del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 125 de la Ley N° 449 encomienda al Poder Ejecutivo la adecuación del Plano de Zonificación Año 2000 (con indicación de la numeración de las Planchetas de Zonificación), que como Anexo II forma parte de dicha ley;

Que la Secretaría de Planeamiento Urbano, como organismo de aplicación eleva tales modificaciones, de acuerdo a las afectaciones y desafectaciones aprobadas por la mencionada normativa, otorgando coherencia gráfica y claridad a la puesta en vigencia del nuevo Código de Planeamiento Urbano;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Adécuase el Plano de Zonificación Año 2000 (con indicación de la numeración de las Planchetas de Zonificación) que como Anexo II forma parte de la Ley N° 449 promulgada por Decreto N° 1.669-GCBA-2000 (B.O.C.B.A. N° 1.044) de acuerdo a las afectaciones y desafectaciones aprobadas por dicha norma correspondientes al nuevo texto del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires, conforme al Plano de Zonificación y Planchetas, ANEXOS I y II, que forman parte, a todos sus efectos, del presente.

Art. 2° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás efectos a las Secretarías de Planeamiento Urbano y de Hacienda y Finanzas.

Nota: El Anexo I del Decreto N° 1.795 se puede consultar en la Dirección de Planeamiento e Interpretación Urbanística de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Planeamiento Urbano, sita en Carlos Pellegrini 291, piso 8° y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en Rivadavia 524, Planta Baja, Ciudad de Buenos Aires.
El Anexo II integra la separata de la Ley N° 449 y podrá ser adquirida a partir del día 25 de octubre de 2000 en Rivadavia 524 Planta Baja, Ciudad de Buenos Aires (Boletín Oficial).

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 11/22 deroga el Decreto 1795/00.</p>
MODIFICA
Dto. 1795-00 adecúa el Plano de Zonificación que como Anexo II forma parte de la Ley 449, según lo encomendado por Art. 125 de la misma